El régimen de la Seguridad Social da posibilidades para aumentar el importe de las pensiones a percibir. Entre ellas tenemos:

  1. LA JUBILACIÓN DEMORADA
  2. LA JUBILACIÓN FLEXIBLE
  3. LA JUBILACIÓN PARCIAL

 Y tenemos una última que son los llamados CONVENIOS ESPECIALES.

Consiste en un acuerdo suscrito voluntariamente con la Tesorería General de la Seguridad Social con el fin de generar, mantener o ampliar, en determinadas situaciones, el derecho a la prestación de jubilación de la Seguridad Social.

Hay casos en que el abono de la cotización corre a exclusivo cargo del que suscribe el Convenio. Y sin embargo en otros casos el Convenio especial es suscrito por la empresa y el trabajador, con la Tesorería General de la Seguridad Social.

El Convenio Especial normalmente tiene como objeto de cobertura las prestaciones de invalidez permanente, muerte y supervivencia, derivadas de enfermedad común y accidente no laboral, y la jubilación.

MANU SECRETARIO NACIONAL DE EQUIPARACION PARA JUCIL