REVALORIZACIÓN DE LAS PENSIONES EN 2023
El artículo 58 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y el artículo 27 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado. establecen como se revalorizarán las pensiones cada año desde el mes de Enero.
.......se revalorizarán al comienzo de cada año en el porcentaje equivalente al valor medio de las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del Índice de Precios al Consumo de los doce meses previos a diciembre del año anterior.
¿COMO SE OBTIENE LO QUE SUBIRÁN?
Pues con un ejemplo se va a entender mejor. Para la subida tendremos a partir del mes de enero de 2023 debemos de coger el valor del IPC del siguiente modo:
- Diciembre de 2021= +6,5%
- Enero 2022= +6,1%
- Febrero 2022= +7,6%
- Marzo 2022= +9,8%
- Abril 2022= +8,3%
- Mayo 2022= +8,7%
- Junio 2022= 10,2%
- Julio 2022= +10,8%
- Agosto 2022= +10,5%
- Septiembre 2022= +8,9%
- Octubre 2022= +7,3%
- Noviembre 2022= +6,8%
Luego procedemos a la suma de todos estos porcentajes y nos da, en este ejemplo, un resultado de 101,5%. Esa cifra obtenida la dividimos entre 12 y con ellos tenemos lo que subirá para 2023 el importe de las pensiones. En este caso 101,5/12= +8,46%. Y que el Gobierno ha redondeado en 8,50%.
Con lo cual para averiguar nuestra subida de pensión en el año 2024, empezaremos a sumar con el valor del IPC del mes de diciembre de 2022 , mas el resto de meses hasta noviembre de 2023 inclusive. El resultado lo dividiremos entre 12 y tendremos lo que será la subida para el año 2024.
¿PUEDE OCURRIR QUE LA SUBIDA DE MI PENSIÓN SEA MAYOR QUE EL IPC ANUAL?
Si. El ejemplo ya lo tenemos en este año 2023, donde el IPC anual de 2022 ha sido del 5,8% y sin embargo la subida de las pensiones para 2023 es de 8,5%. Además para el año 2024 también es de esperar que veamos dicha circunstancia, dado que la tendencia actual del IPC es que siga bajando en los siguientes meses. Esto es de esperar así porque los Bancos Centrales van a continuar subiendo sus tipos.
Pero no daros a confusión, aunque la referencia para muchas cosas para en cuanto al IPC de un año sea el resultado de como acaba en diciembre; realmente el IPC lo estamos sufriendo mes a mes, puesto que los meses que IPC estuvo en por encima del 8,5% hasta incluso llegar al 10,8% los pagos fueron realizados, por tanto no sufrimos un IPC de resultado anual, sino lo que suben los pagos se efectúan mes a mes, y esa perdida ya se ha sufrido.
¿ FINALMENTE CUAL ES LA REVALORIZACIÓN PARA 2023?
La revalorización de las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social y las pensiones abonadas por el sistema de Clases Pasivas del Estado, así como otras prestaciones, para este año 2023 se ha fijado mediante este Real Decreto en un porcentaje del 8,50%. En el mismo porcentaje se aumentan las cuantías mínimas de las pensiones en los dos sistemas, Clases Pasivas y RGSS.
¿Y SI NO ESTOY JUBILADO PERO ME TOCA EN ESTE AÑO 2023?
Idéntico porcentaje de incremento experimentarán las cuantías de los límites de percepción de pensiones públicas, así como los importes de los haberes reguladores aplicables para la determinación inicial de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado
¿ESTO QUE QUIERE DECIR? ¿DEBERÍA HABERME JUBILADO EN EL AÑO 2022 PARA AHORA TENER UNA PENSIÓN AUMENTADA EN UN 8,50% MAYOR QUE SI ME JUBILARA EN EL 2023? ¿PODRÍA?
Esto quiere decir dos cosas; una que los límites se han aumentado y dos que el importe de los haberes reguladores se utilizan para el cálculo de las futuras pensiones, entre ellas las de 2023, han aumentado también en ese porcentaje.
A la segunda pregunta con un ejemplo lo veremos mejor:
Por ejemplo un funcionario C1, y sin contar el IRPF. Si se hubiera jubilado en el año 2022 lo habría hecho con un anual de 26.788,92 euros, o un mensual de 1913,49 euros brutos. Ese bruto mensual en enero de 2023 supondrían 2076,14 euros brutos mensuales. Pero sin embargo si se jubila en el año 2023, tendría 29.065,98 euros brutos anuales y esto es 2076,14 euros brutos mensuales. Con lo cual si os fijáis jubilarse antes o después no incide dado que percibiría lo mismo. Para el caso de quienes se encuentren en el sistema de la Seguridad Social, si que puede que hubiera sido mas acertado jubilarse en el año 2022.
Y respecto de si hubieras podido, la respuesta es si, siempre que cumplieras las condiciones para poder adelantarlo.
¿QUE OPINIÓN TIENE JUCIL DE ESTA REVALORIZACIÓN?
JUCIL lleva ya tiempo atrás reclamando la necesaria actualización de los haberes reguladores porque sobre todo los grupos C1 y A2 se están viendo perjudicados. No cito al grupo B, porque de momento no hay nadie en dicho grupo, sino también serían perjudicados.
Y lo hemos hecho público, se ha expuesto reiteradas veces, se han solicitado reuniones con el señor Ministro de Inclusión y Seguridad Social, se realizó incluso una concentración en Madrid, se buscó la cooperación de los representantes del resto de funcionarios, se estuvo representado en la mesa del Acuerdo de subida para los funcionarios en el periodo 2022 a 2024, donde entre otras cosas JUCIL planteó esta cuestión, se presentaron unas enmiendas a los grupos políticos para estos PGE 2023, etc, etc,….
Conclusión: JUCIL peleó, está peleando y estará peleando por solucionar nuestro problema con respecto a la jubilación, y medidas como esta revalorización reclamamos, por lo que nos congratula doblemente que las pensiones y los haberes reguladores hayan tenido esta importante subida, aunque según nuestros cálculos, todavía se precisa que los aumentos deban continuar en un porcentaje similar o mayor, para que la problemática se diera por solucionada.
¿COMO QUEDAN LOS HABERES REGULADORES PARA 2023?
¿CUAL ES LA PENSIÓN MÁXIMA SE PUEDE COBRAR EN CLASES PASIVAS?
La pensión máxima en Clases Pasivas, para el año 2023, es de 3.058,81 euros brutos mensuales, en 14 pagos, o el total de 42.823,34 euros brutos anuales.
¿TENGO QUE HACER ALGO PARA QUE ME ACTUALICEN MI PENSIÓN ?
La revalorización de las pensiones de Clases Pasivas para 2023 se practicará de oficio por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
SECRETARIO NACIONAL DE EQUIPARACION PARA LA ASOCIACIÓN JUCIL