JUCIL defiende el derecho de TODOS los guardias civiles, también los de régimen especial, al descanso y la desconexión digital
La asociación profesional reclama un cambio en la norma que prevé la Dirección General en la que niega la opción de desconectarse digitalmente a los guardias civiles de régimen especial que cobran una disponibilidad o bien una productividad
JUCIL pide que se lleve a cabo un registro de llamadas que establezca de forma clara y deje constancia de los motivos para comunicarse con el guardia de descanso o de vacaciones y, en todo caso, que se devuelva el día en el crédito de vacaciones o de días de descanso
La asociación profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) defiende el derecho de todos los guardias civiles al descanso y, por tanto, a la desconexión digital de sus funciones y de sus superiores en estas jornadas. Por este motivo se opone a la actual redacción de la normativa que se elabora por parte de la Dirección General de la Guardia Civil y que ha sido presentada en el grupo de trabajo sobre desconexión digital.
La Dirección General ha modificado su anterior borrador sobre la instrucción de desconexión digital. Una de las principales modificaciones es que la Administración diferencia entre el personal de régimen general, especifico y especial. Y ahora, considera que el personal acogido al régimen especial, debido a su puesto de trabajo y a la productividad que cobra, son servidores públicos sin derecho a la desconexión digital.
Un rango normativo insuficiente
JUCIL considera que el rango normativo de una instrucción para regular un derecho fundamental como es la desconexión digital resulta insuficiente, y deja patente la poca importancia que para la administración tiene el derecho al descanso de los efectivos de la Guardia Civil. Esta asociación considera que el hecho de tener disponibilidad o bien una productividad no justifica la pérdida del derecho al descanso y a la desconexión digital. JUCIL entiende que el verdadero problema es que no hay personal para hacer relevo, ya que la Administración se niega a actualizar las plantillas.
En otro punto se establece que las comunicaciones se realizarán preferentemente por vía telefónica o, en su caso, mediante aplicaciones multiplataforma de mensajería oficiales, distintas al actual WhatsApp o Telegram, puesto que siempre se utiliza información confidencial.
En este punto JUCIL ha preguntado si estas plataformas deben atenderse fuera del horario de servicio, ya que, si puede esperar unas horas, puede posponer hasta la siguiente jornada laboral presencial, a lo que dan la callada por respuesta.
Comunicaciones durante el disfrute de vacaciones o de otros permisos
El actual borrador establece que las comunicaciones durante el disfrute de vacaciones y de otros permisos se evitarán salvo causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales debidamente justificadas y que a estos efectos se tengan en cuenta los descansos semanales y situaciones análogas. JUCIL ha solicitado que se realice un informe en estos casos, o que se lleve a efecto un registro de llamadas telefónicas en el que de forma clara quede constancia de las causas que motivaron la conexión digital y, además, que se devuelva el día en el crédito de vacaciones y permisos, o en su caso el descanso que se estuviera disfrutando. Hace tan solo unos años, a los guardias civiles se les presumía una jornada horaria ilimitada, hasta que se tuvo que pagar el exceso horario. A partir de entonces resultó que no era necesario trabajar tanto. Por este mismo motivo JUCIL entiende que, en caso de tener un cortapisas y control sobre estas comunicaciones, se llevarían a cabo las absolutamente necesarias, ya que los guardias civiles, en especial los no sujetos a régimen general, según la instrucción que quieren implantar no tienen derecho a la desconexión digital.
Límite a las comunicaciones caprichosas
JUCIL ha trasladado así en el Grupo de Trabajo sobre desconexión digital la necesidad de establecer normas de comunicación claras y oficiales. Los medios para esta comunicación deben ser oficiales, limitando así las comunicaciones caprichosas. Un trabajador debe descansar, y está demostrado que trabaja mejor y más motivado en estos casos, podemos encontrarnos con más personal con el síndrome de trabajador quemado “burnout”.
SI SE MANTIENEN LOS TÉRMINOS ACTUALES, ESTA INSTRUCCIÓN NO VA A CAMBIAR NADA, NI VA A GARANTIZAR EL DERECHO AL DESCANSO Y A LA DESCONEXIÓN DIGITAL.