En primer lugar, se procede a la aprobación del acta anterior, a continuación, se tratan diferentes propuestas generales entre ellas: -La posibilidad de incorporar un sistema de protección a las […]
31/05/2023 – Auto desestimación paralización salida Guardia Civil de Navarra







El Supremo recuerda a la Dirección General que deberá facilitar la conciliación laboral “personal y familiar” a los guardias civiles en la retirada progresiva de Tráfico en Navarra
El Alto Tribunal desestima la suspensión cautelar del traspaso de funciones de la Administración del Estado a la Comunidad Foral que solicitaba JUCIL por entender que aún no hay perjuicios irreparables y que su sentencia sobre el recurso que hemos elevado llegará antes del despliegue de la Policía Foral
La Abogacía del Estado ha admitido para sortear nuestros argumentos que “los guardias civiles que deseen quedarse en Navarra sin integrarse en la Policía Foral podrán incorporarse a otros destinos dentro de la Guardia Civil en la Comunidad”
El Tribunal Supremo ha dejado claro a la Dirección General de la Guardia Civil que es su obligación la conciliación de la vida profesional, personal y familiar de los componentes de la Agrupación de Tráfico en Navarra a medida que se produzca la transferencia de esta competencia a la Policía Foral de esta comunidad autónoma. El aviso para la Administración Central de sus obligaciones para con estos guardias civiles se incluye en un auto en el que este Alto Tribunal desestima la petición de suspensión cautelar del traspaso de estas competencias solicitado por esta asociación profesional, Justicia para la Guardia Civil (JUCIL). El texto afirma que no hay motivos para esa suspensión porque en este momento no existen los prejuicios que nuestra asociación intuye o teme para los guardias civiles afectados por la cesión del control del Tráfico en Navarra.
Consecuencias favorables de un fallo desestimatorio
La suspensión cautelar se planteó sobre la base de la existencia de graves perjuicios al personal de la Guardia Civil. La desestimación argumenta que ni el acuerdo impugnado ni el complementario (también recurrido) se refieren expresamente a los guardias civiles que van a dejar de prestar servicio en Navarra, que se desconoce cómo van a quedar afectados, y que por lo tanto ahora no hay perjuicios irreparables. Sin embargo, y pese a lo que pueda parecer, el auto incluye dos cuestiones que en JUCIL entendemos favorables:
- El compromiso que la Abogacía del Estado ha tenido que realizar para sortear la argumentación. De esta manera, el auto refiere que conforme ha indicado la Abogacía del Estado: “Los guardias civiles que deseen quedarse en Navarra sin integrarse en la Policía Foral, podrán incorporarse a otros destinos dentro de la Guardia Civil en la Comunidad Foral”, una argumentación que JUCIL tendrá en cuenta para el futuro desarrollo de los acontecimientos.
- También resultan muy favorables las condiciones que, caso de desestimarse el recurso, porque seguimos adelante con él, deben regir para los afectados. Unas condiciones que según el auto del Tribunal supremo son obligadas para la Guardia Civil: “En todo caso no está de más incidir en que esa retirada progresiva deberá siempre ejecutarse facilitando la conciliación de la vida profesional, personal y familiar pues en la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, tal conciliación es un principio rector de la ordenación profesional en el ámbito de la Guardia Civil (artículo 5.2).” argumenta el texto jurídico, que recuerda además que este precepto se remite “a la normativa general de la función pública, la adopción de medidas indeterminadas que favorezcan esa conciliación se configura como un derecho individual de todo empleado público [cfr. Artículo 14.j), de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público”.
No se imponen las costas del auto, pese a su desestimación, por entender que el contenido de la solicitud cautelar de JUCIL hace plantear “razonables dudas de Derecho” respecto de la disposición impugnada.







30/05/2023 – JUCIL logra la anulación de una falta disciplinaria en el Tribunal Supremo







JUCIL logra la anulación de una falta disciplinaria en el Tribunal Supremo
Los Servicios Jurídicos de JUCIL han obtenido un importante éxito en el ámbito legal al conseguir la anulación de una falta disciplinaria mediante un Recurso de Casación presentado ante el Tribunal Supremo
En una destacada resolución emitida el 10 de mayo de 2023, la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha estimado el recurso interpuesto por un guardia civil sancionado, respaldando los argumentos planteados por los servicios jurídicos de JUCIL.
La sentencia del Tribunal Supremo evidencia que la Administración ha vulnerado el principio de presunción de inocencia al no repetir y tener en cuenta las declaraciones presentes en la información reservada. Además, se concluye que no se ha presentado ninguna prueba de cargo con las debidas garantías legales, y que la Administración no realizó una exhaustiva actividad de comprobación de los hechos en el procedimiento sancionador.
En un dictamen que protege los derechos del demandante, la sentencia reconoce el derecho a eliminar cualquier mención de la sanción impuesta en la documentación militar.
Este resultado subraya el incansable compromiso de JUCIL en defensa de los derechos de nuestros asociados y resalta la importancia de contar con servicios jurídicos sólidos y especializados para hacer frente a situaciones adversas.







18/05/2023 – JUCIL logra que se le reconozca a un compañero de Lleida el complento especifica de Fiscal y Fronteras







JUCIL logra que se reconozca a un compañero destinado en Lérida el complemento específico de Fiscal y Fronteras que la Dirección General negaba al alegar que pertenecía a Seguridad Ciudadana
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconoce que un guardia civil, destinado en Tárrega, realizaba las funciones de Fiscal y Fronteras a pesar de que no tenía reconocida esa especialidad
JUCIL considera que se trata de un importante logro en la defensa de los derechos y la promoción profesional para aquellos guardias civiles que llevan a cabo tareas específicas que no corresponden a su especialidad y que la sentencia así lo especifica, no son puntuales, sino habituales en su labor diaria
Un compañero que actualmente ocupa un puesto de Seguridad Ciudadana ha sido autorizado para desempeñar funciones de Fiscal y Fronteras, gracias al respaldo legal brindado por los servicios jurídicos de JUCIL. Lo que hemos defendido y así reconoce el tribunal es que los funcionarios que desempeñen la totalidad o las tareas esenciales de un puesto de trabajo distinto de aquél para el que fueron nombrados perciban las diferencias retributivas entre los complementos de destino y específico del puesto efectivamente desempeñado y los del suyo.
Esta decisión representa un hito significativo en la trayectoria profesional de nuestro asociado y refuerza nuestro compromiso con la justicia y la equidad en la Guardia Civil.
El reconocimiento del complemento específico de la especialidad de Fiscal y Fronteras es el resultado de un proceso legal exhaustivo y la firme defensa de nuestros derechos. La Sala de lo Contencioso Administrativo ha reconocido la competencia y los méritos de esta persona, permitiéndole ejercer funciones propias de la especialidad de Fiscal mientras continúa desempeñando su labor en Seguridad Ciudadana ya que, según la sentencia y así lo reconocen también los informes de la Comandancia de Lérida, más del 70% de su actividad se desarrolla en el área de Fiscal y Fronteras, mientras que los servicios de Seguridad Ciudadana apenas ocupan el 18% de su tiempo de trabajo.
JUCIL se enorgullece de su continua lucha por la promoción y el reconocimiento profesional de los miembros de la Guardia Civil. Este logro no sólo beneficia a nuestro asociado en particular, sino que esperamos que siente un precedente para futuros casos similares.







17-04-2023 – Recurso sobre la cesión de competencias de Tráfico en Navarra







Solicitamos al Supremo la nulidad del traspaso de competencias de Tráfico a Navarra porque el procedimiento es erróneo y puede provocar daños “graves e irreparables” para nuestros compañeros
JUCIL requiere la nulidad del Real Decreto de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor, publicado en el Boletín Oficial del Estado del pasado 7 de abril. Consideramos que sólo es aplicable para aquellas competencias que previamente se han asumido y que habría que modificar de forma previa el estatuto de autonomía de Navarra, la Ley de Amejoramiento del Fuero.
Su aplicación afecta directamente a 220 compañeros que componen la Agrupación de Tráfico en Navarra, ya que las tareas de control de la circulación rodada pasan a la Policía Foral. Por este motivo, los efectivos deberán ser reubicados en otros servicios en el territorio navarro o desplazarse a otras comunidades.
La normativa exige modificaciones legales previas
No hemos dudado en defender los derechos de nuestros compañeros recalcando que el procedimiento utilizado para la transferencia de estas competencias no es ajustado a Derecho por ser exigible para ello la modificación previa de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, es decir, del Estatuto de Autonomía, tal y como diferentes expertos en la materia sostienen.
Pedimos medidas cautelares y alternativas para nuestros compañeros
Hemos instado al Alto Tribunal que, hasta que no tomen una decisión sobre el recurso de nulidad, se proceda a la suspensión cautelar de su aplicación “a la vista de los graves e irreparables perjuicios que el traspaso de la competencia puede generar, tanto a los guardias civiles afectados y sus familias, como a las propias administraciones estatal y autonómica, de ser ejecutado y obtenerse una Sentencia favorable”.
Además, pedimos alternativas para nuestros compañeros si la competencia se traspasa definitivamente a Navarra. Y así, puedan continuar en otros servicios en esta comunidad foral o bien se les facilite una ‘pasarela’ para incorporarse en Tráfico en la Policía Foral. También, creemos que sería justo ofrecerles otras opciones que eviten los perjuicios que supone un traslado forzoso para ellos y sus familias.







JUCIL vigilará para que los compañeros de Tráfico que deseen quedarse en Navarra lo hagan en iguales o en mejores condiciones







El secretario general de la asociación profesional, Ernesto Vilariño, recuerda a los asociados y también al resto de guardias civiles que los servicios jurídicos de la asociación se encuentran a su disposición para ayudar a que tomen la decisión que más les convenga
La Asociación Profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) trabaja desde hace meses para que los 220 compañeros de la Agrupación de Tráfico de Navarra sufran el mínimo impacto en sus vidas por la decisión política de eliminar este servicio de las carreteras de esa comunidad autónoma.
Más allá de las opiniones sobre esa decisión política, la asociación quiere dejar claro que ofrece, tanto a sus asociados como al resto de guardias civiles de esa agrupación de Tráfico toda su colaboración para que opten por la decisión que más les convenga, tanto a ellos como a sus familias entre las tres que se han anunciado. Por una parte, la posibilidad de su traslado a la Policía Foral de Navarra, la continuidad en la Guardia Civil en otro puesto pero con sus mismos destinos, o el cambio de destino a otras unidades de Tráfico en el resto de España. JUCIL velará para que — sea cual sea la decisión que cada uno de estos guardias y sus familias adopten — sus condiciones sean similares o mejores a las que hasta ahora disfrutaban en sus actuales destinos.







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