JUCIL pide el apoyo de todas las asociaciones para defender nuestros derechos en la defensa de la gestión de los turnos de trabajo que tanto dificultan la conciliación laboral y […]
22/05/2023 – Sobre modificación patrulleras






JUCIL pide a la Dirección General revertir la polémica medida de compensación económica en las patrulleras marítimas
Expresamos nuestra preocupación por la reciente decisión de suspender la aplicación de la modificación introducida por la Orden General 15/2022. Esta medida condiciona la compensación económica por embarque en las patrulleras medias al cumplimiento de una jornada de referencia, computando únicamente 15 horas de las 24 realmente efectuadas en cada servicio.
Esta acción ha sido motivada por la escasez de personal en los Servicios Marítimos debido a un alto número de bajas para el servicio. En consecuencia, las patrulleras se han visto gravemente afectadas, sin contar con suficiente personal para llevar a cabo su labor.
Además de cuestionar la legalidad de esta medida, destacamos que la derogación de un precepto debe realizarse mediante una nueva Orden General, no a través de una solución temporal. Lamentablemente, parece que esta decisión se ha tomado en gran medida debido a las próximas elecciones del día 28 de mayo y al inicio de la temporada estival, cuando las posibilidades de aumento de la inmigración ilegal y el narcotráfico se incrementan considerablemente.
Seguimos defendiendo nuestras competencias
JUCIL ya había informado previamente a la Dirección General sobre la ilegalidad de esta resolución y la necesidad de derogar la Orden General 15/2022. Además, nos encontramos a la espera de la resolución del recurso contencioso administrativo presentado contra dicha norma.
Por todo lo expuesto, instamos a la Dirección General de la Guardia Civil a publicar una nueva Orden General que derogue inmediatamente la Orden General 15/2022, restableciendo así el cómputo de todas las horas de servicio tanto en las patrulleras medias como en las patrulleras de altura de la Guardia Civil. Y reafirmamos el compromiso de velar por los derechos y condiciones laborales justas para los efectivos de los Servicios Marítimos de la Guardia Civil y continuar trabajando en defensa de los intereses de sus asociados.






19/05/2023 – Informe Grupo Trabajo – Fiscal






19-05-23 INFORME 4º Y ÚLTIMO GRUPO DE TRABAJO MODIFICACIÓN OG 21/2021 POR LA QUE REGULA LA ESPECIALIDAD DE FISCAL Y FRONTERAS DE LA GUARDIA CIVIL
El día 19 de mayo de 2023, tuvo lugar en la Dirección General de la Guardia Civil la cuarta y última convocatoria del “Grupo de trabajo sobre la modificación de la OG 21/2021 que regula la especialidad de fiscal y fronteras de la Guardia Civil”, pudiendo destacar lo que a continuación se detalla:
Con fecha 18 de mayo de los presentes, se recibió el borrador v.07 sobre el proyecto de modificación de la OG 21/2021 arriba reseñada.
En mencionado borrador, entregado tarde y sin tiempo a réplica alguna, ya estaba cerrado por parte de la Administración en cuanto a las modificaciones de la orden, por lo que asistimos a la convocatoria del grupo de trabajo solo para ser informados, la decisión está más que tomada. No ha sido nada sorpresivo que ninguna de las propuestas por parte de Jucil (las cuales se han detallado en informes anteriores), se hayan tenido en cuenta.
Las modificaciones que se harán en la disposición adicional cuarta de la Orden General que regula la especialidad de fiscal son las que siguen:
- PUNTO 4. Al personal que se encuentre ocupando puestos de trabajo en los centros de coordinación y vigilancia marítima, se le reconocerá de oficio la cualificación específica FFB y FFD, según corresponda SIEMPRE QUE, como consecuencia de la entrada en vigor de la presente Orden General se modifique su puesto de trabajo a uno propio de la especialidad de fiscal y fronteras, debido todo ello al cambio de las funciones a desarrollar por estas unidades.
Como se puede observar, si comparamos este punto con versiones de borradores anteriores, han suprimido en su texto al personal destinado en Cataluña y País Vasco, según la administración, porque la reestructuración de las unidades catalogadas como de seguridad ciudadana de estas Comunidades está en estudio.
Por parte de Jucil se les solicitó información sobre si sabían del tiempo estimatorio para finalizar el estudio, así como si esa decisión estaba relacionada con decisiones políticas. También se interrogó sobre las funciones a realizar por los agentes destinados en puestos catalogados como de seguridad ciudadana en esas comandancias a las que no se reestructurarán por el momento, explicándoles a su vez, el agravio que supone entre esos agentes y otros destinados en patrullas fiscales ya que, al no ejercer ni en Cataluña ni País Vasco las funciones de seguridad ciudadana, el groso del trabajo realizado es puramente fiscal. También se les hizo saber que, gracias a los servicios jurídicos de Jucil, teníamos la primera sentencia estimatoria del Contencioso Administrativo Común en la que reconocían el CES de fiscal a un agente, asociado de Jucil, que estuvo destinado en el Puesto de Tárrega y que, desde esta asociación, se instaría a todos los agentes destinados en esos puestos que no iban a tener el reconocimiento de la especialidad, que cursaran instancias para que sea la Justicia quienes le reconozcan su trabajo.
La administración solo se dignó a manifestar que la reestructuración de Cataluña y País Vasco estaba en estudio y que, el General Jefe de Fronteras y Policía marítima ya informó de ello en el último Pleno del Consejo. Que se continúa con la modificación, pese a no afectar de momento a estas Comunidades porque querían regular la situación de los centros de coordinación y vigilancia marítima, así como las Compañías de Ceuta y Melilla y Equipos Pegaso.
- PUNTO 5. Al personal que se encuentre ocupando puestos de trabajo en las COMPAÑÍAS DE CEUTA Y MELILLA, a fecha de 01 de septiembre de 2023, se le reconocerá de oficio la cualificación específica FFB y FFD, según corresponda. de la DGGC se ha procedido a la explicación de las razones por las que se han aceptado o denegado las alegaciones presentadas por las distintas asociaciones representativas en el Consejo de la Guardia Civil relativas a la modificación de la Orden General que regula la especialidad de fiscal en su Disposición Adicional cuarta.
La reestructuración de las Compañías de Ceuta y Melilla se llevará a cabo por convocatoria restringida y según lo establecido en el artículo 14, del Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil.
No habrá mínima permanencia y todos los agentes en la actualidad destinados, permanecerán en esas compañías si así lo desean. El tema de poner una fecha concreta es para posibilitar a los recién destinados en esas compañías con el reconocimiento de la especialidad.
En Melilla se mantendrá la compañía actual, en la que se crearán puestos de trabajo nuevos y estará dividida en seguridad ciudadana y Fiscal y Fronteras y en Ceuta, se suprimirá la compañía actual creando a su vez puestos de trabajo.
Los suboficiales de esas compañías estarán o bien en seguridad ciudadana o en fiscal y fronteras y tendrán el CES acorde a sus funciones, pero no tendrán en ningún caso un CES inferior al que tienen en la actualidad.
Para finalizar sobre este punto, desde la DGGC manifestaron que, desde el MAPER, se enviará un documento informativo, posiblemente antes de que se publiquen las próximas vacantes, a las Comandancias afectadas.
-PUNTO 6. Al personal que, ocupando puestos de trabajo que no sean de especialista Fiscal y Fronteras, haya prestado servicio ininterrumpido en los Equipos Pegaso al menos durante un año, dentro del periodo comprendido entre la creación de estos equipos y la entrada en vigor de la presente orden, que modifica la Orden General 21/2021, se le reconocerá de oficio la cualificación específica FFB. Este reconocimiento no generará derecho retroactivo alguno sobre los puestos de trabajo que se encuentren ocupando o hayan ocupado.
-PUNTO 7. Los reconocimientos establecidos en esta Disposición Adicional no conllevarán el sometimiento a un nuevo periodo de servidumbre.
Para finalizar, Jucil solicitó información sobre otras propuestas realizadas en otros días sobre la modificación de esta OG, como por ejemplo si se facilitarían cursos de reciclaje a aquellos agentes a los que se les reconoció con la cualificación específica estando destinados en la sección de seguridad del aeropuerto y puerto, así como a los agentes que hicieron sus prácticas en unidades fiscales pertenecientes a la 126 promoción.
A estas cuestiones la Administración respondió que a los que pertenecen a las 126 promoción ya se les facilitó con una ampliación de vacantes en el último curso propio de la especialidad para que, todo aquel que haya tenido interés en realizar el curso de la especialidad, tuviera derecho a realizarlo.
Sobre los cursos de reciclaje, comentaron que la Jefatura Fiscal y Fronteras tiene interés en formar a los agentes y que, en cuanto se pueda, se sacarán nuevos cursos de reciclaje.






18/05/2023 – JUCIL logra que se le reconozca a un compañero de Lleida el complento especifica de Fiscal y Fronteras






JUCIL logra que se reconozca a un compañero destinado en Lérida el complemento específico de Fiscal y Fronteras que la Dirección General negaba al alegar que pertenecía a Seguridad Ciudadana
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconoce que un guardia civil, destinado en Tárrega, realizaba las funciones de Fiscal y Fronteras a pesar de que no tenía reconocida esa especialidad
JUCIL considera que se trata de un importante logro en la defensa de los derechos y la promoción profesional para aquellos guardias civiles que llevan a cabo tareas específicas que no corresponden a su especialidad y que la sentencia así lo especifica, no son puntuales, sino habituales en su labor diaria
Un compañero que actualmente ocupa un puesto de Seguridad Ciudadana ha sido autorizado para desempeñar funciones de Fiscal y Fronteras, gracias al respaldo legal brindado por los servicios jurídicos de JUCIL. Lo que hemos defendido y así reconoce el tribunal es que los funcionarios que desempeñen la totalidad o las tareas esenciales de un puesto de trabajo distinto de aquél para el que fueron nombrados perciban las diferencias retributivas entre los complementos de destino y específico del puesto efectivamente desempeñado y los del suyo.
Esta decisión representa un hito significativo en la trayectoria profesional de nuestro asociado y refuerza nuestro compromiso con la justicia y la equidad en la Guardia Civil.
El reconocimiento del complemento específico de la especialidad de Fiscal y Fronteras es el resultado de un proceso legal exhaustivo y la firme defensa de nuestros derechos. La Sala de lo Contencioso Administrativo ha reconocido la competencia y los méritos de esta persona, permitiéndole ejercer funciones propias de la especialidad de Fiscal mientras continúa desempeñando su labor en Seguridad Ciudadana ya que, según la sentencia y así lo reconocen también los informes de la Comandancia de Lérida, más del 70% de su actividad se desarrolla en el área de Fiscal y Fronteras, mientras que los servicios de Seguridad Ciudadana apenas ocupan el 18% de su tiempo de trabajo.
JUCIL se enorgullece de su continua lucha por la promoción y el reconocimiento profesional de los miembros de la Guardia Civil. Este logro no sólo beneficia a nuestro asociado en particular, sino que esperamos que siente un precedente para futuros casos similares.






JUCIL seguirá defendiendo que la convocatoria de los cursos de liderazgo dirigidos exclusivamente a personal femenino es discriminatoria






Volvemos a mostrar nuestra absoluta disconformidad sobre la organización de las ‘Jornadas de desarrollo personal y liderazgo 2023’, que publicó el pasado 25 de abril el Boletín Oficial de la Guardia Civil, por resultar discriminatorias
La Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil ha convocado en 2023 cuatro ediciones de las ‘Jornadas de desarrollo personal y liderazgo’, dirigidas exclusivamente a personal femenino de las diferentes escalas. Se trata de una convocatoria similar a la que se realizó el pasado año 2022.
JUCIL impugnó la convocatoria de 2022 y actualmente el recurso se encuentra en trámite ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Seguimos considerando que la convocatoria de estos cursos es discriminatoria e injustificada. Por ello, en los próximos días se procederá a interponer el correspondiente recurso de alzada que prevé la Resolución.
La respuesta que hasta el momento hemos recibido ha sido que los cursos se enmarcan en diferentes programas y convenios sobre igualdad y que también se han convocado talleres para hombres sobre “sesgos inconscientes de género”. Por otro lado, se nos informó de que, aunque las jornadas recurridas son anotables en el expediente académico, no son baremables, por lo que no generan perjuicio alguno. No estando de acuerdo con estos argumentos, JUCIL consideró que era pertinente recurrir en los tribunales dicha decisión.






17-04-2023 – Recurso sobre la cesión de competencias de Tráfico en Navarra






Solicitamos al Supremo la nulidad del traspaso de competencias de Tráfico a Navarra porque el procedimiento es erróneo y puede provocar daños “graves e irreparables” para nuestros compañeros
JUCIL requiere la nulidad del Real Decreto de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor, publicado en el Boletín Oficial del Estado del pasado 7 de abril. Consideramos que sólo es aplicable para aquellas competencias que previamente se han asumido y que habría que modificar de forma previa el estatuto de autonomía de Navarra, la Ley de Amejoramiento del Fuero.
Su aplicación afecta directamente a 220 compañeros que componen la Agrupación de Tráfico en Navarra, ya que las tareas de control de la circulación rodada pasan a la Policía Foral. Por este motivo, los efectivos deberán ser reubicados en otros servicios en el territorio navarro o desplazarse a otras comunidades.
La normativa exige modificaciones legales previas
No hemos dudado en defender los derechos de nuestros compañeros recalcando que el procedimiento utilizado para la transferencia de estas competencias no es ajustado a Derecho por ser exigible para ello la modificación previa de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, es decir, del Estatuto de Autonomía, tal y como diferentes expertos en la materia sostienen.
Pedimos medidas cautelares y alternativas para nuestros compañeros
Hemos instado al Alto Tribunal que, hasta que no tomen una decisión sobre el recurso de nulidad, se proceda a la suspensión cautelar de su aplicación “a la vista de los graves e irreparables perjuicios que el traspaso de la competencia puede generar, tanto a los guardias civiles afectados y sus familias, como a las propias administraciones estatal y autonómica, de ser ejecutado y obtenerse una Sentencia favorable”.
Además, pedimos alternativas para nuestros compañeros si la competencia se traspasa definitivamente a Navarra. Y así, puedan continuar en otros servicios en esta comunidad foral o bien se les facilite una ‘pasarela’ para incorporarse en Tráfico en la Policía Foral. También, creemos que sería justo ofrecerles otras opciones que eviten los perjuicios que supone un traslado forzoso para ellos y sus familias.






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