JUCIL pide el apoyo de todas las asociaciones para defender nuestros derechos en la defensa de la gestión de los turnos de trabajo que tanto dificultan la conciliación laboral y […]
09/05/2023 – Informe Grupo de Trabajo – Turnos



En primer lugar, se nos informa de los siguientes cambios implementados en la norma después de haber sido enviado el último borrador a las asociaciones profesionales el pasado día 4:
- Los días deducibles, sea cual sea su naturaleza, computarán tantas horas como se tuvieran nombradas de servicio
- El personal de una unidad a turnos que se encuentre fuera de la misma en comisión de servicio continuará considerándose dentro de la modalidad siempre que esta comisión no exceda de las dos semanas de duración. Computando estas semanas a 37,5h a efectos de cómputo horario dentro de la modalidad. En caso de superar estas dos semanas, podrá volver a la modalidad de turnos al inicio del primer periodo mensual una vez haya finalizado la comisión.
- Se elimina la última cadencia de 12h que contemplaba el ANEXO III y se implementa una nueva MMNNSLLLLL
- Aunque no afecta a turnos, se introduce modificación en la productividad EAD5, pasando a percibirla también los Jefes de Plana Mayor de Servicio Marítimo Provincial
- Se cambia la fórmula de cálculo del CREXT y se fija un máximo de 13 como retribuibles, siendo las demás compensadas con un día de descanso cada vez que sumen tantas como se tienen nombradas de servicio según la secuencia (8h, 8,5h o 12h)
- Se añade una disposición adicional primera en la que se implementa la gestión de lo dispuesto en relación a la modalidad de tunos a través del SIGO
- Disposición final única: entrada en vigor el 29 de enero de 2024
La administración justifica estos cambios de última hora debido a problemas de ajustes horarios arrastrados durante este tiempo y en el caso de la modificación de la productividad de Plana Mayor de Servicio Marítimo Provincial para aprovechar que se va a modificar la norma en este grupo de trabajo y no quieren postergarlo más.
Seguidamente se pasa a las alegaciones escritas presentadas por las asociaciones. Sólo APC y JUCIL han presentado.
En lo concerniente a las alegaciones de JUCIL en relación a la comparativa del número de descansos entre la modalidad de actividad y la de turnos (118 descansos anuales en actividad, sin DAS, y en el MMTTNNSLLL 109,5 descansos anuales, con 18 DAS implementados en la secuencia), se nos rebate mediante unos cálculos realizados por la administración sobre los días en que se beneficia la modalidad de turnos por la forma de disfrute de las vacaciones y permisos, en la que se elige para el disfrute de las vacaciones en actividad la forma que más beneficia a la administración. En cualquier caso, aún con los supuestos planteados para hacer los cálculos, el resultado es de 10 días a favor de la modalidad a turnos, lo cual queda lejos de compensar el déficit de la modalidad a turnos presentado ya que el resultado a favor de la administración de la modalidad de actividad es de -10 días, contra la comparativa presentada en las alegaciones en la que la diferencia de descansos es de -9 días de la modalidad de turnos, a pesar de tener 18 DAS implementados en la secuencia.
Se considera interesados los cálculos realizados por la administración ya que en para el cálculo de las vacaciones en régimen de actividad se utilizan periodos de 5 días (L-V), con lo que se ganan 2 días adicionales correspondientes al fin de semana. Sin embargo, en turnos el periodo mínimo de petición utilizado es de 6 días, que si se aplicara en actividad (V-V) el número de días extra sería de 4 al contener la petición un fin de semana y añadir el posterior por terminar en viernes, por lo que el resultado de la comparativa es 0, sin contar con los festivos que pudieran estar en ese periodo de vacaciones y que para actividad no contaría mientras que para turnos sí. De la misma forma se plantea el disfrute del permiso por AP en periodos de 5 días seguidos, 6 en el caso de turnos, dándole forma de solicitud de vacaciones, forma de petición poco habitual y difícil de lograr dadas las limitaciones del servicio.
La solicitud de JUCIL de implantar la secuencia 6X6 es denegada.
El tema más recurrente durante la reunión, tal como defiende JUCIL, ha sido el cómputo de DAS utilizado por la administración para el cómputo horario. Aspecto de la norma que desde el primer momento JUCIL viene reclamando en este grupo de trabajo, ya que la media adoptada por la administración se encuentra lejos de los DAS generados en cada secuencia, a la vez que generan desigualdad entre ellas puesto que cada una genera un número diferente de estos descansos.
Se pregunta a la administración sobre la implantación en bloque del 6X5 a 8,5h en la ATGC.
La respuesta es que se desconoce esa iniciativa, que si se están probando diferentes secuencias en unidades piloto de la ATGC pero insisten no tener conocimiento de ello, añadiendo que en el caso de atestados lo que se está probando son turnos de 12h. Si afirman que se han realizado encuestas de satisfacción y que las opiniones del personal son muy favorables.
Sobre la extensión de los turnos al mayor número posible de efectivos a través de los núcleos operativos, la administración admite que se van a incorporar algunos en el siguiente cuatrimestre, como pruebas piloto. Que para su implantación el mayor impedimento, al igual que en tráfico, es no contar con suficientes unidades que ejerzan de apoyo a aquellas que se van incorporando, pero que a medida que aumenten las unidades en la modalidad de turnos su crecimiento será exponencial.
En el turno de asociaciones, excepto JUCIL, todas las generalistas agradecen a la administración la creación de la norma y felicitan la decisión de llevarla al Consejo para su aprobación definitiva. UO defiende la deficiencia de las cadencias ya que exigen ajustes a través de DND, cosa que posiblemente es achacable a la falta de DAS implementados, tal como defiende JUCIL, y que las únicas cadencias que presentan cifras estables son las que contienen dobletes. ASESGC se muestra en desacuerdo con la implantación de turnos por núcleos operativos por considerar que le resta autoridad al Comandante de Puesto. APC hace referencia a la falta de DAS implementados en la secuencia y añade haber recibido de la administración datos diferentes sobre mismas unidades, también fundamenta las alegaciones presentadas sobre modificaciones a los incentivos de los cabos y que la administración deniega. AUGC comenta ciertas dudas sobre aspectos técnicos de la norma y hace referencia a problemáticas en unidades concretas. AEGC habla también sobre problemáticas de unidades concretas y considera una temeridad la aplicación del 6X5 en la ATGC debido a la falta de efectivos. IGC vuelve a insistir en la posibilidad de que las asociaciones puedan proponer unidades para su entrada en la modalidad o cadencias nuevas a implantar.
JUCIL vuelve a recordar la no regulación para turnos del permiso por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar ya que su aplicación tal como se hace en modalidad de actividad genera un déficit de horas para el personal a turnos, cuestión que venimos recordando desde la segunda reunión de este grupo de trabajo y que su no regulación queda abierta a la interpretación de cada unidad.
La administración insiste en que esas horas no se están recuperando y permanece en su posición de no regularlo. Se nos dice que vigilarán para que en el desarrollo del aplicativo para turnos quede establecido de esa forma, aunque no se encuentre regulado.
Volvemos a insistir en que se están robando DAS al personal de turnos ya que todos los de 8h y 8,5h generan más de los 18 estimados por la administración. Aprovechamos los cálculos de vacaciones utilizados por la administración para responder a nuestras alegaciones, en los que según su modelo queda demostrado que se dejan de prestar un máximo de 12 servicios nocturnos (2DAS) y dudamos que se dejen de prestar festivos suficientes para justificar la diferencia de DAS existente. Volvemos a recordar que además de generar un perjuicio respecto a actividad, genera desigualdad entre las diferentes secuencias propuestas, por lo que volvemos a proponer que se utilice el índice corrector para que cada uno disfrute lo que genera, tal como sucede en actividad, o que ahora que se va a desarrollar un aplicativo para turnos, este cuente con un contador de DAS. Se realiza incluso por parte de JUCIL LA proyección de un cuadrante del 6×4 en el que se demuestra el número de DAS superior al estipulado por la administración.
La administración vuelve a mostrar que este término es innegociable y alega en esta ocasión que se utiliza un promedio sacado de SIGO cuando se comenzó a trabajar en el desarrollo de esta modalidad (en ocasiones han utilizado el argumento de que por vacaciones y permisos se dejarían de generar los DAS que alegamos que faltan)
Al final de la reunión vuelven a recordar que la norma irá a pleno del Consejo en junio, siendo JUCIL la única que muestra su disconformidad porque seguimos considerando la norma imperfecta y una merma a los derechos de los guardias civiles.



10/05/2023 – Grupo de Trabajo – Turnos de Trabajo



JUCIL quiere pararlo, pero el sistema que se prevé aprobar en junio hará que un guardia civil trabaje un mes más que un policía nacional desde 2024
La asociación se opone a la actual redacción de la Orden General de Servicio a Turnos que impone 1.710 horas de trabajo anuales ¡250 horas más que un policía nacional!
JUCIL se opone a que la normativa sea elevada al Pleno del Consejo de la Guardia Civil de junio y reclama que se continúe con la discusión y se mejoren los turnos previstos que supondrán cientos de horas de trabajo extraordinarias trabajadas a cambio de solo 18 días DAS al año
Los representantes de la Asociación Profesional Justicia para la Guardia Civil, JUCIL, en el Grupo de Trabajo sobre la futura Orden General de Servicio a Turnos se han opuesto hoy, 9 de mayo, a que el documento sea elevado con su redacción actual al Pleno del Conejo de la Guardia Civil del mes de junio próximo. “Se lleva al pleno sin tener cuenta las propuestas que hemos hecho para que se mejoren las condiciones de trabajo de los guardias civiles, que verán cómo se acumularán cientos de horas de trabajo a mayores con solo una compensación de 18 días DAS al año, cuando en muchos servicios se calcula ahora que se superan los 28 días”, explican Tomás Quesada y Ángel Lezcano, representantes de la asociación profesional en este grupo de trabajo.
Un mes de trabajo a mayores de lo que hará un policía nacional
A la reunión del Grupo de Trabajo ni siquiera acudió el teniente coronel que suele presidirla, quien delegó en un comandante. “JUCIL se opone a que se mantenga el turno 6×4 en cualquiera de sus variantes”, ya sea el (M-M-T-T-N-N-S-L-L-L) SIN DOBLETES o el (T-T-M-M/N-N-S-L-L-L-L) y el (T-T-M-L-L-M/N-N-S-L-L) AMBOS CON DOBLETES, es decir, se realizan 6 servicios en una secuencia de 10 dias y el resto se descansa. Este turno llevará a los integrantes de la Institución a realizar una jornada laboral de 1710 horas efectivas anuales. No podemos ver esta norma como el futuro de la Guardia Civil, más si cabe, cuando en la Policía Nacional tienen consolidado en su Circular de Jornada Laboral, desde 18 de diciembre de 2015, un 6×5 (M-M-T-T-N-N-S-L-L-L-L), es decir, 6 servicios realizados sobre una secuencia de 11 dias, lo cual los llevaba a realizar una jornada laboral de 1592 horas efectivas anuales. Por si todo esto no fuera suficiente, desde mediados de 2020 la Policía Nacional disfruta de forma “provisional” un nuevo turno, el denominado 6×6 (M-M-T-T-N-N-S-L-L-L-L-L), es decir, 6 servicios trabajados sobre una secuencia de 12 dias, lo cual deja la jornada laboral real de un compañero de Policía Nacional, en 1460 horas efectivas.
Con el sistema actual previsto, un guardia civil trabajará en 2024 un total de 1.710 horas, frente a las 1.460 de un policía nacional, lo que supone 250horas a mayores ¡31 días más de trabajo cada año!
Nuestro objetivo es la equiparación total, real y absoluta, y creemos que esta norma nos aleja de dicho objetivo.
Nos convierten, cada vez más, en la policía de bajo coste
JUCIL mantendrá su lucha contra esta nueva discriminación



23/02/2023 – INFORME GRUPO DE TRABAJO “TRABAJO TURNOS”



La mañana del pasado día 23 de febrero, tuvo la cuarta reunión del grupo de trabajo sobre la prestación de servicio en la modalidad de turnos.
En dicha reunión se nos entregan dos documentos:
- Una copia del último borrador recibido del proyecto de OG mediante la cual se modifican las OGS de Jornada y Servicio, la de Incentivos al Rendimiento y la de Vacaciones y permisos
- Un documento en el que figuran las alegaciones presentadas por las asociaciones representativas, la postura de la administración ante estas propuestas (aceptada/no aceptada) y las motivaciones de estas decisiones.
De las propuestas presentadas por JUCIL, son aceptadas algunas de las propuestas presentadas sobre aspectos técnicos y de interpretación de la norma:
- Propuesta realizada sobre el Art. 7.3 de la OG 11/2014 (servicios extraordinarios). Se modifica el texto, aunque deja sin resolver la verdadera finalidad de la propuesta, que era eliminar las limitaciones para realizar estos servicios, o adaptarlas al cómputo cuatrimestral en que se rige la modalidad a turnos.
- Modificación del artículo 9.12 de la OG 11/2014 (añadido), en relación a los plazos de compensación en caso de tener que sustituir un Libre por un Servicio debido a necesidades puntuales, debiendo ser compensado como máximo en las tres cadencias siguientes
- No son aceptadas las propuestas presentadas en referencia a entrada y salida del personal de los grupos organizativos, tramitación de las solicitudes de unidades para entrar en la modalidad, notificación de los cambios en la cadencia y control horario a través de SIGO
- Otras propuestas no aceptadas han conllevado cambios en la estructura del articulado
Tampoco las propuestas que se refieren a aspectos fundamentales de la norma han sido aceptadas:
- Planificación anual
- Toma en referencia de 24 DAS como promedio (ya que se cierran en redondo al índice corrector), rebajando el cómputo horario
- Único turno 6×5, con el compromiso de pasar al 6×6 en el momento que quede aprobado definitivamente para PN
- Aplicación de bolsa de horas como método de compensación a las horas de exceso (nos transmiten que esta propuesta la estudiaron detenidamente, pero acabaron desechándola)
- Adaptación a modalidad de turnos de “permiso por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar…” y “permiso para concurrir a exámenes finales…”
Seguidamente pasamos a la ronda de intervención de las asociaciones.
En las respuestas aportadas en esta ronda se nos transmite entre otras cosas:
- Se ha paralizado la previsión incorporación de unidades a la modalidad porque se están revisando los criterios a cumplir por las mismas para que no surjan problemas que en algunas de ellas se están dando
- Para la aplicación de turnos por Núcleos Operativos, además de los criterios aplicados en unidades individuales se revisarán otros tales como el número de cuarteles en el núcleo, plantillas mínimas en cada uno, etc
- La administración no considera que la aplicación en Núcleos Operativos sea una práctica muy extendida. Próximamente se comenzará una prueba piloto con un par de Núcleos Operativos
En esta ronda JUCIL recuerda a la administración que en el primer grupo de trabajo solicitó la aplicación de índices correctores como método más justo para que cada componente disfrute de los descansos que genera, tal como establece la norma. La respuesta que entonces se nos dio es que SIGO no está preparado para contabilizar por índice corrector y que su modificación requiere de un dinero del que no se dispone.
Como en estas últimas propuestas se nos ha rechazado el control horario a través de SIGO para seguir usando el informe cuatrimestral que se realiza de forma manual, exponemos que no existe impedimento para la implementación del índice corrector, ya que no hay intervención de SIGO en el proceso. La toma en consideración de un promedio de DAS, además de generar desigualdad entre las diferentes cadencias aprobadas y entre compañeros, supone un incumplimiento flagrante de la propia normativa de la DG, ya que el artículo 25 de la OG 11/2014 establece un DAS por cada tres festivos trabajados y un DAS por cada seis nocturnos trabajados. Tampoco por parte de esta asociación se tiene conocimiento de ninguna legislación laboral que aplique los derechos de los trabajadores a través de promedios.
El promedio de DAS a tener en cuenta ha sido tema recurrente en todas las reuniones desde que JUCIL lo puso sobre la mesa en su primera reunión, por suerte en una u otra ocasión siempre ha habido alguna otra asociación que ha apoyado esta reclamación y en esta ocasión la administración les recordó que el promedio de 18 DAS se tomó hace varios años (para empezar las pruebas en unidades piloto) y con el beneplácito de las asociaciones que entonces formaban parte del Consejo.
Finalmente, se nos emplaza para la quinta reunión del grupo de trabajo en el mes de mayo.



23/02/2023 – COMUNICADO GRUPO DE TRABAJO MODALIDAD A TURNOS



Esta mañana ha tenido lugar una nueva reunión del grupo de trabajo sobre la prestación de servicio en la modalidad de turnos.
En ella se han debatido las propuestas enviadas por las asociaciones representativas en el pasado mes de enero. La mayoría de ellas, como era de esperar, rechazadas. Únicamente se han aceptado pequeños retoques en aspectos técnicos, siendo rechazadas todas las propuestas referidas al aspecto más importante, el cómputo de horas.
En este punto seguimos comprobando como, a pesar de las opciones (índice corrector) y la información aportada por JUCIL, la Dirección General continúa empeñada en incumplirse a sí misma, aplicando “cálculos de promedios” sobre derechos tan fundamentales de los guardias civiles como son sus descansos. Concretamente los DAS regulados en el artículo 25 de la OG 11/2014.
JUCIL apostó desde el principio por sustituir el promedio de DAS por la aplicación de índice corrector como método más justo de compensación por los nocturnos y festivos trabajados, así como única opción viable de poder alcanzar el turno 6×6.
Otro de los aspectos destacados de la reunión ha sido la extensión de la modalidad de turnos al mayor número de efectivos posible, incluyendo su aplicación por núcleos operativos. Tampoco en este punto muestra demasiado entusiasmo la administración, alegando que, a los criterios ya contemplados para realizar turnos, para su extensión a núcleos operativos también es necesario tomar en cuenta otras variables.
En JUCIL seguiremos haciendo aportaciones y proponiendo soluciones prácticas para que la estabilidad horaria y conciliación familiar de los guardias civiles no sea a cambio de discriminación entre compañeros y pérdida de derechos fundamentales, ni tampoco se vea condicionada por una distribución territorial de otro siglo y totalmente ineficaz en la actualidad.
En breve tendréis informe completo de la reunión en https://.jucil.es



COMUNICADO GRUPO TRABAJO TURNOS 12/12/2022


El grupo de trabajo sobre TURNOS realizado el pasado día 12 no pudo empezar de peor manera para JUCIL. Previo al comienzo de la reunión, se nos comunica que no han recibido las propuestas presentadas por nuestra asociación sobre el borrador entregado en la anterior reunión. Extremo este que desmentimos demostrando en el momento el correo electrónico enviado con las mismas, sin embargo, la administración no sabe explicar que ha sucedido.
Después de esto, al dar comienzo la reunión solicitamos la cancelación de la misma ya que además se va a trabajar sobre un texto en el que figuran las alegaciones presentadas por el resto de asociaciones, lo cual nos sitúa en clara desventaja para defender las nuestras, al no estar incorporadas. En ese momento se nos dice que se nos enviará un nuevo borrador en el que se habrán incorporado las propuestas de las demás asociaciones que hayan sido aceptadas por la DGGC y que sobre ese borrador enviemos las que ya teníamos más las que podamos incorporar a las ya “perdidas”. No se tenía ninguna intención de suspender la reunión, por lo que no nos quedó más remedio que aceptar y continuar con la reunión para conocer los aspectos que se han mejorado en la norma.
La mayor desilusión llegó cuando en el análisis del documento descubrimos que ninguna de las propuestas presentadas incide sobre los aspectos de la norma considerados fundamentales por JUCIL:
- Planificación anual que de seguridad sobre la continuidad de la cadencia a la vez que evita todas las referencias de la norma relativa a los ajustes horarios cuatrimestrales. Dicha planificación anual viene amparada en el Art 17 de la Directiva Europea sobre Ordenación del Tiempo del Trabajo de 2008y refrendada posteriormente en la Comunicación Interpretativa de dicha norma publicada en 2017.
- Solicitud directa del Jefe de unidad de la entrada a turnos (es quien mejor conoce la unidad y el sentir de sus componentes), sin necesidad de autorización previa de la Jefatura de Comandancia
- Eliminación de turnos con dobletes, la protección de la salud de los agentes y la conciliación familiar de los mismos choca frontalmente con este concepto, además de suponer un incumplimiento directo de los recogido en el Art 14 de la OG 11/2014, puesto que su inclusión en una cadencia de turnos elimina el carácter de excepcionalidad contemplado en dicho artículo
- Eliminación del promedio de DAS para el cómputo horario anual y su sustitución por el sistema de Índice Corrector. Todas las simulaciones realizadas indican que se realizan más de los 18 estipulados por la DG, por lo que todos los generados por encima de esa cifra se dejan de disfrutar, y la aplicación de un promedio incumple lo reflejado en el Art 25 de la OG 11/2014. Además la aplicación de un promedio produce desigualdad entre turnos ya que cada uno de ellos genera un número diferente de estos descansos. La aplicación del Índice Corrector permite que cada efectivo disfrute de los descansos que genera.
- La aplicación del Índice Corrector debe ser en igualdad con el aplicado en el cuerpo de Policía Nacional. Dicho cuerpo además de realizar las mismas funciones, pertenece al mismo ministerio y se rige por la misma normativa en materia laboral que la GC. Con la aplicación de este índice Corrector sería viable el turno 6X6, dejando de ser los guardias civiles los policías que más horas trabajan.
Consideramos que la modalidad de turnos es un derecho de los guardias civiles, y en igualdad de condiciones que el resto de policías. Por ello seguiremos luchando por la mejora de esta norma a la vez que en la elaboración de la próxima OG de Compañías y Núcleos Operativos defenderemos el derecho de que todos tengan acceso a esta modalidad.
Enlace al informe completo:
https://jucil.es/informe-grupo-de-trabajo-modalidad-de-turnos-12-dic-2022/
Madrid a 14 de diciembre de 2022.-
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