JUCIL

19/09/2023 – Informe Grupo de Trabajo Turnos

En el día de ayer, 20-09-23 tuvo lugar en la Dirección General una nueva reunión del grupo de trabajo para el desarrollo del servicio en la modalidad de TURNOS.

En primer lugar, se nos informa que el grupo de trabajo se reabre tras ser retirada por el Excmo. Director General del orden del día, la normativa sobre esta modalidad de prestación de servicio que se pretendía aprobar en el pleno del Consejo el pasado 28 de junio. Además, se nos comunica que el Director General cree necesario seguir trabajando en el desarrollo de la norma.

Igualmente, se hace saber a las asociaciones que el seguir trabajando en ello, no supone impedimento para seguir implantando la modalidad en diferentes unidades, especialmente en las unidades de la ATGC, por lo que se sigue con el calendario previsto.

En este momento, los representantes de AUGC muestran su disconformidad con que se puedan cambiar los servicios de la cadencia, lo cual rompe el espíritu de lo que es un servicio a turnos. Llegados a este punto, nos gustaría recordar que JUCIL ya solicitó la retirada de este punto de la norma, en beneficio de todos los compañeros independientemente de la unidad o especialidad en que se encontraran, siendo cubiertas estas necesidades del servicio con los servicios extraordinarios que la propia norma contempla.

A continuación, se nos muestra una comparativa de la jornada laboral de los distintos cuerpos que conforman la realidad policial de este país (Policía Nacional, Mossos d´Esquadra, Ertzaintza, Policía Foral de Navarra y Policía Local de Madrid) en el cual se reflejan las horas efectivas de cada una de estas policías. Esta comparativa tiene como finalidad darnos a entender que la Guardia Civil está en el mismo rango de horas trabajadas por año que el resto de policías, con la única excepcionalidad de la Policía Nacional. Desde JUCIL le trasladamos que esa comparativa contiene varios errores de bulto que desvirtúan totalmente los datos resultantes de la misma y que, por lo tanto, no los aceptamos como válidos. Solo como ejemplo de lo que esos datos reflejaban, decir que la Guardia Civil era la policía que menos horas trabajaba de todas, si excluimos de la ecuación a la Policía Nacional…esta pequeña pincelada creemos que es más que suficiente para hacernos una idea de lo que la administración trataba de conseguir con esa comparativa.

Lo que podríamos entender como un avance, puesto que las diferencias son más que evidentes, queda nuevamente en un intento de camuflaje puesto que los datos presentados se encuentran acomodados al interés de la administración.

Los datos de algunos cuerpos son meras interpretaciones pobres de la normativa de estos mismos, con ausencias sensibles dentro de su análisis, que rebajarían el número de horas anuales de estos cuerpos que se nos presentan.

Sobre la Policía Nacional, se nos presenta un estudio fidedigno de su secuencia 6X5 aprobada en 2015, siendo sus horas trabajadas a lo largo de un año muy inferiores a las que la Guardia Civil pretende aprobar hoy en día para todos nosotros. Solo este último argumento, debiera ser suficiente para que la administración entendiera que no es de recibo pretender instaurar unos turnos rotatorios que nos obligan a trabajar 120 horas más de las que ya trabajaba un Policía Nacional hace casi una década, algo que actualmente el cuerpo hermano ya ha superado ampliamente, pasando a prestar 250 horas menos que un Guardia Civil con la conocida cadencia 6X6. Esta secuencia (6X6) que disfruta actualmente la Policía Nacional, se incide por parte de la administración en su “provisionalidad”, a pesar de que se disfruta en la Policía Nacional desde marzo de 2020, por lo que se nos dice, carece de normativa que la sustente.

Y para el final, dejamos los datos presentados sobre las horas de Guardia Civil, en los que se abandona la normativa para presentarnos un promedio calculado a través de las horas realizadas por un número indeterminado de efectivos, lo cual rebaja ostensiblemente el promedio de horas, haciendo menos escandalosa la diferencia, ya que se mete en el mismo saco para hacer el cálculo a efectivos con diferente número de días de vacaciones, APs y permisos varios.

En definitiva, el planteamiento mostrado por la administración se podría llegar a interpretar como interesado, pero como mínimo, nosotros lo entendemos como poco afortunado, ya que se aplican diferentes métodos de cálculo y estadística para adaptar unas cifras a conveniencia de la administración, con la intención de encajarlas en un lugar que no le corresponden y desde luego, esta conveniencia nada tienen que ver con los intereses laborales de los trabajadores de la Institución.

Llegado el turno de intervención de las asociaciones, JUCIL plantea en primer lugar las lagunas que contienen los datos que se nos presentan, apuntando incluso ausencias reseñables de normativas de otros cuerpos policiales.

Volvemos a incidir en lo obsoleto del sistema de DAS, no presenta garantías de su disfrute ya que queda supeditado a “necesidades del servicio”, más aún en turnos donde te aplican un promedio (18 DAS), lo cual choca frontalmente con lo dispuesto en la OG 11/2014 en la cual queda claro que cada efectivo disfruta de los DAS que genera. Les volvemos a recordar que los DAS están mal contados en las distintas secuencias que plantea la administración y que se generan más de los que por norma quieren aplicar, pero desgraciadamente, desde la administración se mantienen inflexibles a esta reclamación, nos trasladan que el tope son 18 DAS al año y que no tienen intención de revisar estos números. Seguimos reclamando la aplicación del índice corrector como sistema para que la compensación sea efectiva en el propio mes de realización de estos servicios.

Nos volvemos a oponer frontalmente a incluir secuencias de turnos con dobletes ya que primero somos la única policía del país que los realiza, y segundo les hacer perder el carácter de excepcional que la OG 11/2014 les atribuye, pasando a estar institucionalizados, ya que no vienen motivados por ninguna necesidad del servicio.

Finalmente, recordamos a la administración que no es casualidad que nuestros hermanos de Policía Nacional aprueben normas fundamentales siempre después de que la Guardia Civil haya aprobado las suyas, y siempre con mejores condiciones que nuestro cuerpo. El mejor ejemplo es la normativa de jornada laboral, fue aprobada un año después de la nuestra con un número máximo de horas trabajadas al año que mejoraba ostensiblemente en este aspecto la normativa aprobada en la Guardia Civil. Nos tememos que esto mismo pueda suceder con nuestra normativa de turnos, y que una vez aprobada la nuestra, la Policía Nacional modifique su Circular de Jornada para incluir definitivamente el turno 6X6. Por eso pedimos que en esta ocasión la Guardia Civil sea valiente con los derechos de sus trabajadores y de un paso adelante aprobando el turno 6X6, para que en un futuro próximo los guardias civiles no vuelvan a encontrarse en peores condiciones laborales que sus hermanos policías, ya que ambos cuerpos dependen del mismo ministerio, el Ministerio de Interior.

JUCIL ha nacido para defender la EQUIPARACIÓN TOTAL REAL y ABSOLUTA, por ello, la duración de la jornada laboral que un Guardia Civil realiza a lo largo de su vida, es una parte esencial de dicha reclamación, y es por ese motivo, por el que sólo apoyaremos el 6X6 como turno rotatorio aplicable en la Guardia Civil.

Para poner punto y final a la reunión, se nos solicita que enviemos las alegaciones que se consideren convenientes al texto de la norma que se presentó al pleno del Consejo y se nos emplaza a una nueva reunión en octubre.

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