JUCIL

18-04-2023 – Informe Grupo de Trabajo Compañías y Puestos

18-04-2023 – Informe Grupo de Trabajo Compañías y Puestos

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               En la reunión celebrado hoy, en la Dirección General de la Guardia Civil se ha procedido a leer el borrador, así como las aportaciones previas de las diferentes Asociaciones a cada punto de la futura norma.

               Cabe destacar que la Administración, de nuevo, ha menospreciado a las Asociaciones Profesionales de la Guardia Civil, haciéndonos llegar el proyecto de la norma (de tan solo 7 páginas) justo el día de antes de la reunión, negándonos así cualquier tipo de réplica constructiva basada en un estudio pormenorizado del texto, las disculpas por la tardanza en el envío de la documentación parecen formar parte ya del típico saludo diario.

               Tras escuchar la exposición del simple preámbulo se la ha hecho saber a la Administración que este proyecto normativo en su totalidad es una tomadura de pelo o mejor dicho un fraude normativo, peor que lo anteriormente regulado, participándoles que no cuenten con nuestro apoyo para la elaboración de este texto en el sentido actual, ya que lo que nos dicen no coincide para nada con lo que pone en el texto, procediendo a realizarnos la réplica correspondiente, manifestándoles que lo más seguro es que el representante que hace las observaciones, no sabe leer o no entiende lo que lee, volviéndoles a informar que no cuenten con nosotros para la elaboración de este proyecto, ya que en estas condiciones no queremos ser partícipes de este engaño. Tras esta intervención se consigue el apoyo de parte del resto de asociaciones.

               Aun así, frente a los impedimentos de la Administración, Jucil ha dejado claro su posicionamiento respecto al desarrollo de la nueva normativa.

               La regulación de los Núcleos Operativos se hace necesaria ya que es una realidad en el Servicio diario de Seguridad Ciudadana. La implantación de la figura de Coordinador de Servicio para este tipo de patrullas de Núcleo Operativo no parece estar bien entendida, ni definida por la Administración. En este apartado, Jucil, exige la absoluta independencia de los comandantes de Puesto en sus respectivas Unidades, ya que el texto que desarrolla este punto apunta a cualquier Suboficial para el desempeño de la coordinación de servicio, sin diferenciar entre comandantes de puesto, segundos y resto de suboficiales de la compañía. La solución que ofrecemos es que sea un nuevo puesto de catálogo/unidad a cargo de un oficial y/o suboficial (brigada-subteniente), cosa que evitaría el tapón y las renuncias que existen actualmente en la escala de suboficiales para el ascenso, llegados a este punto, la Administración ya no sabe ni que decir, volvemos a insistir en que, al igual que un suboficial no ejerce de jefe de Compañía cuando el titular no está, ningún Guardia Civil debe ejercer la función de comandante de Puesto. Se hace necesario un desarrollo de la norma de la figura del 2º comandante de Puesto ejercida por Cabos/Cabos 1º que regule su actividad. Las funciones de cada uno deben ir acorde al empleo que uno tenga y los comandantes de Puesto deben estar dedicados a sus funciones de mando y administración, al igual que los segundos cuando estén desempeñando el cargo.

Es evidente que la falta de personal en Seguridad Ciudadana, es el mayor problema al que se enfrenta la Guardia Civil, siendo este el impedimento para crear en catalogo la figura del Coordinador de Servicio o Coordinador, permitiendo este nuevo proyecto normativo que los núcleos operativos sigan sin una figura que los administre con continuidad en el mando de las mismas. La creación de equipos Arroba, Roca, Viogen, etc. siguen detractando efectivos de los Puestos y Compañías. Según la Administración, estos grupos obedecen a Órdenes de Servicio y no tienen espíritu continuista. La nueva Orden General regulará la creación de estos grupos por parte del Mando de Operaciones, sin definir criterio, ni personal dedicado sin mermar la operatividad de los puestos.

Se le hace saber a la Administración, que la norma tratada no es más que un parche a la actual situación de la Guardia Civil, la falta de personal, recursos y que más que solucionar el problema lo que se pretende es sobrecargar de trabajo al personal de la Escala de Suboficiales, Cabos y Guardias, no aportando ninguna solución real, siguen tratando de defender el texto con finalidades que en ningún caso coinciden con lo plasmado en el mismo.

En lo relativo a lo desarrollado en el Capítulo V, siguen pretendiendo desarrollar las funciones en el Libro de Organización de cada Comandancia, a lo que se les traslada nuestra disconformidad, considerando que cada comandancia va a interpretar la norma como más le convenga con criterios arbitrarios, no unificados, sin ningún criterio de cohesión entre las distintas comandancias.

Finalmente se han comprometido a elaborar un nuevo borrador con las aportaciones formuladas por las distintas asociaciones, acto que dudamos, ya que el tratado a fecha de hoy es el segundo borrador, el cual todavía es peor que el anterior.

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