El pleno del Consejo de la Guardia Civil del pasado 15 de diciembre de 2022, fue sin lugar a dudas el más relevante de los últimos años, entre otras temas por la importancia que presenta la Ley de Personal en la vida laboral de los Guardias Civiles.
Estos días ha sido objeto de noticia en los medios de comunicación la intención de la Dirección General de la Guardia Civil materializada en la Ley de Personal, que no es otra que instaurar en la Guardia Civil el cupo femenino, ese nuevo sistema en el que se establece que hasta conseguir un 40% de mujeres en la escala de cabos y guardias, se dará prioridad a las aspirantes femeninas frente a los hombres, siempre que la diferencia de nota no supere el 15%. Cabe decir que la nota de corte supera los 100 puntos, por lo que la ventaja con la que cuenta la aspirante femenina frente al varón supera los 15 puntos, un baremo nada desdeñable.
Si lo reseñado per se ya se considera preocupante, lo expuesto a continuación aún lo es más, ya que parece que ha pasado desapercibido el gran impacto que esta normativa tiene en la trayectoria laboral de todos los Guardias Civiles que tengan entre sus planes laborales promocionar.
Así esta modificación de la Ley de Personal que podemos calificar de aberrante, contempla en su articulado el siguiente contenido: “La igualdad efectiva de mujeres y hombres estará especialmente presente en el desarrollo y aplicación de esta Ley. Se implementarán las medidas necesarias para facilitar el ingreso y la promoción profesional de las mujeres promoviendo la presencia equilibrada de mujeres y hombres en el Cuerpo.”
Estableciendo claramente que, en caso de concurrir a los diferentes ascensos por promoción profesional, ya sea por antigüedad, clasificación, elección o concurso-oposición, se implementarán las medidas que sean necesarias para promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres, pudiéndose dar el caso que un Guardia Civil hombre del empleo de Cabo, Suboficial u Oficial ascienda con posterioridad a una mujer Guardia Civil con menos nota, por el simple hecho de ser mujer.
Cabe resaltar en este punto el sentir de la inmensa mayoría de mujeres Guardias Civiles que manifiestan que “no necesitan esa ventaja para aprobar, que con su esfuerzo y capacidad son más que suficientes para conseguir el ascenso” o que “exigen que no se las traten como desvalidas o inferiores, con una norma claramente paternalista y que desprecia y minusvalora el talento femenino”.
Por otra parte es conocido el sentido de la votación a esta norma por parte de las asociaciones profesionales, no obstante, lo recordamos a continuación:
Por su parte el representante de Defensa quiso remarcar que se elaboraría por dicho Organismo un informe ya que el articulado referido podría ir en contra de los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Desde Jucil nos preguntamos como se puede votar favorablemente a esta Ley en el caso de AUGC, que cuenta con algún mando entre sus asociados, o abstenerse en el caso de APC (una asociación de cabos, a los que les afecta de pleno, ya que la gran mayoría acaba ascendiendo a suboficial por promoción interna) a una normativa que relega a un segundo plano la aspiración para ascender, en el caso de ser hombre.
Si como JUCIL, defiendes que acceda en la Guardia Civil el mejor preparado ya sea mujer u hombre, y que los Guardias Civiles, Cabos, Suboficiales y Oficiales, consigan el ascenso acorde a los principios de igualdad, mérito y capacidad, que rigen nuestra Constitución española y aseguran el Estado de Derecho, JUCIL es tu asociación.
20 de diciembre de 2022
LA UNIÓN ES NUESTRA FUERZA