JUCIL

Comisión de normativa celebrada el 23 de noviembre de 2022

Comisión de normativa celebrada el 23 de noviembre de 2022

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Se tratan diez normativas expuestas a continuación:

1.- Modificación de la Ley 29/2014 del 28 de noviembre que regula el régimen de personal de la Guardia Civil:

Se ha modificado gran número de artículos, pero sustancialmente en cuanto a mejoría para los Guardias Civiles poco se puede referir. Una de las pocas propuestas aceptadas por la DGGC es el ascenso al empleo de Sargento 1º sin ocasión de vacante, a los cinco años de permanencia en el empleo de Sargento, reduciéndose el periodo de aproximadamente 10,6 años actualmente a 5 años. Esta disminución en el tiempo, no es más que un engaño, ya que con esta medida lo único que genera es que el actual tapón para ascender en la escala de suboficiales se traslada al empleo de Sargento 1º, donde se incrementaría en más de 5 años la permanencia en este empleo, como se ha comunicado en otras ocasiones, la verdadera problemática es la falta de vacantes de brigada/subteniente en las Unidades, y no se ha tenido en cuenta en el Real Decreto 687/2021 del 3 de agosto, que regula la plantilla de la Guardia Civil durante el periodo 2021-2025.

            Cabe reseñar que tiempo atrás al aunar la escala de oficiales, la promoción profesional de éstos se vio resentida en el sentido del aumento del plazo de tiempo para ascender a los empleos superiores, por lo que en este sentido el Real Decreto de plantilla descongestionó tal situación aumentando en un 73,39% el número de vacantes de Capitán pasando a ser de 357 en el año 2021 a 619 en el año 2025, por su parte la plantilla de Comandante ha aumentado en un 40,72%, pasando de 334 plazas en 2021 a 470 en 2025 lo que pensamos desde Jucil que ha sido una decisión acertada ya que redujo los tiempos de ascenso considerablemente.

No obstante, se han olvidado de la escala de suboficiales, actualmente el ascenso a sargento 1° se lleva a cabo tras una media de 11 años en el empleo de sargento. Analizando la suerte de los suboficiales en el Real Decreto de plantilla, encontramos que en las plazas de sargento 1° está aprobado un aumento del 10,5% (pasando de 2096 a 2316), por su parte un aumento del 11,60% de brigadas (pasando de 1034 a 1154) y un incremento del 10,94% en subtenientes (pasando de 594 plazas a 659 en los cuatro años mencionados).

Contando actualmente la escala de suboficiales con una trayectoria profesional mermada por el gran periodo de tiempo que se necesita para promocionar, a modo de curiosidad, significar que la edad media de los aspirantes de ingreso a la escala de suboficiales es de 37,11 años, si a ello añadimos dos años del periodo de formación, 5 años para ascender a sargento 1º y posteriormente unos 10 años de media para ascender a Brigada podría darse el caso en que no se pase a la reserva con anterioridad a poder hacer sido evaluado para el ascenso a Subteniente. Es por ello que la DGGC debería de estar trabajando en un Real Decreto de plantilla que se ajuste a las necesidades de los suboficiales.

 Uno de los avances es el ascenso a Cabo 1º sin ocasión de vacante, cuando en algunas circunstancias el tiempo en el empleo de cabo ha llegado a ser de 8,5 años hasta ascender a Cabo 1º.

En cuanto a la enseñanza de formación se favorecerá al personal la obtención de un grado (y máster) oficial en el Centro Universitario de la Guardia Civil, esta materia se trabajará posteriormente en los Grupos de Trabajo.

Resaltar que ascenderá a 4 años el régimen transitorio para la exigencia de titulaciones para ingreso en la escala de Cabos y Guardias y en la escala de Suboficiales.

La duración de las Comisiones de servicio no podrá exceder de un año, salvo para los periodos destinados a la enseñanza de formación para la incorporación a cualquier escala. (Esta medida se toma para que los alféreces y sargentos alumnos se le encomienden tareas y funciones acorde a su situación formativa).

Desde Jucil, se considera que se ha tenido una oportunidad para modificar otros articulados que los efectivos de la Guardia Civil llevan tiempo reclamando, pero, la DGGC no ha estado por la labor de realizarlo.

Desde Jucil se ha solicitado a la DGGC un curso de complemento de formación, en las mismas condiciones que refleja la disposición transitoria décima de la actual Ley de personal, para todos aquellos suboficiales que tuvieran consolidado el empleo en el momento de la entrada en vigor de la presente norma, desde la DGGC comentan que van a estudiarlo. Se hace necesario establecer un complemento de formación para tener la posibilidad de alcanzar la equivalencia de grado (MECES 2) en igualdad de condiciones que los nuevos suboficiales, con el fin de no tener una escala avanzando a dos velocidades. La DGGC en este sentido esgrime el argumento de que se tardaría mucho tiempo en realizar, por lo que se dará la situación que los nuevos suboficiales cuenten con equivalencia MECES 2 y los antiguos no, sin aportar más datos sobre si puede afectar en un futuro al ascenso a la escala de suboficiales.

Otra de las piedras angulares de esta normativa es la solicitud del aumento de edad de pase a reserva voluntaria hasta los 65 años para oficiales y suboficiales, de manera paulatina, o bien que como en el actual sistema de Policía Nacional, el pase a la reserva sea voluntario, en su defecto continúen en activo. La DGGC en este sentido no se copia de la Ley de Personal del cuerpo hermano, y alude a que habría mayor tapón para ascender, parece que no es suficiente el tapón actual en la escala de suboficiales. Como alternativa propone aumentar el catálogo en reserva de manera que pudiera trabajar todo el personal que se encuentre en reserva, pero, la forma léxica de expresión del articulado deja una puerta abierta a la no obligatoriedad de su cumplimiento.

Otro tema de gran calado que ha generado controversia en los grupos de trabajo, ha sido la reserva de un porcentaje de plazas para mujeres tanto en el acceso a la Guardia Civil, como durante los procesos de promoción interna, una modificación de ultimo hora ha sido, que aquel opositor masculino que haya sido perjudicado por este cupo femenino, se le otorgará un baremo a determinar en la siguiente convocatoria, pero, preguntado en la Comisión si ocurriría igual con los suboficiales perjudicados en caso de ascenso a oficiales, o bien con los cabos y guardias en caso de ascenso a suboficial u oficial por cambio de escala, la DGGC comenta este baremo no será aplicable en la promoción, en Jucil consideramos que no hay fundamentación razonable para el establecimiento de cupos femeninos, y podría ir en contra de los principios de mérito y capacidad, y que si se establecen turnos en las Unidades y condiciones laborales más atractivas pudieran atraer a más mujeres a la Guardia civil, no obstante la media de acceso viene superando el 21%.

Por otra parte, consideramos que el establecimiento de itinerarios alternativos laborales para determinadas carreras que se va a llevar a cabo en la escala de oficiales, sería muy interesante incorporarlo a la escala de suboficiales y de cabos y guardias, de manera que cualquier efectivo que cuente con una determinada titulación pueda desempeñar un itinerario específico en su carrera laboral. Este aspecto no ha sido tenido en cuenta por la Administración.

Se considera muy elevado que el porcentaje de plazas para acceso a la escala de oficiales de acceso directo (Academia General Militar y acceso directo con titulación) ascienda hasta el 45%, no premiando a la promoción interna o cambio de escala, siendo personal con experiencia y conocimiento de la Institución.

Además, tampoco se elimina el límite de edad para los ascensos por concurso oposición, que actualmente se encuentra en 50 años.

Es importante una regulación en derechos de representantes, para que el personal en reserva pueda representar a una asociación.

Todas las asociaciones votan en contra de esta normativa, salvo APC que se abstiene. En el pleno del 15 de diciembre se procederá a la votación definitiva, y veremos si la DGGC aun con la oposición frontal casi en pleno de las asociaciones continúa adelante.

 

2.- Modificación Orden PCI/ 362/2019 del 20 de marzo por la que se regulan la realización de pruebas física en las Guardia Civil.

La Guardia Civil tiene pensado realizar pruebas físicas que son “voluntarias”, entrecomillamos tal concepto ya que a ojos de la DGGC no se va a obligar a nadie a realizarlas, no obstante, cabe reseñar que van a contar para determinados destinos de concurso de méritos, así como criterio de valoración para ascensos.

Una de las novedades consiste en que quien pase las pruebas precitadas y se quiera presentar a la escala de oficiales o suboficiales, y en el momento de realizar la prueba física del concurso oposición no pudiera realizarlas (embarazo, lesión) se acudiría a dichas pruebas para convalidarlas.

Está en trámite la eliminación de la prueba de soltura acuática para el ascenso a la escala de suboficiales y oficiales.

En Jucil entendemos positivo que se otorgue importancia al deporte, y se fomente dicha cultura, pero, la Admón. debería de hacer un esfuerzo, y facilitar horas libres para la realización de deporte, por parte de los guardias civiles, o bien algún tipo de retribución económica que fomente la práctica de deporte como ocurre en otras policías autonómicas, que además de la diferencia de sueldo con respecto a la Guardia Civil, también difiere los derechos laborales.

 

3.- Medidas implantación PIDEGUCI (Plan de implantación de promoción del deporte en la Guardia Civil):

Se va a crear una oficina del deporte, y va a ser necesario contar con personal Guardia Civil para controlar la realización de pruebas físicas, además se tiene establecido contar con un efectivo como tutor deportivo por cada Compañía. En la Comisión trasladamos el problema de la creación de estas áreas fantasma o áreas funcionales, o el nombre que se les quiera dar, ya que hay muchos de los puestos en los que es habitual encontrar un sargento un cabo y 3 guardias civiles para cubrir una gran demarcación, y hay una gran falta de personal en las unidades y comentamos que esperábamos que no haya que recurrir al “suboficial de servicio” para sacar patrullas en los pueblos.

Desde la DGGC trasladan que no va a haber inversión económica en este sentido.

 

4.- Modificación Orden PCI/346/2019 normas de valoración de procesos de evaluación en GC.

Desde Jucil trasladamos que el IPEGUCI cuenta con mucho peso, por ejemplo, en el ascenso a Comandante la horquilla oscila entre el 22% y 27% de la nota, y a coronel entre el 25 %y 30%, el ascenso a Brigada entre 22% y 27% y a Cabo Mayor entre el 25% y 30%. Existe otro grupo de valoración de recompensas y méritos, que se encuentran en el grupo 2, en los que el porcentaje es muy elevado, así para el ascenso a Comandante y a Coronel, el porcentaje oscila de 30-50%, para Brigada entre un 35-50% y para Cabo Mayor entre el 35-45%. Por lo que se observa el gran peso que tiene el IPEGUCI y las recompensas en el criterio de evaluación. Además de ello, viendo el cariz que están tomando las pruebas físicas voluntarias, que prácticamente se volverán obligatorias, ya que se incluirán en la valoración del grupo 4, nos oponemos a esta norma, votando en contra.

 

5.- OG que modifica la OG 1/2019 de valoración especifica de méritos y aptitudes en evaluación.

Traslada la Admón. que el IPEGUCI en empleos más altos más valor tienen, ya que entienden que esta valoración requiere tal carácter en empleos de mayor responsabilidad. Para los primeros ascensos se entiende que no ha habido mucha opción para que esos destinos hayan sido elegidos, y por ello el peso debe ser menor.

Si bien ha bajado de media dos puntos el porcentaje de valoración del IPEGUCI en la matriz de ponderación, al igual que en la Orden Ministerial previamente tratada, se considera que aún es muy elevado el peso del IPEGUCI y de las recompensas en la evaluación para el ascenso, actualmente para ascender a Brigada el IPEGUCI cuenta un 23% del total de la nota, y méritos y recompensas 13%, la suma de ambos presenta un 36% del peso de la nota siendo demasiado subjetivo. Jucil solicitó que el IPEGUCI se debería disminuir hasta el 10%, por lo que el voto es en contra.

 

6.- Proyecto de orden general por la que se modifica la OG 1/2016 por la que se regulan las vacaciones, permisos y licencias del personal de la Guardia Civil:

Uno de los cambios de esta normativa supone entrar en cupo al solicitar vacaciones dos suboficiales con el cabo, en unidades en las que no haya oficial, en Jucil no pedimos que aparezca regulado a un oficial y 2 suboficiales que se turnen para solicitar vacaciones, ya que va en detrimento de los tres, pero, al igual que ese caso no está contemplado, que tampoco se regule la situación que se está tratando, ya que con dos suboficiales en el puesto se asegura la continuidad del ando en la Unidad, argumento que esgrime la Admón. para llevar a cabo tal cambio.  en vacaciones, pero tampoco que se regule que 2 suboficiales y un cabo se turnen.

Desde Jucil solicitamos que se regule la asistencia a los juicios de un efectivo que tenga que desplazarse una distancia prudente, ya que a día de hoy solo aumentan en un día el crédito de vacaciones, a lo que la Admón dispone que va a estudiarlo.

 

7.- Proyecto PAS Plan de Acción Social-2023:

Se va a proceder a incrementar la partida presupuestaria.

 

8.-Proyecto de OG por la que se modifica la OG 4/2021 de incentivos al rendimiento.

Respecto a la tabla estamos de acuerdo con el aumento del 2,5% de manera general, hay puestos de trabajo que el 100% está vinculado al CVE, pero, hay otros que dependen del ICRES ICREX e ICREM, que creemos que se debería incrementar en estas cantidades, por tanto, nos reservamos el voto.

 

9.-Proyecto OG modifica la OG 11/2014 regímenes de prestación del servicio y jornada de horario del personal GC.

Entregan un documento en plena Comisión, por lo que se analizará con los compañeros expertos en el tema y se llevará al Pleno.

 

10.- Proyecto de Instrucción de los documentos de medición de actividad ciclos 2022/2023, anexos a la Instrucción nº 25 de Jefatura de la Agrupación de Tráfico:

Entregan un documento en plena Comisión, al igual que en el apartado anterior, y serán compañeros de la Agrupación de Tráfico los que desgranarán este tema para posicionamiento de Jucil.

 

 

 

29 de noviembre de 2022

 

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