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La Guardia Civil no es responsable de la captura y custodia de animales abandonados

La Guardia Civil no es responsable de la captura y custodia de animales abandonados

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La Dirección Adjunta Operativa aclara que la Guardia Civil no es responsable de la captura y custodia de animales abandonados

En respuesta a solicitud de JUCIL, la DAO indica que es responsabilidad de las administraciones municipales

 

Madrid, 2 de agosto de 2024 – La Dirección Adjunta Operativa (DAO) de la Guardia Civil ha aclarado, en respuesta a un escrito presentado por JUCIL, que la responsabilidad de la captura y custodia de animales abandonados o extraviados recae exclusivamente en las administraciones municipales.

 

Esta respuesta sigue a una solicitud presentada por JUCIL el pasado mes de julio en la que se pedían instrucciones claras para evitar que los agentes se vean obligados a gestionar situaciones que no son de su competencia y que podrían implicar riesgos importantes.

 

“No podemos poner en riesgo la integridad física de nuestros agentes ni de los animales. La normativa es clara y esta tarea corresponde a las autoridades municipales que son las que disponen de los recursos y conocimientos necesarios para manejar estos casos”, explicaba David González Sequera, Secretario Nacional de Formación y Especialidades  de JUCIL.

 

En su contestación, la DAO puntualiza que la recogida y custodia de animales abandonados o extraviados corresponde exclusivamente a las administraciones municipales. Por tanto, los guardias civiles no deben ser requeridos para estas tareas, salvo en situaciones de riesgo grave e inminente para la población.

 

Además, la DAO explica que la actuación de los guardias civiles en estos casos debe limitarse a recoger datos, localizar al dueño o responsable del animal y perseguir infracciones o delitos relacionados con el maltrato animal. En situaciones de riesgo grave e inminente para las personas, los agentes pueden utilizar los medios disponibles, aunque carecen de formación específica y medios adecuados, lo que puede suponer un riesgo tanto para ellos como para los animales.

 

Aunque no se hacía referencia explícita en la solicitud de JUCIL, la Dirección Adjunta Operativa ha explicado que las armas solo deben ser utilizadas en situaciones de grave riesgo para la vida o integridad física de las personas o para la seguridad ciudadana, conforme a los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad.

 

Desde JUCIL se incide en la incongruencia con la Ley 7/2023 de protección de los derechos y bienestar de los animales, que define la responsabilidad de la persona que, aunque de manera circunstancial, esté al cuidado del animal. “Echamos en falta una respuesta de la DAO sobre esta ley, ya que ésta coloca a los agentes en una situación compleja y potencialmente peligrosa, al tener que hacerse cargo de animales sin la formación adecuada”, finalizaba González Sequera.

 

JUCIL seguirá trabajando para asegurar que los guardias civiles no sean expuestos a riesgos innecesarios y que las competencias sean claramente definidas y respetadas, protegiendo así tanto a los agentes como a los animales involucrados.

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