Conoce la importancia y los riesgos en el uso de las Bases de Datos Policiales
El acceso a las bases de datos policiales debe ser siempre legítimo y motivado por necesidades profesionales
El acceso y uso de las bases de datos policiales está regulado debido a la sensibilidad de los datos personales que se gestionan. En este sentido, la protección de estos datos se considera un derecho fundamental en la Unión Europea. Según el artículo 8 de la Carta de Derechos Fundamentales, y el artículo 16.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el respeto a la privacidad y a la protección de los datos personales es esencial. Así mismo, la Constitución Española lo establece en su artículo 18.4. Un incumplimiento en la protección de estos datos representa una vulneración de los derechos humanos.
La legislación española, conforme a la Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo, adapta la normativa europea en la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, sobre la protección de datos personales en el ámbito de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Esta Ley regula el tratamiento de los datos personales con fines de prevención, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales.
Además, establece que los agentes de la Guardia Civil pueden ser sancionados disciplinariamente por cualquier infracción relacionada con el mal uso de los datos personales.
El acceso a las bases de datos policiales debe estar siempre justificado por el servicio. Si un agente consulta una base de datos sin que exista una razón relacionada con su función profesional, dicho acceso será considerado ilegítimo. En el caso de que se produzca una consulta accidental o por error, el agente deberá comunicarlo a su superior jerárquico para que quede constancia de la situación. Si la consulta es solicitada por otro compañero, también debe dejarse constancia de esta solicitud.
El incumplimiento de estas normativas puede llevar a reproches disciplinarios graves. Los accesos no autorizados o ilegítimos a bases de datos están considerados faltas muy graves, independientemente de la finalidad que haya tenido la consulta. Además, dependiendo de las circunstancias, un acceso ilegítimo puede ser tipificado como un ilícito penal.
En resumen, el acceso a las bases de datos policiales debe ser siempre legítimo y motivado por necesidades profesionales, ya que el uso indebido puede acarrear sanciones disciplinarias y consecuencias legales graves.