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Planes de Pensiones de la Guardia Civil: Sin Posibilidad de Disposición Anticipada de Derechos Consolidados

Planes de Pensiones de la Guardia Civil: Sin Posibilidad de Disposición Anticipada de Derechos Consolidados

Imagen que ilustra los planes de pensiones de la Guardia Civil sin disposición anticipada de derechos consolidados.
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Los planes de pensiones de la Guardia Civil no permiten la disposición anticipada de derechos consolidados

Las restricciones del Plan impiden la disposición anticipada salvo en casos excepcionales como enfermedad grave o incapacidad total

 

 

Madrid, 30 de enero de 2025 – La Dirección General de la Guardia Civil ha informado sobre la posibilidad de hacer efectivos los derechos consolidados del Plan de Pensiones Corporativo de la Administración General del Estado (AGE) a partir del 1 de enero de 2025.

 

Desde JUCIL os trasladamos la información más relevante sobre este asunto.

 

El Plan de Pensiones de la Guardia Civil, de modalidad “sistema de empleo”, está destinado exclusivamente a aquellos guardias civiles que estuvieron en servicio activo o reserva entre 2004 y 2011. En este tipo de plan, el promotor es la empresa del trabajador o la Administración de la que dependa.

 

La cuantía de los derechos consolidados depende de factores como el grupo retributivo, las contribuciones realizadas por la Administración y las aportaciones adicionales efectuadas como particular. Estos datos pueden consultarse a través del portal “Mi Gestión Profesional”.

 

A la hora de cobrar el capital, encontramos dos situaciones. La primera, la llamada “Contingencias Generales”, se da en caso de jubilación, fallecimiento, incapacidad o dependencia. En la segunda, llamada “Contingencias Extraordinarias”, se permite disponer del importe en caso de enfermedad grave o desempleo de larga duración.

 

A pesar de que el artículo 8.8 del Real Decreto Legislativo 1/2002 permite la disposición anticipada de derechos consolidados en los planes de pensiones de sistemas individual y asociado, siempre que las aportaciones tengan al menos diez años de antigüedad, esta disposición no es aplicable de forma automática a los planes de sistema de empleo, como el de la Guardia Civil.

 

En este último caso, además de la antigüedad de las aportaciones, es imprescindible que las especificaciones del plan contemplen explícitamente esta posibilidad.

 

En la última revisión de las especificaciones del Plan de Pensiones de la Administración General del Estado (AGE), aprobada en noviembre de 2022, no se incluyó esta opción.

 

Por lo tanto, los partícipes de este plan solo pueden acceder anticipadamente a sus derechos consolidados en circunstancias excepcionales como enfermedad grave, dependencia severa o incapacidad total o permanente para el servicio.

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