Durante la mañana del día 3 de octubre de 2024, en aplicación lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, asistimos a la 1ª reunión del Grupo de Trabajo “NORMATIVA DESTINOS”, celebrada en la Dirección General de la Guardia Civil, en representación de la Asociación JUSTICIA GUARDIA CIVIL (JUCIL).
Desde la Administración se nos trasladan las siguientes cuestiones, relativas a futuras modificaciones de distintas normativas de interés para los componentes de la Guardia Civil, consistiendo estas en:
- Respecto al ANEXO I de la OG número 4 de 9 de abril de 2018, por la que se desarrolla la estructura y el contenido de la Relación de Puestos Orgánicos de las Unidades de la Guardia Civil.
Se pretende modificar establecer nuevas limitaciones para la ocupación de determinados destinos en determinadas Unidades, como Puestos Ordinarios y Auxiliares de la Guardia Civil.
- Respecto a la Orden General número 12 de 16 de agosto de 2021, sobre provisión de destinos por concurso de méritos en la Guardia Civil;
Se pretende:
1.- Modificar el cálculo de los umbrales de normalización de los méritos profesionales, con la aplicación del percentil 97 en lugar del 99 que actualmente se realiza sobre cada uno de los méritos correspondientes a las Fichas de Méritos.
Artículo 11. Umbrales de normalización de los méritos profesionales.
El umbral de normalización, que fija la puntuación absoluta máxima que se toma
como referencia para valorar cada mérito profesional, tipificará la puntuación obtenida por los concursantes en cada mérito a concurso, aplicando la siguiente fórmula:
Pnu Puntuación normalizada de cada mérito profesional
Pu Puntuación absoluta obtenida por el concursante en cada mérito profesional,
donde para Pu>Uu à Pu=Uu
Uu Umbral de normalización aplicable a cada mérito profesional, según la ficha de
Referencia
Con arreglo a esta fórmula, el concursante que obtenga en la valoración de un mérito una puntuación absoluta que alcance o supere el valor del umbral de normalización, se le asignará una puntuación normalizada de 1 punto.
- Los umbrales de normalización de los méritos profesionales a concurso se establecerán para cada empleo o grupos de empleos, categorías o escalas, y serán
específicos para cada ficha de referencia. Se calcularán tomando como muestra las
puntuaciones absolutas obtenidas por los concursantes en las convocatorias de vacantes ofertadas desde el cuarto año anterior al de la publicación de esta orden general, o de sus posteriores actualizaciones, con la aplicación del percentil 99 en cada uno de los méritos correspondientes.
Si en dicho periodo no hubiera datos que consignar por ausencia de concursos, el
margen temporal se extenderá hasta 2013.
…
2.- Revisar y modificar y Fichas de Méritos de las especialidades como SEPRONA, SECIR, PRL, GRS, UNIS, JEF FyF, SMM, etc. desconociendo más información sobre el contenido de estas modificaciones.
3.- Suprimir las antiguas titulaciones de Piloto Básico y Avanzado de RPAS, incluidas en Art. 22 c) Títulos oficiales del sistema educativo general, tras entrada en vigor el 25 de junio de 2024 la nueva normativa de drones regulada por RD 517/2024, el cual deroga anterior RD 1036/2017. al entrar en vigor el 1 de febrero de 2025 la nueva normativa.
4.- Dar estabilidad a las Fichas de Méritos