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Informe 2º Grupo de Trabajo sobre Sistema de Integridad de la Guardia Civil

Informe 2º Grupo de Trabajo sobre Sistema de Integridad de la Guardia Civil

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A las 10 horas del día 19 de marzo de 2024, se da comienzo el 2º Grupo de Trabajo “SISTEMA DE INTEGRIDAD DE LA GUARDIA CIVIL” respecto al borrador anterior.

Se observa que no participan en este grupo de trabajo UO, ASESGC y APGC.

Se da comienzo por parte de la Administración, con la exposición del proyecto de O.G., tratando las alegaciones recibidas de cada una de las asociaciones presentes, dando pie a tratar el contenido de las mismas, facilitando hasta el 2 de abril un plazo para enviar observaciones.

Tras la citada exposición, da comienzo la participación de los representantes que asisten, defendiendo cuando llega nuestro turno las alegaciones anteriormente practicadas.

 

Los representantes de JUCIL hemos planteado:

a) La necesidad de incluir en el art. 3 (principios) los conceptos de Objetividad y transparencia, ya que consideramos que deben de ir unidos a la integridad.

-Se ha trasladado la necesidad de que en el Sistema Interno de Información se debe proporcionar una protección adecuada frente a las represalias que puedan sufrir las personas físicas que informen sobre alguna de las acciones u omisiones denunciadas y que las medidas de protección también se apliquen a los representantes legales de las personas trabajadoras en el ejercicio de sus funciones de asesoramiento y apoyo al informante.

b) De igual manera se ha trasladado a la administración la necesidad de que el Sistema interno de información debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 5.2 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, contemplar la implantación de todas las funcionalidades y requisitos del procedimiento de gestión de informaciones del artículo 9 de ese texto legal, y el seguimiento posterior de las actuaciones, el registro de las comunicaciones de informaciones, las comunicaciones con las personas informantes y las interconexiones e integraciones con otros canales y las autoridades y órganos competentes en investigación.

 c) En lo relativo al Observatorio de Conducta Ética, se les ha planteado la necesidad de contar con las Asociaciones Profesionales Representativas, con la misma finalidad del resto de órganos que lo componen

d) En lo relativo al Comité interno de gestión de medidas antifraude se deben tomar las medidas adecuadas para lu­char contra el fraude, el favoritismo y la corrupción, y prevenir, detectar y solucio­nar de modo efectivo los conflictos de intereses que puedan surgir en los procedi­mientos de licitación con el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la transparencia en el procedimiento y la igualdad de trato a todos los candidatos y licitadores y que en el mismo formen parte las Asociaciones Profesionales Representativas.

 

 19 de marzo del 2024

 

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