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Informe del Grupo de Trabajo sobre Suboficiales Mayores y Cabos Mayores

Informe del Grupo de Trabajo sobre Suboficiales Mayores y Cabos Mayores

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03-07-24 INFORME GRUPO DE TRABAJO

ASISTENCIA AL GT "pmOM funciones S-Mayor, C-Mayor".

A las 10 horas del día 03 de julio de 2024, se da comienzo el 2º Grupo de Trabajo “FUNCIONES SUBOFICIAL MAYOR Y CABO MAYOR”.

 

 

          Se da comienzo por parte de la Administración, con la exposición de las aportaciones realizadas por las distintas asociaciones y el planteamiento de la necesidad de establecer funciones de ambos empleos y el modelo a desarrollar, teniendo en cuenta lo desarrollado por la actual Orden PRA/215/2018, de 1 de marzo, en consecuencia  asociación plantea a la Administración las siguientes observaciones:

 

  1. Que para hacer una mejor definición de lo hasta ahora regulado primero habría que desarrollar las vacantes a cubrir por los futuros Cabos y Suboficiales Mayores, es decir conocer la ubicación de las sillas, ya que difícilmente se pueden establecer funciones específicas sin conocer con exactitud la ubicación de la vacante y el cometido real asignado al personal de los citados empleos, ya que  gran parte de estos empleos continúan en su anterior destino en comisión desarrollando los cometidos del anterior empleo, que en el caso de las especialidades mantienen el anterior CES, y en otros casos se  anuncia la vacante específica manteniendo sus anteriores cometidos, y dentro de estos dos grupos hablamos de personal agraciado, produciéndose también un tercer grupo, menos agraciado que en el momento del ascenso se la juegan con un futuro incierto , ya que a diferencia de los 2 grupos anteriores no tienen la posibilidad de conservar el anterior puesto de trabajo y están a expensas de que les publiquen y concedan una vacante de libre designación a lo largo y ancho de nuestra geografía, a lo que la Administración nos explica que son vacantes de libre designación por lo que no hay desarrolladas vacantes en todas las comandancias, ni servicios, que como toda vacante de libre designación el anuncio de la misma es a criterio de la correspondiente jefatura, a lo que entendemos, que no tratan de dar un valor a los citados empleos, si no a premiar el servilismo personal, amiguismo y otras circunstancias. Por estas malas gestiones y normativa ambigua todavía se da el caso de personal que asciende a estos empleos y se queda en casa disponible sin destino.
  2. Como consecuencia de lo expuesto en el apartado anterior y las sugerencias aportadas a la Administración con anterioridad a la celebración del grupo de trabajo la Administración se niega a establecer vacantes con transparencia, difícilmente se podrán establecer funciones serias a ambos empleos, se podrá acceder a vacantes de manera justa e igualitaria y difícilmente se podrá establecer un CES acorde a las funciones a desarrollar.

 

Aunque en un principio sólo se quería tocar lo referente a las funciones de estos dos empleos, finalmente si fueron tratados el resto de asuntos que afectan al ascenso a los empleos de Cabo mayor y Suboficial mayor.

 

Sobre la estimación numérica de puestos de trabajo (le llamaban sillitas) es de que fueran tantas como ascendidos a estos empleos, pero la realidad es otra.

 

Sobre la cuestión de ¿dónde esas sillitas?, sólo se supo decir que entendían que los cabos mayores podrían tener cabida en unidades más pequeñas mientras que los suboficiales mayores serían en unidades superiores (capitales de provincia).

 

La asociación ASESGC se posicionó claramente en la postura de no querer mover lo que hay ahora mismo.

 

A nuestra petición sobre los pabellones se nos comunicó que las posibilidades son escasas y que no existe ánimo actualmente de cambiar la normativa sobre pabellones.

 

En referencia a las cuestiones económicas, esta asociación presentó un informe detallado, con cifras pormenorizadas, de las diferencias existentes entre Cabo 1º/Cabo Mayor y de Subtte/Suboficial mayor, donde se hacían ver que por ejemplo un Cabo Mayor ganaba apenas 26 euros más de complemento de destino, que eran sólo 67 euros más de complemento específico general, mientras que con el complemento específico singular se estaban dando unas diferencias que no podía ser comparadas por lo que estaba ocurriendo en estos empleos precisamente por este concepto retributivo. La productividad actualmente puede suponerle a un Cabo Mayor de -92,12€ en el peor de los casos, así como de -108,32€ en el caso de un Suboficial Mayor.

 

Pero según fue transcurriendo la reunión se pudo ver que lo peor realmente en estos empleos no era eso.

Se nos reconoció que la integración de estos empleos en las Unidades no estaba siendo precisamente un éxito. Existe una problemática de los que ascienden y se quedan sin destino. A estos les supone perder lo que estaban percibiendo por Cabo 1º o Subteniente, para sin embargo pasar a ser Cabo Mayor o Suboficial Mayor pero “sin destino”, y son unas pérdidas muy considerables. Es decir realizar el curso de capacitación para estos empleos NO te garantiza una “sillita”. Las “sillitas” se van generando con ocasión de las propuestas de los “novios”. Si no tienes novio perfectamente te quedas sin sillita.

 

La respuesta pudimos recibir es de que hay que buscarse “novio” que te quiera acoger, y “darte cariño”.

 

Y es que el procedimiento parece ser que es el siguiente:

 

 Se contacta con el novio se le plantea que te interesaría realizar el curso de capacitación para lograr el ascenso, para que entonces el novio haga por crear la sillita. Esto puede resultar de las siguientes formas:

 

  • El novio te es fiel, has obtenido “su cariño”, y te crea la sillita, que puede perfectamente haber quitado de otro sitio.
  • El novio no te es fiel, más bien que le estas dando la oportunidad a quitarte de en medio, se muestra favorable a la sillita, con lo cual asciendes, y finalmente ha logrado su objetivo, no hay sillita y como ascendido has perdido el destino que hasta la fecha tenías,.., te ha quitado de en medio. Ahora eres Cabo mayor o Suboficial mayor, pero sin destino, te has perjudicado tu solito, y con una merma muy considerable con respecto a la retribuciones que antes si tenías como Subteniente o como Cabo 1º.
  • Y finalmente están los que no ven utilidad a estos empleos y no crean las sillitas.
  •  

Lo que finalmente se saca como conclusión, y por supuesto la de Jucil es totalmente imposible porque es irrenunciable que estas sillitas sean de libre designación, finalmente la decisión es de que se ha de lograr que en todas las Comandancias y también en el resto de posibles destinos, “se a de conseguir ese cariño”. No para que prometan el oro y el moro a todos, pero si para quienes tengan la inquietud de ascender y posibilitarlo mediante la obtención de la sillita, sería el “premio” a ese cariño logrado. No olvidemos que el ascenso a estos empleos se considera un premio, que por supuesto no es para todos.

 

Como ya dijo alguna otra asociación, posibilitar este premio a todos sería desvirtuar los empleos de Cabo mayor o de Suboficial mayor.

 

Si se baraja de posibilitar que ese cariño pueda llegar a más de uno, o incluso 2 por Unidad.

 

Otra cuestión se hizo también controvertida fue que pasaba con estos empleos y sus sillitas en las especialidades, que además ocurría con sus CES respectivos. Aquí se nos recordó que son sillitas de libre designación y SIN requisitos, literalmente: “se le dá al que se le tenga que dar”.

 

Actualmente tenemos personal de estos empleos en sillitas de especialidades sin ser especialistas, con lo que sus CES no se corresponden con los que si son especialistas.

 

La respuesta es que cada sillita tiene sus condiciones y sus requisitos, y que nada tiene que ver de donde venga ese hombre. Entiende que el CES debería ser el mismo que el CES de cualquier otro Suboficial mayor o Cabo mayor en otras Unidades, aunque todos sabemos que esa no es la realidad.

 

Si existe alguno de estos empleos en una especialidad sin ser especialista es porque NO SE HA ESCOGIDO A la persona idónea para ese puesto. Pero esto ocurre.

 

La respuesta a la modificación y mejora de los CES por parte de Jucil, se nos responde que si cree justo que existiese un criterio fuera igual y homogéneo para todos en esta cuestión, pero….. nos pregunta a nosotros:

 

¿dígame como lo pagamos?     La respuesta es clara, pero no creen ni que sea posible, veremos.

 

Y finalmente, por recortar, se trataron más temas en referencia a estos empleos, como que si el EAD5 o incluso un EAD1, tema pabellones, etc, etc….

 

Pero debemos tener claro lo básico:

 

-Son sillitas de libre designación.

-Debes de tener un novio/a que te de cariño

-Cuidado con recibir un falso cariño que más bien sea un puntapié

 

Y tras tener claro todo esto, decidir si me juego mi estabilidad y mi situación por un “ascenso-premio”, donde puedo resultar bien parado (era un cariño real) o donde puedo resultar muy mal parado (una oportunidad que le has dado para que te quite de en medio).

Se espera que para septiembre volvamos a entrar en materia nuevamente y os iremos informando.

 

 

Madrid, a 3 de julio de 2.024.-

 

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