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Jucil solicita que los Suboficiales de oficinas de riesgos laborales pasen a denominarse Jefes de subgrupo y que cobren el CES correspondiente a ese puesto

Jucil solicita que los Suboficiales de oficinas de riesgos laborales pasen a denominarse Jefes de subgrupo y que cobren el CES correspondiente a ese puesto

JUCIL pide que los suboficiales encargados de oficinas de Riesgos Laborales sean nombrados y cobren el CES como jefes de oficina

La asociación profesional resalta que, en la actualidad, de las sesenta dependencias de Prevención de Riesgos Laborales existentes un tercio están a cargo de un oficial, mientras que en las cuarenta restantes es un sargento primero quien ocupa esta responsabilidad
JUCIL propone como alternativa que pasen a denominarse jefes de subgrupo y reclama también en este caso el abono del Complemento Específico Singular correspondiente al puesto

La asociación profesional Justicia para la Guardia Civil ha solicitado de la Dirección General que se proceda de inmediato al cambio de denominación de aquellos suboficiales que en la actualidad se hallan al frente de oficinas de Prevención de Riesgos Laborales, un cambio de denominación que incluye, por supuesto, el cobro del Complemento Específico Singular (CES) que corresponde a esa nueva posición en el organigrama del Cuerpo.

“JUCIL, asociación profesional mayoritaria en la Guardia Civil observa que el complemento específico singular de los suboficiales jefes de oficina de prevención de riesgos laborales asciende en la actualidad a un total de 1362,12 euros. Se trata de la misma cantidad que el personal del empleo de guardia civil y cabo/cabo 1o que no ostenta dicho cargo”, argumenta JUCIL en la petición remitida al director general de la Guardia Civil.

 

Las razones esgrimidas por JUCIL para su petición

 

JUCIL recuerda en su petición que el Real Decreto 950/2005 de 29 de julio de retribuciones de la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado refleja que el componente singular está destinado a retribuir las condiciones particulares o singulares de algunos puestos de trabajo, en atención a su especial dificultad técnica, responsabilidad, peligrosidad o penosidad. De manera que el complemento específico estará compuesto por los siguientes elementos:

  1. Un componente general, que se percibe en función del correspondiente empleo o categoría que se tenga, y que se aplicará al Cuerpo de la Guardia Civil y al Cuerpo Nacional de Policía en los importes que, para cada empleo y categoría, se fijan.
  2. Un componente singular, que está destinado a retribuir las condiciones particulares o singulares de algunos puestos de trabajo, en atención a su especial dificultad técnica, responsabilidad, peligrosidad o penosidad, en las cuantías que, a propuesta del Ministerio del Interior, se autoricen conjuntamente por los Ministerios de Economía y Hacienda y de Administraciones Públicas, a través de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones.

Por los motivos anteriores, JUCIL solicita de la Dirección General:

  1. Proceder al cambio de la denominación actual de los suboficiales destinados en las oficinas de prevención de riesgos laborales, responsables de las mismas y pasar a denominar a todos ellos como ‘jefe de oficina’ o como ‘jefe de subgrupo’, tal y como actualmente se denomina a los oficiales destinados y encargados de ellas.
  2. Tras el cambio anterior, proceder a aumentar el CES de los suboficiales que pasan a denominarse “jefe de oficina” o “jefes de subgrupo” en la cantidad acorde a su empleo, así como ha sido llevado a cabo entre el resto de los suboficiales de las distintas especialidades de la Guardia Civil.

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