JUCIL

24/05/2023 – Informe Grupo de Trabajo – Compañías, Puestos y Comandancias

En la reunión celebrado el día 24 de mayo en la Dirección General de la Guardia Civil se ha tratado los dos grupos de trabajo de compañías y puestos y el de Comandancias de manera unificada. –

Se comienza analizando los cambios en la Orden General de Comandancias, se modifica básicamente introduciendo lenguaje inclusivo, sobre el punto más controvertido que es la manera de elegir por idoneidad a los diferentes mandos de las Jefaturas de la Comandancia, y en especial al Jefe de Operaciones ya que desde Jucil entendemos que dicha Jefatura, debe de ser asumida necesariamente por el de mayor empleo y antigüedad, después del Jefe de la Comandancia.

Finalizada la exposición se le dio un turno de palabra a todas las asociaciones y por parte de jucil, se expuso lo siguiente:

Se les recordó que como nos dijeron la Orden General no sufriría muchos cambios, y así ha sido, ya que desde Jucil creemos que no se aprovecha para actualizar la Orden General sobre organización, estructura y funcionamiento, de las Comandancias

Desde Jucil, se les indica que sobre el art. 3.2 creemos que la modificación no coincide, respecto a nuestras alegaciones y por lo tanto no estamos de acuerdo con la modificación. –

Por parte de la DGGC, se nos informa, que se va a modificar de nuevo la redacción del art.  3.2, en el sentido de las alegaciones remitidas por Jucil. –

Se da por finalizado el grupo de trabajo de Comandancias, iniciando a continuación el grupo de trabajo de Compañías y Puestos. –

Como puntos más importantes resaltan los siguientes:

  • Se podrá asignar a los suboficiales de una Compañía la responsabilidad de los núcleos operativos.
  • El personal del empleo de cabo o superior podrán llevar a cabo funciones de coordinador de servicios.
  • El comandante de puesto no podrá coincidir con el segundo comandante de puesto durante el descanso semanal y los períodos de no disponibilidad.
  • Se podrá, de forma excepcional, asignar funciones de coordinador de servicio a los Guardias Civiles que ostenten la jefatura de la Unidad.

Sabemos como funcionan las “excepcionalidades” en la Guardia Civil, haciéndose costumbre lo que debería ser puntual, siempre hemos defendido y defenderemos que ningún Guarida Civil debe ejercer un puesto de trabajo para el que no ha sido formado, ni un Guardia Civil debe estar de Comandante de Puesto, ni un suboficial de responsable de núcleo operativo.

Por parte de la DGGC se nos explica el borrador de la OG de Compañías y Puestos, indicando que las modificaciones realizadas están pensadas para las diferentes casuísticas de las unidades de la Guardia Civil, se les participa que esta asociación no está dispuesta a tolerar que como consecuencia de la falta de personal y mala estructura territorial se elabore este proyecto normativo, que no cuenten con nuestro apoyo para el citado fraude legal, ya que las modificaciones están hechas para cargar con más trabajo a los diferentes mandos, y que en ningún caso desde los empleos de Guardia hasta Oficial deben asumir cometidos impropios de cada Escala, igualmente se les hace saber que se deben de crear los correspondientes puestos de trabajo con definición de funciones –

Desde Jucil, se le recuerda que no se duda del buen hacer del equipo de la DGGC, pero que la realidad no es la misma, y cada Comandancia lo interpretará de una manera. Que la DGGC, está intentando meter esta norma muy rápida sin el consenso de las asociaciones. Además, se les traslada el sentir del personal que actualmente está llevando a cabo dichas funciones de coordinador de servicio, no aportando nada positivo a la conciliación de la vida laboral y familiar, por el contrario, generando más sobre carga de trabajo.

Desde Jucil, se le pone de manifiesto que esto no va a tener ningún efecto, debido a la falta de personal que tiene la Guardia Civil. Que no puede ser que un comandante de Puesto, se quede de coordinador de servicio, y de jefe de unidad. Se echa en falta la regulación de las funciones de los comandantes de Puesto de manera accidental o interina. Se le traslada a la DGGC la reflexión sobre cómo quieren que haya continuidad en el mando si lo que se pretende es que no coincidan las dos personas que ejercen el mando en una Unidad, ya no en el descanso semanal que es entendible, si no en el descanso diario ¿se imaginan un Puesto Principal en el que el Comandante de Puesto no coincida con los jefes de área?

Se traslada el descontento de nuestros asociados que ejercen como segundos comandantes de puesto, en todas las empresas tanto públicas como privadas, un aumento de responsabilidad conlleva un aumento de retribuciones, por lo que en su día se solicitó la modificación de la Orden General de incentivos al rendimiento.

Desde Jucil se solicita que no se lleven estas normativas al pleno de junio, si no que se trabaje en la creación de los puestos de trabajo necesarios, como son brigadas y subtenientes adjuntos de Compañía, tal y como está actualmente el borrador de la norma supone un retroceso muy importante en las condiciones laborales de los Guardias Civiles.

Desde los inicios de este grupo de trabajo, en el que se vislumbraba la verdadera intención de la DGGC de obligar a los comandantes de Puesto y a los segundos comandantes de Puesto, a realizar labores de coordinación de servicios, siendo en numerosas ocasiones imposible esta coordinación por no haber más patrullas en servicio, se tendió la mano a todas las asociaciones para actuar en la misma dirección, unidas en bloque, sin protagonismo ni siglas de ninguna, ya que los verdaderos protagonistas de este atropello de Orden General son los comandantes de puesto y segundos comandantes de puesto, además de todos los Guardias Civiles de seguridad ciudadana, a los cuales no va a llegar a implementarse el sistema de turnos, debido al obsoleto despliegue territorial con el que cuenta la Guardia Civil en el siglo XXI, un despliegue inoperativo, que podría haberse optimizado desde el punto de vista de la atención al ciudadano y la conciliación de la vida laboral y familiar de los efectivos, mediante las modificaciones de las Ordenes generales objeto del presente informe, una ocasión perdida ante una Administración que parchea la falta de personal a costa de sobrecargar de trabajo a sus efectivos.

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