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17/10/2023 – Informe Grupo de Trabajo – Modificación O.G. de Vacaciones, Permisos y Licencias

17/10/2023 – Informe Grupo de Trabajo – Modificación O.G. de Vacaciones, Permisos y Licencias

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En la mañana del 17 de octubre de 2023 ha tenido lugar el grupo de trabajo para la     modificación de la OG de vacaciones, permisos y licencias tratándose los siguientes aspectos, algunos de los cuales ya se están aplicando a través de la Instrucción para la aplicación inmediata de las modificaciones en materia de permisos contempladas para los empleados públicos por el Real Decreto-Ley 5/2023 de 28 de junio:

 

  • Cuando se concede un permiso por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización pero que precise reposo domiciliario… no se tendrá en cuenta la localidad en la que suceda la causa que origina el permiso. En este caso además se incluye a las personas que convivan en el domicilio del Guardia Civil afectado. Se dispone en este artículo 17 de la posibilidad de otorgar un permiso como máximo de 4 o 5 días hábiles según el grado de parentesco, llegados a este punto Jucil considera injusto que se establezca el término “ como máximo”, y así se ha traslada a la Administración, ya que en el Estatuto Básico del empleado público o no se establece el máximo ni se regula el disfrute de este permiso, ya que es un derecho adquirido, por tanto solicitamos que elimine tal comentario, además de hacer lo correspondiente con “ finalizará por haber desaparecido las causas que originaron su concesión” ya que como se ha establecido, no se puede recortar días de un derecho adquirido por los trabajadores, y los Guardias civiles no son inferiores al resto de trabajadores que dependen de la Administración.

 

  • Se va a otorgar la misma consideración a la constitución de matrimonio y de unión de hecho y obteniéndose idéntico permiso correspondiente a 15 días. Ambos permisos no se pueden disfrutar si la unión se ha llevado a efecto con la misma persona-

 

  • Se establece un nuevo artículo 35 bis permiso parental, habilita tanto a la madre como al padre a disfrutar 8 semanas, hasta que el hijo tenga 8 años, con las mismas condiciones que los permisos de maternidad, paternidad y adopción cuando se disfrutan de manera interrumpida. En estos casos se valorarán las necesidades del servicio. La Guardia Civil plasma que este permiso como no retribuido, desde Jucil se ha solicitado que sea retribuido, y en las mismas condiciones que el resto de funcionarios del estado, en cuyo estatuto básico del empleado público no se establece que sea un permiso sin remuneración, significar en este punto que la Comunidad Autónoma de Cataluña ha establecido el permiso como retribuido.

 

  • Al personal que se encuentre cursando enseñanza de perfeccionamiento o de altos estudios profesionales, se le va a recortar 5 días hábiles del periodo de vacaciones del cómputo anual, cuando disfruten de vacaciones académicas en Navidad.

 

  • Se recoge en la OG que el personal que pasa a reserva sin haber podido disfrutar de las vacaciones no será indemnizado retributivamente por ello, a diferencia del Guardia Civil que no habiendo podido hacer uso de sus vacaciones, pasa a la situación administrativa de retiro, que si recibirá la correspondiente indemnización en base a un cese en la relación profesional.

                                   

18 de octubre de 2023

 

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