JUCIL

04/03/2024 – Dos años de cárcel por atentado a un compañero de Barbastro

El servicio jurídico de JUCIL logra una pena de dos años de cárcel para un vecino de Barbastro por atentado contra un guardia civil

El Juzgado de lo Penal número 2 de Barbastro califica de atentado contra la autoridad la agresión sufrida por un guardia civil cuando acudió como parte de una patrulla al domicilio del ahora condenado por un aviso de una disputa familiar
Los servicios jurídicos de JUCIL se personaron en el caso y ejercieron la acusación particular en nombre del compañero que sufrió lesiones en una rodilla que la juez considera atentado al tratarse de una agresión sobre un agente “debidamente uniformado que se encontraba de servicio”

Los servicios jurídicos de la asociación profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) han logrado la condena a dos años de prisión para un vecino de la localidad oscense de Barbastro por un delito de atentado sobre un guardia civil. La magistrada juez del Juzgado número 2 de Barbastro aplica esta condena además por tratarse de un reo reincidente en la comisión de este delito. El caso ha sido dirigido por el abogado Marco Antonio Navarro.

Acudieron a un aviso de un conflicto vecinal

Según consta en el atestado, “cuando los guardias civiles llegaron al lugar, se encontraron al acusado, que presentaba una herida sangrante, así como su anterior expareja, que se encontraba en el lugar, y afirmó a los agentes que era la pareja de ésta, comprobando a continuación que había una prohibición en vigor sobre el acusado de aproximarse a aquélla, motivo por el cual procedieron a comunicarle que quedaba detenido, siendo en ese momento cuando amenazó con matar a uno de los guardias civiles al que propinó dos golpes en el tórax, cayendo el agente al suelo y causándose lesiones”, dice el texto de la sentencia.

Exterior Juzgados de Barbastro

Por todo lo anterior, además de una condena de un año por quebrantamiento de la medida cautelar de alejamiento se le aplica al acusado un delito de atentado a agentes de la autoridad, previsto y penado en el artículo 550 del CP, “concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia prevista en el artículo 20.8ª del CP” dice el texto del fallo judicial, que impone una pena de dos años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

De igual manera, le impone una pena de 45 días de multa por un delito de lesiones leves y además una indemnización al guardia civil de 395 euros.

En defensa de los derechos de los guardias civiles

Los servicios jurídicos de JUCIL, como asociación profesional que defiende los derechos laborales y sociales de los guardias civiles, defienden también los intereses de los asociados en los casos en los que sufren atentados o daños como consecuencia de una intervención en su tarea diaria como servidores de la ley.

En JUCIL nadie lucha solo.

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