JUCIL

07/03/2024 – Grupo de trabajo Incentivos al rendimiento

JUCIL solicita que la Cuantía Vinculada al Empleo (CVE) varíe todos los años en consonancia con los Presupuestos Generales del Estado

La asociación profesional muestra su sorpresa porque el borrador del futuro Reglamento de Incentivos al Rendimiento se presente vacío de las cantidades a percibir por los guardias civiles, un contenido calificado de fundamental
La Administración adelanta que habrá una remuneración extra como compensación a la renuncia voluntaria al derecho del disfrute de las vacaciones durante el periodo estival

La asociación profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) ha solicitado, en el transcurso de la última reunión del grupo de trabajo sobre la futura Orden Ministerial de Incentivos al Rendimiento que la Cuantía Vinculada al Empleo (CVE) del personal militar varíe anualmente en consonancia con los Presupuestos Generales del Estado. “La Administración nos ha dicho que no lo considera adecuado y además expone que la cuantía de los PGE no hace referencia a esa idea. Argumentan, también, que incluir ese parámetro en la cuantía, en la productividad, crearía un desajuste en las cuentas de la Guardia Civil, ya que les resulta materialmente imposible poder conocer con antelación las horas extras, festivas o nocturnas que se van a realizar cada mes” han explicado los representantes de JUCIL en este grupo de trabajo.

En la reunión, la Administración presentó un borrador de Orden Ministerial que sustituirá a la Orden General que actualmente está en vigor. Quieren cambiar el rango normativo de la ley para adelantarse a una futura sentencia que pudiera ser desestimatoria para el recurso de casación que la administración tiene planteado. De ocurrir esto, según la visión de la administración, podría dejar a todos los guardias civiles sin percibir indemnización alguna durante un tiempo prolongado, y, por lo tanto, creen que esta es la mejor solución para evitar esta posible incidencia en el futuro. Cabe la posibilidad de que esto no fuera así, si la resolución judicial determina que se debe volver a la Orden General 12, de 23 de diciembre de 2014, la cual fue sustituida por la Orden General 04/2021 recurrida. Sin embargo, la administración nos comunica que no lo cree muy probable, ya que la Orden General anterior, adolece del mismo problema que la recurrida, falta de rango normativo. Se ha decidido modificar la Orden General, la cual es una instrucción interna, debido a que no tiene el rango normativo de una Orden Ministerial, puesto que la ley le obliga a esto y además entienden ellos que esto les va a dotar de mayor flexibilidad en el futuro.

 

Sin contenido pese al interés para los guardias civiles

 

JUCIL afirma que chirría que el borrador del Reglamento que se nos presentan este vacío de cierto contenido fundamental para el interés general de todos los guardias civiles, como son las cantidades por percibir, algo cuanto menos sorprendente. La Administración afirma que se hará próximamente, cuando en futuros grupos de trabajo toque abordar la Orden General de Incentivos al Rendimiento. Se nos informa también que se va a abrir la posibilidad a que los componentes que quieran, de forma voluntaria, puedan percibir una remuneración extra como compensación a la renuncia voluntaria al derecho del disfrute de las vacaciones en periodo estival. Se pone sobre la mesa la necesidad de que el personal que sustituya en sus funciones a otro componente del cuerpo con un empleo superior a este, se le debe recompensar con la misma cuantía económica que estuviera percibiendo el componente que ha sido sustituido. La administración responde, que eso es posible en la administración civil, pero que nosotros somos militares y, por lo tanto, entienden que no tiene cabida.

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