febrero 2023
Resumen líneas de actuación del “Plan Social 2023” de la Guardia Civil
14/02/2023 – RESUMEN DEL GRUPO DE TRABAJO DE DESCONEXIÓN DIGITAL
Comienza la reunión pidiendo disculpas el personal que representa a la Administración, debido a que como consecuencia de un fallo, a escasas horas antes del inicio de la misma, nos han remitido el borrador de la instrucción objeto del grupo de trabajo de desconexión digital, por lo que no han dejado tiempo para trabajarlo.
Se trata de apenas un folio de redacción sin preámbulo, resalta la poca importancia que la Administración le otorga al descanso y al derecho a la desconexión digital de los Guardias Civiles, ya que para comenzar el régimen normativo que se aplica es ausente, tratándose de meras orientaciones, que todos sabemos que suele acabar en un brindis al sol, por lo que desde Jucil se va a solicitar que se aumente el rango normativo al menos hasta Orden General, ya que se está regulando un derecho fundamental recogido en una Ley Orgánica.
En el borrador facilitado, se establece que las notificaciones en el tiempo de descanso del personal no deben tener carácter ordinario, pero no se define en que consiste ese “carácter ordinario”, por tanto desde Jucil hemos solicitado que se deben definir los conceptos para que no se caiga en la ambigüedad y se incumpla el derecho a la desconexión digital, basándose en una supuesta necesidad extraordinaria.
La Instrucción tratada abre la puerta a que mientras un Guardia Civil disfruta de su periodo de vacaciones y permisos se le podrán realizar comunicaciones, a lo que Jucil ha solicitado que si el fin es comunicar una modificación de servicio del efectivo se regule y se transcriba en la normativa, de manera que únicamente se pueda llamar a un Guardia Civil que esté de permiso para comunicarle un cambio de servicio que sea urgente, y en caso de hacerlo de cualquier otra forma se le devuelva ese día de permiso a su crédito.
Por otra parte, en el caso de los Jefes de Unidad que cuenten con un régimen de servicio que requiera 33 horas presenciales y 7 horas de disponibilidad, la Administración no está por la labor de reconocer el tiempo de presencial que se lleva a cabo una vez superadas las 33 horas precitadas.
Jucil solicita que se regule la información mandada a través de los diferentes grupos utilizando la mensajería instantánea. Dichas instrucciones internas, órdenes para ejecutar en el servicio, directrices, datos personales relativos a personas con las que haya que intervenir durante el servicio, deberían ser transmitidas a través de los dispositivos oficiales de los que dispone la Guardia Civil (Tablets y teléfonos corporativos) y que mediante la concienciación de todo el personal de la Guardia Civil, se deje de utilizar los canales de mensajería instantánea para todo lo anteriormente mencionado.
Jucil continuará trabajando para que la Administración se asegure el derecho a la desconexión digital de todos los Guardias Civiles independientemente del empleo.
14 de febrero de 2023
LA UNIÓN ES NUESTRA FUERZA
09/02/2023 Informe Grupo Trabajo Capacitación de Cabo
Reunión grupo trabajo 09/02/2023 sobre la OM del curso de capacitación de cabo.
Por parte de la administración se comunica que para el 23-24 se nos da de plazo para el texto con los cambios aceptados para su remisión explicando las propuestas.
La solicitud de cambio de nombre de la academia de Baeza se pospone, lo cual fue solicitado por la asociación de cabos.
Se incluye en el texto que el empleo de cabo es el primer escalón de mando.
Se está estudiando la redacción del artículo 5.a, el cual puede variar. En los art. 6 y 7.3 se tiene una mejora de la redacción.
Se mejora la redacción del anexo apartado 5.
PROPUESTAS DE JUCIL
El que puedan presentarse al adquirir el empleo de Guardia debido a que entienden que deben pasar dos años para la consolidación del empleo. DENEGADA
El art. 4.h en relación con el orden de las pruebas porque se entiende por la descripción de proceso. DENEGADA
El art. 5.g eliminación del número máximo de convocatorias DENEGADA, se mantiene las cinco convocatorias.
En relación con el art. 8.2 se nos DENEGADO porque se tiene la intención de que este el temario en intranet como con los del acceso a la escala de suboficiales y a la escala de oficiales.
En el art. 10.6 no se nos admite la propuesta por ahora debido a que no entienden exactamente lo de las pautas para su desarrollo, ya que piensan que son los criterios que tienen los examinadores y si se facilita la prueba pierde sentido, por parte nuestra se dice que las pautas no solo son los criterios de los examinadores, esa pauta abarca todo el proceso de la entrevista personal.
Las modificaciones del art. 13 y 14 se nos deniegan.
La modificación del art. 15 se nos deniega alegando que debe de ir en el anexo la carga lectiva.
En el anexo apartado 4 se deniegan porque no tienen intención de aumentar las horas de trabajo salvo lo expuesto para SIGO en la fase a distancia, lo cual está en estudio. Denegando también lo expuesto en el apartado 7.3 en lo de “y motivada”. DENEGADA
Art. 4, los puntos:
- h) Méritos y baremos a emplear para la fase de concurso. ACEPTADO
- p) Régimen de recursos aplicable a las resoluciones adoptadas. ACEPTADO
En el art. 9.2 se acepta nuestra propuesta de que sea un 20% fijo y no variable, aludiendo a que pasa lo mismo en los otros procesos de promoción interna. ACEPTADO
Desde Jucil se propone en este grupo que se haga un curso adecuado en horas y temario, con un plan de estudios más detallado, que se quite el orden cerrado del plan de estudios, que las materias a tratar estén acordes con el desempeño de las funciones de un cabo. Que se debe fomentar el empleo de cabo para que no sea un mero trampolín para el acceso a la escala de suboficial. Y que el plan de estudios este acorde con los conocimientos que tiene un suboficial debido a que es el sustituto del suboficial. Que la carga lectiva debe ser como la de un Grado superior en Formación Profesional que es el equivalente en estudios que tiene la administración con lo cual se puede optar también a proponer un cambio al grupo B, al tener los estudios necesarios.
Por parte de la Dirección toma nota de lo expuesto por JUCIL y ya indicará si acepta o no.
Reunión grupo trabajo 09/02/2023 sobre la OM del curso de capacitación de Cabo
- Hemos remarcado que es necesario incentivar el empleo de Cabo para que no sea un empleo trampolín en el ascenso a Suboficial debido al baremo que otorga.
- Que el plan de estudio nos sea facilitado más pormenorizado y que se elimine el orden cerrado dando prioridad a temas como VIOGEN.
- Que se debe hacer un plan de estudios acorde para que el Cabo sea formado para alcanzar un conocimiento similar a los suboficiales ya que van a sustituir a este perfil.
- Además hemos hecho énfasis en la duración de la formación, solicitando una ampliación de la misma, ya que las horas son pocas y que como mínimo se debe hacer 400 horas como exige el Ministerio de Educación para la Formación Profesional de grado medio y superior, dado que se asimila a esta formación es interesante que tenga las mismas horas de estudio que la F.P. de manera que no exista ningún tipo de problema si se quiere convalidar.