En el día de hoy 5 de septiembre de 2024 ha tenido lugar la comisión de prevención de riesgos laborales, se aprueba el acta anterior y se tratan los siguientes temas:
-El vehículo jeep renegade, objeto de controversia debido a que el maletero se considera insuficiente para portar el material a usar en el servicio, se ha realizado por parte del servicio de PRL un informe de evaluación de riesgos del vehículo, en el que se especificaban medidas organizativas de prevención.
-Se solicitan formación y guantes eléctricos para las unidades, con motivo de la proliferación de vehículos híbridos y posibles manipulaciones de los mismos ante un accidente. La Administración traslada lo siguiente: “No se deberá tocar en ningún caso el vehículo tras haber sufrido un accidente o avería, si no se puede valorar de manera segura los daños en el mismo”. Por tanto, no se tiene previsto dotar de tales medios al personal de tráfico o seguridad ciudadana, por otra parte, la formación en principio que se piensa dar está en la intranet.
– Se tiene prevista la compra de la chaqueta intemperie para USECIC, participando la Administración que el número de prendas a comprar depende de las necesidades que participen Estado Mayor. La Administración traslada que los cascos de las USECIC no cuentan con fecha de caducidad, desde Jucil trasladamos que como es lógico todo material tiene un periodo de vida útil y que al cabo de cierto tiempo se pierden las propiedades. Desde Jucil se pregunta a la Administración por los protocolos que se llevan a cabo para corroborar la idoneidad de los cascos, así como la periodicidad, trasladando ésta que esa información se nos hará llegar próximamente. Desde Jucil se solicita que quede reflejado en el acta que en las unidades hay cascos de las USECIC de marca FEDUR con más de diez años de antigüedad.
-Ante la negativa de la Administración a que las asociaciones profesionales participen en el estudio y análisis de la información y confección de informes de accidentes laborales, desde Jucil solicitamos que se nos faciliten los informes de investigación de accidentes (INVAS) con el fin de saber que tipos de accidentes se producen y si se adoptan las medidas preventivas suficientes y adecuadas.
-En el puerto de Motril el personal se está subiendo sin medios a la parte superior de los camiones para inspeccionar si contienen sustancias estupefacientes. Desde la Administración se ha ordenado que se suspenda de forma inminente la realización de cualquier trabajo, actividad o tarea en altura, por parte de los miembros de la Sección Fiscal y Fronteras del Puerto de Motril, como es esta actividad, hasta tanto no se proporcione a la Unidad de los dispositivos de protección colectiva (plataformas elevadoras o similares) o bien de los Equipos de Protección Individual -EPI,s., necesarios y adecuados al riesgo, e informar debidamente de esta decisión a los guardias civiles interesados. Desde Jucil hemos preguntado si esta directriz se ha trasladado a otras unidades que realizan actividades similares y que deberían de remitirla a todas las unidades.
-Se ha tratado el problema del puerto de Valencia donde se trabaja bajo condiciones de higiene dudosas, debido a la presencia de gases emitidos por los vehículos que atraviesan dichas instalaciones. Desde la junta provincial de Jucil Valencia se registró una instancia solicitando la medición higiénica de dichas instalaciones y la implantación de medidas preventivas necesarias. La Administración traslada que se han tomado mediciones y se han remitido a analizar, a falta de resultado.
-Se ha tratado la falta de evaluación de riesgos psicosociales en las unidades de la Guardia Civil, traslada la Administración que hasta la fecha se han realizado 970 evaluaciones de este tipo, pero, no tienen conocimiento de cuantas faltan por realizar.
Desde Jucil se traslada que según el art. 16 Ley PRL: “cuando se haya producido un daño para la salud de los trabajadores o cuando con ocasione de la vigilancia de la salud aparezcan indicios de que las medidas de prevención resultan insuficientes, el empresario deberá llevar a cabo una investigación al respecto para detectar las causas”.
Una de las mayores dificultades que presenta la investigación de los daños a la salud de origine psicosocial es que, en la mayoría de los casos no parten de una consideración como contingencia profesional, si no que se consideran enfermedad común. Hasta la fecha no se realizan investigaciones de baja psiquiátricas con motivo de alguna condición laboral o con causa psicosocial. En todo caso es fundamental la realización de las evaluaciones de riesgos psicosociales, en primer lugar, para cumplir con la normativa y en segundo lugar para asegura la salud de los trabajadores, pero, aun más en estos casos en los que una evaluación de este tipo arrojaría medidas preventivas adecuadas y al implantarse se estaría velando por la salud del resto de compañeros de la unidad. Es fundamental velar por la salud mental, y las evaluaciones de riesgos laborales psicosociales son el punto de partida para conseguirlo.
-En cuanto a las situaciones iniciales que dan lugar a la apertura de información reservada para dilucidar si se ha producido actos de acoso y hostigamiento se ha observado un aumento considerable del segundo semestre de 2023 en el que se registraron doce casos, al primer semestre de 2024 donde se han registrado 16 casos. Desde Jucil volvemos a reiterar la importancia de las evaluaciones de riesgo psicosociales, y la investigación del accidente de origen psicosocial, somos conscientes de la carga de trabajo de los técnicos en prevención de riesgos laborales, pero la Administración debe dar ejemplo y cumplir normativa, y si son necesarios mas técnicos que prevea los canales adecuados para ello.
-A petición de Jucil se solicita el estado de la instalación eléctrica de la Comandancia de Córdoba, trasladando la Administración que se trata de una de las actuaciones propuestas por el Servicio de Acuartelamiento para ser financiada en los presupuestos del año 2025, tanto para el proyecto técnico que tiene que regir la obra, como para la obra misma a realizar.
– En cuanto a las funciones de los técnicos básicos de PRL, Jucil solicita aclaración en la manera en la que se deben de realizar los simulacros de emergencia por dichos técnicos básicos:
El 4 de julio se remitió por parte del Servicio de PRL a la Sección de Barcelona un correo en el que especificaba que dichos técnicos deben de realizar dichos simulacros.
Por otra parte, el antiguo INSHT establece que la realización de simulacros de emergencia debe ser llevada a cabo por personal de titulación intermedia como mínimo, no obstante, un técnico básico si podría colaborar en su realización. Por último, existe un informe emitido por el anterior coronel jefe del servicio de prevención de riesgos laborales, con motivo de la consulta planteada por una OPRL a raíz del posicionamiento del INSHT. En dicho informe, realizado el 14 de marzo de 2019, como contestación a la duda planteada establece en el punto 7 del apartado conclusiones que en la medida de lo posible, y previamente a la realización de los mismos, deberían estar realizadas las medidas de emergencia correspondientes, en cuyo caso, y bajo la dirección de un Técnico de nivel Intermedio o Superior siempre, estos simulacros podrán ser realizados por un Técnico de Prevención de NIVEL BÁSICO, pudiendo no ser necesario, aunque sí aconsejable, la presencia física del Técnico Superior o Intermedio, salvo en los acuartelamientos cuyas dimensiones y recursos humanos sean importantes (Acuartelamientos de las Zonas, de Comandancias y otros que las Secciones de Prevención consideren). {…} En cualquier caso, el informe del simulacro realizado será firmado de manera conjunta por el Técnico Intermedio o Superior (Director Técnico del simulacro), el Técnico de Nivel Básico que haya realizado el simulacro y el jefe de la unidad o persona en quien se delegue {…}”. Por lo tanto, esta asociación considera que cada técnico de PRL debe trabajar acorde a su titulación como no puede ser de otra manera, y solicitamos saber si algún técnico básico ha realizado simulacros de emergencia en solitario, sin apoyo de técnicos intermedios y superiores, y además solicitamos saber si se ha modificado el criterio recogido en el informe precitado del anterior coronel del SPRL.
Desde el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales trasladan que es una directriz del mismo el hecho de que los técnicos básicos lleven a cabo los simulacros, ya que no hay limitación legal para ello, si no recomendaciones por parte del INSST, y que es mejor tener un simulacro con estas características que no tenerlo. Desde Jucil se comunica que son importantes la realización de simulacro, de medidas de emergencia, pero, deben realizarse por personal capacitado, se propone que se valore formar a los técnicos básicos para adquirir una titulación superior.
–En cuanto al CES de los jefes de oficina de prevención: la jefatura de personal ha pedido informe al Servicio de PRL para que los sargentos/sargentos 1º pasen a cobrar unas ces de 1784 euros y los brigadas/Subtenientes 2172 euros, en lugar de los 1396,08 euros actuales. Esta es una de las reivindicaciones que Jucil ha hecho en el marco de esta especialidad, de manera que los jefes de las oficinas vean remunerado algo mejor su trabajo, y además la cantidad de guardias civiles que están interinos como jefes de oficina también se beneficiarían de este logro. Además de ello, se ha propuesto que bareme con mayor puntuación de cara a un posible ascenso.
-Desde Jucil se solicita redistribución en la adjudicación de pistolas taser, hemos visto estos días videos de personas enajenadas portando cuchillos incluso amenazando a los agentes, y éstos ante la pérdida de autoridad han tenido que recular. En muchos de estos casos la patrulla de un puesto ordinario de seguridad ciudadana la que s enfrenta sin mayor apoyo ni medios a esta situación, por lo que se solicita que en lugar de dar varias taser a una misma unidad, se reparta dicho material entre las unidades de manera que haya mayor número de personal en disposición de usarlas. Se solicita que se habilite a todos los efectivos para poder manejarlas llegado el caso.
-Jucil reitera la solicitud de un índice estadístico donde se refleje el número de atentados contra agente de la autoridad que se sufren.
-Desde Jucil se solicita un protocolo de actuación en el caso de la formación de patrullas de seguridad ciudadana mixtas, y además un protocolo de actuación para los componentes de Policía Judicial en tanto que actúan solos en numerosas ocasiones y los desplazamientos para tomar de huellas o manifestaciones los realizan en solitario.
Madrid a 5 de septiembre de 2024.
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