Ucrania está en estado de guerra. Más de millón y medio de refugiados han salido de Ucrania.
Comunicados
JUCIL denuncia la aparición de larvas, gusanos, moscas y hasta trozos de alambre en las raciones de la comida de los alumnos de la academia de la Guardia Civil en Baeza (Jaén)
La Asociación Mayoritaria en el Consejo de la Guardia Civil ha informado de estas graves irregularidades tanto a la Dirección General de la Guardia Civil como a las autoridades sanitarias de la Junta de Andalucía.
Una empresa externa contratada por el instituto armado es la adjudicataria del servicio de comidas de este centro. Los alumnos han detectado en sus raciones larvas de insectos, gusanos y moscas, así como también restos de alambres en reiteradas ocasiones en los últimos meses.
Del mismo modo se han detectado cucarachas entre la vajilla destinada al uso de los alumnos.
La Asociación Profesional de la Guardia Civil JUCIL ha puesto estas gravísimas irregularidades en conocimiento tanto a la dirección de la academia como de la Dirección General de la Guardia Civil, así como también de los organismos correspondientes de sanidad de la Junta de Andalucía dichas irregularidades.
JUCIL estará siempre atenta en la defensa de los guardia civiles y de la institución. En este caso a través de la denuncia de este tipo de hechos.
Ampliación temas tratados 4ª Mesa GRUPO TRABAJO “DESTINOS POG CONCURSO MERITOS” coincidiendo con sesión ordinaria “COMISIÓN PERMANENTE DE DESTINOS”
- MODIFICACIÓN OG ESPECIALIDADES Y ACLARACIONES
- INFORMACIÓN General número 15/2021: Modificación Art 5.2 Competencias profesionales y Disposición adicional segunda Adaptación de situaciones anteriores y reconocimiento de cualificaciones
- M.M. Orden General número 18/2021 (AUTOMOVILISMO): Modificación Art. 6 Competencias profesionales, 6.2 y 19
- CINOLÓGICO Orden General número 19/2021: Modificación Disposición adicional segunda Adaptación de situaciones anteriores.
Modificaciones que entrarán en vigor el próximo 1 de abril a la vez que las distintas Ordenes Generales de Especialidades, tras someterse a Mesa Consejo de la Guardia Civil en marzo 2022.
- REVISIÓN MODIFICACIONES FICHAS MÉRITOS
La DGGC asume el complejo proceso de transformación de 19 especialidades de la Guardia Civil y la revisión y ampliación de fichas correspondientes a 21 especialidades y otros destinos de Méritos.
Se comenta “Documento con modificaciones generales” que afectan a un elevado número de fichas y “Documento sobre incorporaciones de propuestas realizadas por Asociaciones Profesionales”
Se incorporarán modificaciones que no se incluyeron en agosto 2021, así como las nuevas aportaciones realizadas por distintas Asociaciones Profesionales, entre las que se encontraría la valoración en méritos profesionales para fichas de Fiscal y Fronteras, de destinos o comisiones de servicio en unidades de Seguridad Ciudadana que prestan servicio en Puertos, Aeropuertos o fronteras, realizando funciones de fiscal. (Cataluña, País Vasco, Ceuta, Melilla, etc)
La intención es tener cerradas las fichas definitivas para la 2ª quincena de abril.
- FIJACIÓN CALENDARIO
- 2ª quincena de abril: Presentación fichas en Comisión Permanente de Destinos
- Finales de abril, primeros de mayo: publicación fichas de méritos definitivas
- Mes de mayo: publicación de vacantes de Capitán y Teniente (LD, MERITOS, ANTIGÜEDAD)
El motivo de este adelanto es adjudicar destinos a Capitanes recién ascendidos y Tenientes de ingreso en nueva escala.
- Escenario probable VACANTES: para la última semana de agosto y hasta mes de octubre se realizará el proceso escalonado, conforme anteriores calendarios, de publicación vacantes LD, MERITOS Y ANTIGÜEDAD para el resto de empleos
DGGC hará lo posible por recuperar calendarios de publicación vacantes anteriores
- ADAPTACIONES ORGANICAS A NUEVOS PUESTOS DE TRABAJO
Desde la DGGC se nos garantiza que la mayoría de adaptaciones orgánicas que incorporan las nuevas Ordenes Generales, que entrarán en vigor de oficio el próximo día 1 de abril, no afectarán al personal que las mismas engloban. No suponiendo este cambio nuevas cargas, ni agregará o agravará su situación (NO servidumbre, NO permanencia).
Al reducido número de personal afectado por estas modificaciones se le preguntará sobre su voluntad de someterse al cambio en sus condiciones de trabajo, y en caso negativo se procederá a su cese y asignación de un derecho preferente por el citado cese en unidad.
Madrid a 25 de febrero de 2022.
#JucilSuma
LA UNIÓN ES NUESTRA FUERZA
AVANZANDO EN LOS DERECHOS DE LOS GUARDIAS CIVILES
JUCIL continúa en la reivindicación de mejoras en el día a día de los guardias civiles, mediante nuevas peticiones a la Dirección General de la Guardia Civil para que las condiciones de vida de los guardias civiles avancen en derechos y también en calidad de vida.
Reconocimiento a los participantes en el dispositivo del volcán
El secretario general de JUCIL, Ernesto Vilariño, ha remitido un escrito el 7 de enero pasado mediante el que ha reiterado la petición realizada por nuestra asociación a la DGGC el 24 de noviembre de 2021 en la Comisión de Riesgos Laborales. El escrito recuerda que, en cumplimiento de las directrices previstas en el RD 179/2005, de 18 de febrero, sobre prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil, todos los miembros del cuerpo que han participado en el dispositivo desplegado durante la erupción del volcán de La Palma, sean sometidos a reconocimientos médicos específicos que revisen y confirmen su estado de salud tras la continua exposición, tanto a los gases como a las cenizas derivados de la erupción del volcan que nació en la sierra de Cumbre Vieja.
En respuesta a dicha solicitud, la DGGC nos comunica que las medidas solicitadas serán trasladadas a la empresa encargada de los reconocimientos médicos anuales, para su valoración e implementación dentro de dichos reconocimientos.
Más permiso de natalidad para familias monoparentales
En la misma línea de defensa de la igualdad y de los derechos de los guardias civiles, el pasado 14 de enero de 2022, y mediante escrito remitido por Ernesto Vilariño desde la Secretaría General de nuestra asociación, se solicitaba la modificación de la OG 2/21, de 22 de enero, por la que se modifica la Orden General 1/2016, de 22 de enero, por la que se regulan las vacaciones, permisos y licencias del personal de la Guardia Civil. En dicho escrito se solicita modificación de la norma, en el sentido de que se permitiera a las familias monoparentales el disfrute acumulado de los permisos por natalidad reconocidos para las familias formadas por dos miembros. Esta petición se realiza en base al principio fundamental de la atención del menor, a la vez que siguiendo la línea más actual de la jurisprudencia, que ya ha reconocido mediante sentencias recientes la acumulación de estos permisos en familias monoparentales.
La respuesta por parte de la DGGC a esta solicitud hace mención a que las diferentes normativas en las que se basa la regulación de los permisos para los guardias civiles no recogen aun este particular, pero que la propuesta se tiene en cuenta para su valoración en futuras modificaciones de la normativa reguladora de esta materia en el cuerpo.
Firmes en nuestros propopósitos
JUCIL mantiene firme su propósito de mejora en las condiciones socio-laborales de los guardias civiles, y continúa trabajando para mantener los derechos de los miembros de la institución a la vanguardia de los avances sociales.
Madrid a 16 de febrero de 2022.-
#JucilSuma
LA UNIÓN ES NUESTRA FUERZA
Hemos tenido conocimiento, mediante publicación en prensa, de una nueva sentencia en la que se da la razón al guardia civil demandante y se obliga a la Dirección General de la Guardia Civil a abonar las diferencias existentes entre la cantidad percibida y la que debía haber percibido en el complemento de Productividad Estructural desde al año 2017 siendo dictada la misma por la sección sexta del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
En dicha sentencia se hace mención a que “Juridisprudencialmente, la obligación de actualizar el complemento de productividad estructural sucesivamente de conformidad con las leyes presupuestarias de cada año se encuentra en la Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de abril de 2021 (rec. Num. 2917/2019), a cuyos FFJJ 6 y 7 el Alto Tribunal sienta que:
SEXTO: La doctrina casacional.
La interpretación que establecen como doctrina jurisprudencial es que el complemento de productividad estructural de puestos de la Guardia Civil, correspondiente al año 2016, debe ser fijado atendido el incremento del complemento de destino aprobado en la ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.”
Atendiendo a dicho razonamiento el Tribunal Superior de Justicia de Madrid resuelve fallar a favor del guardia civil recurrente.
Asimismo dicha sentencia no es firme, pudiendo interponer la administración recurso de casación ante el Alto Tribunal en el plazo de 30 dias.
A raíz del conocimiento de esta sentencia, son muchas las dudas que han surgido a los guardias civiles sobre la prontitud en la aplicación de la misma a todos aquellos que en la actualidad se encuentran con sus periodos paralizados por la administración o bien en proceso contencioso en estos momentos.
En ese sentido, desde JUCIL queremos aclarar las dudas que puedan surgir.
Por tal motivo nos pusimos en contacto con el bufete de abogados ES-LEGAL y su abogado D. José Manuel Grande Morlán el cual, tras analizar la sentencia nos participa que esta sentencia es una más que se suma a la ya existente de 2021 y por la que desde JUCIL llegamos a un acuerdo para la reclamación de dicha diferencia. Asimismo también nos aclara que esta sentencia del TSJ de Madrid por sí misma no crea jurisprudencia, pero sí que supone el criterio que mantendrá este Tribunal en el futuro. Y que en caso de que alcance firmeza permitirá alegar sus efectos a las reclamaciones que se están tramitando.
Por este hecho nos informa que en nada afecta a los procesos que ya tienen nuestros asociados abiertos, estando algunos pendientes de sentencia en un corto espacio de tiempo.
No solo no afecta en nada a los procesos dicha sentencia sino que también anima a que todo aquel compañero que no presentase la instancia en su día que lo haga ahora, consignando los periodos de cuatro años atrás, esto es, a modo de ejemplo, desde febrero de 2018 a febrero de 2022.
Confiamos por tanto en el buen hacer de los diferentes despachos contratados por las asociaciones de guardias civiles, para seguir sumando sentencias favorables. Desconfiamos igualmente de su aplicación apresurada y voluntaria por parte de la DGGC y que otros reclaman, puesto que, no tratándose de una imposición judicial con carácter general para toda la Guardia Civil, nadie asegura que los fondos necesarios para su aplicación no sean detraídos de conceptos ya presupuestados para otros fines, dando como resultado una merma en futuro de algún otro concepto retributivo de los guardias civiles.
Os recordamos por ultimo que la vía de contacto con el bufete ES-LEGAL es la siguiente:
Teléfono 630130100 o bien en el mail [email protected] o [email protected]
Madrid a 15 de febrero de 2022.-
#JucilSuma
LA UNIÓN ES NUESTRA FUERZA
PLENO EXTRAORDINARIO DAS DSJ DF Y SERVICIOS A TURNOS
En el día de hoy se celebró el pleno extraordinario para tratar la anulación por parte de la administración, tras la solicitud de su realización por la intención de la Dirección General de eliminar los diferentes descansos generados en base a los dispuesto en la OG 11/2014, como son los DF, DAS y DSJ, se celebro
ANALISIS DE LA SITUACION DE LOS DESCANSOS COMPENSATORIOS
La administración expone que la acumulación de estos días es una circunstancia no deseada, y que la modificación viene planteada para ajustarse a los cambios en la normativa realizados en el año 2021, en la que se busca que el disfrute de estos días se realizase con rapidez y no se sigan acumulando como hasta ahora venía sucediendo.
- DAS – Se debe disfrutar en la misma unidad donde se generaron
- DSJ – Se disfruten en el siguiente trimestre
- DF – 14 festivos anuales, se disfrutarán en la misma semana o la siguiente, solo se acumularán en el caso de no ser posible su disfrute en estas circunstancias
En el caso de los DF, la administración no puede en este caso eliminar estos días a fecha de 31 de enero, ya que según se expone en este pleno, entra en confrontación con la DIRECTIVA 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
Si nos referimos a los DAS y DSJ, ante la acumulación de estos días generados y no disfrutados, se amplió el plazo de disfrute hasta el 31 julio de 2022 para el disfrute de los mismos.
Se nos facilitan diversos datos de un estudio realizado por la DGGC, en el cual se muestran las cifras de días generados por los componentes de las unidades seleccionadas para el estudio. Para hacernos idea del calado del problema a día de hoy se deben de disfrutar de más de 139.000 días por parte de los Guardias Civiles solo en el caso de DAS.
Desde JUCIL, tras la exposición por parte de la DGGC, entendemos que esta acumulación de días se debe a la mala aplicación de la norma por parte del empleador, la DGGC, y no es responsabilidad achacable al empleado, los Guardias Civiles. Por lo tanto, querer eliminar el disfrute de estos días generados en base a la mejora, tanto de la salud como de la conciliación de la vida familiar de los afectados, genera el efecto contrario al perseguido cuando fueron regulados.
Indicamos que el disfrute de vacaciones, permisos o asuntos particulares, no son comparables con este tipo de descansos compensatorios. Estos descansos con generados mediante el desempeño normal de servicios en horario nocturno y festivo, o en su caso mediante diversas modificaciones previstas en la normativa interna sobre jornada y horario, los cuales deberían ser compensados bien mediante retribución económica o en su caso y tal como figura, con días de descanso retribuidos.
El disfrute de estos descansos no está amparado por un criterio tangible al que los agentes afectados puedan acogerse, como en el caso de vacaciones permisos o asuntos propios. Por lo tanto, no cabe establecer una analogía estableciendo un periodo máximo de disfrute para este tipo de descanso.
De la misma manera, en no pocas ocasiones el disfrute de estos descansos compensatorios no es solicitado por los agentes, ya que son puestos a criterio de los distintos jefes de unidad o en su caso denegada la solicitud de disfrute, con lo que entendemos que la DGGC debe dar instrucciones claras y precisas a los mandos de unidad para que sean nombrados como establece la norma, aumentando el número de días a disfrutar mensualmente.
En referencia a los DAS que en la actualidad se pierden al cambiar de destino, entendemos que sigue no solo siendo ilegal, si no que nos parece especialmente gravoso el hecho de eliminar estos días que repetimos son compensación de un trabajo realizado por los agentes y por coherencia van ligados a su servicio y nunca a su unidad.
Volvemos a indicar como en el punto anterior, son descansos compensatorios, tal y como indica el articulo 47.1 a) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de procedimiento administrativo, en el cual se indica como tienen que ser compensados estos días, no resultando por lo tanto razonable la pretensión de eliminar estos días bajo determinadas premisas.
ESTABLECIMIENTO DE SERVICIO A TURNOS.
Desde la administración exponen que desde el año 2015 se está trabajando en la implantación de servicio a turnos, tanto con la realización de grupos de trabajo como con la realización de pruebas en distintas unidades piloto.
Ante la solicitud por parte de JUCIL con anterioridad de su implantación en las unidades pertenecientes a la Agrupación de Tráfico, desde la administración nos indican que se probó, pero no se pudo aplicar en las unidades pilotos por la peculiaridad de los servicios prestados por la especialidad.
Indicamos que en los Grupos de Trabajo ya cerrados no tuvimos acceso, y en consecuencia solicitamos a la DGGC que se nos remitan las actas de estos grupos desde 2019, para su estudio y en su caso impulsar la reapertura de estos grupos.
Solicitamos que en unidades específicas como pueden ser núcleos de servicio, centros penitenciarios o unidades similares, se estudie y en su caso se impulse, la implantación de servicios de 12 horas.
Con estos turnos de 12 horas, estas unidades ganarían no solo en operatividad de las mismas, si no que los agente saldrían beneficiados al cumplirse la Orden General de jornada laboral y conciliar la vida laboral con la familiar.
También hacemos mención al agravio que se genera en unidades de menor tamaño, para las cuales solicitamos que se estudien y en su caso se implemente la implantación de cadencia de turnos, que permita que los agentes destinados en estas unidades no se vean agraviados en relación a los miembros del cuerpo destinados en unidades de mayor volumen de efectivos.
Madrid a 14 de febrero de 2.022
#JucilSuma
LA UNIÓN ES NUESTRA FUERZA