Jurídico
Servicio Jurídicos Jucil Cantabria – Anulación falta Leve a un componente Cmda. Cantabria
Mediante recurso de alzada elaborado por la Letra Fátima Arce, consiguen la anulación por parte del Teniente General Jefe del Mando de Operaciones de 1️ falta leve impuesta a un compañero de esta comandancia
La falta había sido impuesta vulnerando el derecho de defensa al imponerse sin ninguna prueba de cargo que asevere el hecho sancionado
Servicios Jurídicos Jucil Cantabria – Delito continuado Calumnias a Guardia Civil
Sentencia condenatoria del Juzgado nº4 de Santander conseguida por los servicios jurídicos de JUCIL Cantabria, representados por la Letrada Fátima Arce
Se condena a un individuo como autor de delito continuado de calumnias sobre un miembro del cuerpo, con la atenuante de de reparación del daño a la pena 18 Meses de multa con una cuota de 7€ diarios, con la responsabilidad personal subsidiaria.
En caso de impago, 1 día de privación de libertad por cada 2 cuotas no satisfechas
JUCIL pide a la directora general que se implique más con la Guardia Civil y apoye la demandada equiparación salarial
Madrid, 15 de junio de 2022
El secretario general de la Asociación Profesional, Ernesto Vilariño, transmite a María Gámez Gámez la insatisfacción que provoca ver cómo a determinados cuerpos policiales reciben nuevas y voluminosas cantidades de dinero “mientras a los guardias civiles se les niega una retribución justa”
La Dirección General ha informado de que por ahora solo se han dado instrucciones “para implantar incentivos no económicos” que hagan más atractivo los destinos en las áreas para las que JUCIL reclama la declaración de Zona de Especial Singularidad: Cataluña y el Campo de Gibraltar
La Asociación Profesional Justicia para la Guardia Civil, JUCIL, ha pedido hoy 15 de junio de 2022 a la directora general del Cuerpo, María Gámez Gámez, una mayor implicación con los problemas reales de los guardias civiles y, por tanto, su apoyo a una reclamación que aún no se ha visto cumplida, a pesar de las promesas; la equiparación salarial de los guardias civiles y policías nacionales con los sueldos y condiciones económicas y laborales de otros cuerpos policiales, como los autonómicos. El secretario general de JUCIL, Ernesto Vilariño, acompañado del secretario nacional jurídico Alberto Arranz, han sido los encargados de transmitir en persona y de primera mano las preocupaciones que, en opinión de esta asociación profesional, más inquietan a los integrantes de la Guardia Civil.
- EQUIPARACION SALARIAL
“Hemos transmitido en primer lugar a María Gámez nuestra preocupación por el incumplimiento de la tantas veces prometida y aún no conseguida Equiparación Salarial y cómo la brecha salarial con los cuerpos policiales autonómicos, lejos de cerrarse, a día de hoy se incrementa” ha señalado Ernesto Vilariño al término del encuentro. “Vemos como a determinados cuerpos policiales autonómicos reciben continuamente inyecciones de dinero mientras a los guardias civiles se les niega sistemáticamente una retribución justa, solicitando que haga público el apoyo por parte de la Dirección General de la Guardia Civil a sus guardias civiles” ha añadido el secretario general de JUCIL, quien recuerda que la propia ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, defendió ayer en las redes sociales el principio de ‘A igual trabajo, igual salario’ con relación a que se iguales las retribuciones de los jugadores de la Selección Española de Fútbol masculina y femenina.
- TURNOS 6 POR 6
JUCIL ha expresado a la directora general su desacuerdo expreso con los turnos de trabajo que se plantean para la Guardia Civil y, como esta asociación profesional no solo protesta, también crea, construye y dialoga, le hemos transmitido a María Gámez nuestra propuesta, que consiste en la realización de turnos 6 por 6 y la aplicación de los mismos índices correctores previstos y aplicados en este momento para la Policía Nacional. “Con los actuales índices correctores que se nos aplican un Guardia Civil trabaja de media entre 28 y 30 días más al año que nuestros compañeros” destaca Ernesto Vilariño, quien ha transmitido a la Dirección General que se ha realizado un informe con la viabilidad de este turno “que ayudaría a la conciliación familiar con la laboral” precisa el secretario general de JUCIL.
- ZONA ESPECIAL SINGULARIDAD
Desde esta Asociación Profesional se han tramitado a lo largo de los últimos meses diversos escritos en relación con la declaración de zona de especial singularidad para Cataluña y el Campo de Gibraltar. En este sentido hemos recordado a la directora general que fue el propio ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, quien tras reunirse con JUCIL anunció, ya en enero, que la tramitación de esas dos nuevas zonas se llevaría a cabo con la máxima agilidad. Sin embargo, a estas alturas del año aún nos hemos visto obligados a solicitar que se nos informe de cuál es la situación actual en el próximo pleno del Consejo de la Guardia Civil.
“La directora general nos ha informado de que ha dado instrucciones al mando de personal para la implantación de incentivos no económicos, para hacer más atractivo los destinos con problemática a la hora de solicitar estas plazas como su permanencia en ellas” ha puntualizado Ernesto Vilariño. De forma que, por ahora, no se han previsto incentivos económicos para quienes se encuentran en estas zonas conflictivas para los guardias civiles.
“De igual forma, le hemos recordado también el reciente escrito remitido por JUCIL sobre la complicada situación en la búsqueda de residencia a la que se enfrentan los compañeros con destino en las Islas Baleares más concretamente en Ibiza y Menorca en relación al acceso a la vivienda. “Hemos pedido a la DGGC que realice los contactos necesarios con instituciones para llegar a acuerdos o convenios para paliar la problemática de alojamiento” ha comunicado Vilariño.
- CODIGO PENAL MILITAR
Otra de las reivindicaciones que JUCIL defiende desde su primer día de actividad es que el Código Penal Militar se aplica a los guardias civiles tanto en sus funciones policiales como en su vida privada. “Y así se lo hemos indicado también a María Gámez. Entendemos que es una norma anacrónica e injusta que vulnera el principio de intervención mínima de aplicación en el Siglo XXI. La DGGC dispone de mecanismos y normas legales como es el Reglamento Disciplinario para mantener disciplina dentro de la institución” ha comentado el secretario general jurídico, Alberto Álvarez al término de la reunión. “La Directora General nos ha indicado que tenía conocimiento de nuestra postura respecto al CPM, al ser transmitido por el Ministro del Interior, valorando y estudiando la no aplicación de esta norma” ha agregado el Secretario Nacional Jurídico.
- DIFERENCIAS ENTRE CLASES PASIVAS Y REGIMEN GENERAL SEGURIDAD SOCIAL
Otra de las cuestiones que se ha transmitido a la directora general es nuestra preocupación e incomodidad por la diferencia en la prestación por jubilación que va existir entre aquellos compañeros pertenecientes a Clases Pasivas y los que ahora ingresan en el Cuerpo por el Régimen General de la Seguridad Social. “Como en otras cuestiones y como muestra de nuestra voluntad de colaboración y de diálogo, no solo de reivindicación, le haremos llegar un estudio proponiendo alternativas para suplir esa diferencia económica” ha dicho Ernesto Vilariño.
- COMPAÑEROS VETERANOS.
Los representantes de JUCIL han aprovechado su encuentro con María Gámez Gámez para transmitir también a la máxima representante de la Administración en la Guardia Civil la preocupación que existe entre los compañeros veteranos al no poder pasar a la situación de reserva por la pérdida económica que supone el pase a esta situación administrativa, lo que obliga a estos compañeros a continuar su carrera profesional hasta el pase a retiro, donde de igual manera existe una pérdida de poder adquisitivo en comparación con policías autonómicas al no existir la equiparación salarial que venimos reclamando desde el nacimiento de JUCIL.
Así, le trasladamos la posibilidad de ofrecer el continuar en activo a todos aquellos suboficiales y oficiales que de manera voluntaria así lo deseen, lo que evitaría lo que consideramos un agravio comparativo con la escala de cabos y guardias.
En este mismo orden de cosas, se le ha hecho mención a las vacantes de méritos donde los años de servicio de los guardias civiles no son tenidos en cuenta, viéndose muchos compañeros veteranos abocados a permanecer en vacantes poco atractivas tras décadas de servicio. Por estas razones le hemos solicitado que tenga en consideración que la antigüedad en el cuerpo suponga un mayor peso en la baremación que la formación académica.
Vemos igualmente injusto que en la petición de vacantes se tenga en cuenta la calificación IPEGUCI, al tratarse de una calificación parcial realizada por un único calificador. Se propone que esta calificación se realice por un órgano colegiado y que esta sea 360°.
- APLICACIÓN DE NORMATIVA
“Por último, hemos mostrado ante la directora general nuestro malestar en la aprobación o modificación de normativa de forma unilateral de la Administración, sin que se tengan en cuenta, en una gran mayoría de ocasiones las propuestas realizadas por JUCIL tanto en los grupos de trabajo como en las comisiones. Modificando normas posteriormente a su votación en el Pleno del Consejo de la Guardia Civil”, ha concluido Ernesto Vilariño.
#JucilSuma
LA UNIÓN ES NUESTRA FUERZA
JUCIL recurre por inconstitucional el Código de Conducta de la Guardia Civil porque invade la vida privada de los guardias civiles
El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso de la Asociación Profesional mayoritaria en el Consejo de la Guardia Civil contra el Real Decreto promovido desde el Ministerio del Interior que desde marzo trata de imponer la actuación que debe de regir “en todo momento” para los miembros del Cuerpo
JUCIL considera que este Código contradice también otras normas de rango superior, como la Ley Orgánica que regula los derechos y deberes de los guardias civiles y su aplicación dificultaría la actividad asociativa para los integrantes de esta institución
El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso contencioso administrativo interpuesto por la asociación profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) contra el Real Decreto 176/2022 de 4 de marzo, por el que se aprueba el Código de conducta del Personal de la Guardia Civil. “Supone una invasión en la intimidad de los miembros de la Guardia Civil, ya que señala obligaciones que, de aplicarse, afectarían a la vida personal de los guardias civiles. El contenido de esta normativa puede afectar a la actividad de las asociaciones profesionales que como JUCIL trabajan en favor de los derechos laborales y sociales de los guardias civiles, lo que supondría una contradicción con las leyes orgánicas que determinan los derechos y las obligaciones de los integrantes de la Guardia Civil”, explica el secretario de comunicación de JUCIL, Agustín Leal.
Un baremo sancionador
El recurso cree inconstitucionales algunos contenidos del Real Decreto ya que “no es solamente un conjunto de principios que deben regir el comportamiento ético de los miembros de la Guardia Civil como dice en su preámbulo, sino que se podrá convertir en un instrumento para valorar e interpretar determinadas conductas de cara a la aplicación de las sanciones que están en el catálogo del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil; e integrar los principios del mismo en las conductas que se entienden que pueden llegar a ser sancionables” argumenta JUCIL que considera el documento innecesario. “Las materias que trata están ya recogidas en normas jurídicas, incluso de mayor rango legal” precisa el contenido del recurso admitido a trámito y que ha sido dirigido por el letrado José M. Grande.
Más allá de la actuación profesional
Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) aclara que, si bien el Código de Conducta se ha presentado como una simple compilación de principios y normas de comportamiento de la Guardia Civil, “el contenido no se limite a regular las actividades profesionales de los miembros de la Guardia Civil, sino que pasa a hacerlo obligatorio para determinadas esferas de la vida privada de los miembros de la Institución”. Y pone como ejemplo parte del texto del preámbulo del Real Decreto donde se indica que “quien por vocación decide ser guardia civil está asumiendo, en gran medida, que acepta guiarse por unas pautas de conducta que, como la disponibilidad permanente o el deber de reserva, por citar ejemplos, sobrepasan el estricto momento de la prestación del servicio para extenderse a otros contextos y situaciones.” Y en el artículo 2.1 se precisa que “El Código de Conducta del personal de la Guardia Civil constituye la guía que define los valores, principios y normas de comportamiento que han de regir en todo momento la actuación de los miembros del Cuerpo”. “Es ahí, en ese ‘en todo momento’ donde se sobrepasa la que debería ser nuestra actuación profesional para inmiscuirse en la vida privada de los guardias civiles” ha precisado Vilariño. “Me pregunto si ese ‘en todo momento’ debemos aplicarlo los guardias civiles a comprar un vestido de primera comunión, ser integrante de una chirigota de Cádiz o qué pintalabios compra una compañera”, ha agregado el secretario de Comunicación de JUCIL.
JUCIL entiende que ‘en todo momento’ es una expresión que “choca con la Constitución Española, y con el contenido del artículo 5 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, cuando establece en su apartado 1: ‘Los miembros de la Guardia Civil tienen garantizados los derechos a la intimidad… en los términos establecidos en la Constitución y en el resto del ordenamiento jurídico”, agregan.
Un ataque a la libertad de asociación y a la libertad de expresión
La norma aprobada a instancias del Ministerio del Interior que dirige Fernando Grande-Marlaska Gómez afectaría a la actividad de las asociaciones profesionales que representan a los guardias civiles en órganos como en Consejo de la Guardia Civil y que, como en el caso de JUCIL, defienden principios como el de la equiparación salarial de los agentes con las policías autonómicas y se preocupan por los derechos laborales y sociales de los integrantes del Cuerpo. Para las asociaciones profesionales el Código impone la condición de ser “plenamente respetuosos con todas las opciones ideológicas y políticas, manteniendo neutralidad en esta materia, alejados del discurso político y del debate partidista”, de manera que según JUCIL; si el contenido se aplica en un sentido estricto “puede suponer un ataque a la libertad de asociación, a la defensa de los intereses sociales y profesionales de los asociados, y a la libertad de expresión. Confundiendo la neutralidad política con la crítica política.
Nuevo intento de imponer la proscrita obediencia ciega a las órdenes
La asociación profesional informa de cómo en uno de los artículos se indica que “La disciplina, factor de cohesión que obliga a mandar con responsabilidad y a obedecer lo mandado, será practicada y exigida como norma de actuación. Tiene su expresión colectiva en el acatamiento de la Constitución y su manifestación individual en el cumplimiento de las órdenes recibidas”. Para JUCIL, la expresión “cumplimiento de las órdenes recibidas”, supondría la vuelta al principio de obediencia ciega, “algo proscrito por nuestra legislación; pero aquí hemos de decir que hay un principio de incorrección de técnica legislativa porque el artículo siguiente, el 16, deja establecido que solamente hay obligación de obedecer las órdenes legítimas, por lo cual el artículo 15 debería ser complementado con la expresión “órdenes legítimas recibidas”, argumentan. “En JUCIL nos opondremos siempre a toda normativa que limite los derechos individuales de los miembros de la Guardia Civil en las actividades personales ajenas a nuestra alta función y a todas aquellas iniciativas legislativas que supongan un retroceso en los derechos y libertades que se han conseguido a lo largo de los años, invadiendo la vida personal de los miembros de la Guardia Civil e imponiendo obligaciones que van más allá de nuestras funciones” ha manifestado Agustín Leal. “Respetamos y defendemos los valores propios de nuestro Benemérito Instituto forjados a lo largo de nuestra Historia, de los que nos sentimos orgullosos y que marcan y definen nuestra actuación; pero con el máximo respeto a la libertad y a la intimidad de cada uno de sus miembros” ha concluido el secretario de Comunicación de JUCIL.
#JucilSuma
LA UNIÓN ES NUESTRA FUERZA
Reclamación atrasos productividad estructural
En relación a la información publicada recientemente sobre la intención de la Dirección General de la Guardia Civil de realizar el abono voluntario de los atrasos de productividad que están siendo objeto de reclamación en vía judicial, JUCIL junto a ESLEGAL hemos llegado a las siguientes consideraciones:
1.- No se especifica ni cómo, ni cuándo se va a abonar dicha productividad; lo cual plantea dudas sobre la forma en que se va a hacer efectivo dicho abono y si el mismo incluirá el abono de los correspondientes intereses de demora. Tampoco se especifican los períodos de tiempo que se van a considerar de manera efectiva para el cálculo (si desde el plazo de la reclamación, o bien desde los cuatro años anteriores a las fechas de pago). Igualmente, no resulta coherente el abono voluntario al tiempo que se mantiene abierto un recurso de casación en el Tribunal Supremo.
2.- Tampoco queda clara por ahora la habilitación presupuestaria para proceder a dicho abono, lo cual nos plantea la posibilidad de hacerse efectivo en contra de otras partidas presupuestarias.
Por estas razones, y otras de índole de estrategia procesal, entendemos que la línea de actuación (la que en principio se va a seguir con quienes han contratado nuestros servicios y aún no tienen el contencioso interpuesto) pasa por los siguientes pasos:
Presentación de extensión de efectos de la Sentencia dictada por el TSJ Madrid, vía 110 LJCA, ante dicho Tribunal; que se tramitarán de forma inmediata al haber sentencias no recurridas y que posibilitan la reclamación.
Con esta estrategia se pretende lo siguiente:
– Reconocimiento de los intereses de demora y la productividad desde el período reclamado en la instancia inicial.
– Reconocimiento de esa actualización para el futuro, de forma que los incrementos que se puedan realizar, se hagan sobre la última cantidad que resulte de la correspondiente actualización a 2021.
– Posibilidad de revisar las cantidades en concepto de atrasos y su acomodación a lo que corresponde, en trámite de ejecución del título judicial.
– Establecimiento de un título judicial que obliga al pago, pasados 20 días de su publicación.
– Posibilidad de ejecución del título judicial, si no se abona en los 20 días siguientes a la fecha de notificación, con incremento de las cantidades en el interés legal del dinero más dos puntos.
La solicitud de extensión de efecto de Sentencia, es exclusiva para los asociados de JUCIL indistintamente de que hubieran solicitado anteriormente en vía administrativa la reclamación con el coste de 60€.
El personal que hubiera abonado inicialmente los 60€ en el Procedimiento anterior, lo tiene cubierto sin coste adicional.
El personal que no percibe la nómina a través del servicio de retribuciones de la Dirección General de la Guardia Civil, también puede solicitar la extensión de efectos de Sentencia en los siguientes contactos
INFO: www.eslegal.org Mail: [email protected] Tlf: 630 130 100
Madrid, a 07 de abril de 2022.