JUCIL logra que se reconozca a un compañero destinado en Lérida el complemento específico de Fiscal y Fronteras que la Dirección General negaba al alegar que pertenecía a Seguridad Ciudadana
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconoce que un guardia civil, destinado en Tárrega, realizaba las funciones de Fiscal y Fronteras a pesar de que no tenía reconocida esa especialidad
JUCIL considera que se trata de un importante logro en la defensa de los derechos y la promoción profesional para aquellos guardias civiles que llevan a cabo tareas específicas que no corresponden a su especialidad y que la sentencia así lo especifica, no son puntuales, sino habituales en su labor diaria
Un compañero que actualmente ocupa un puesto de Seguridad Ciudadana ha sido autorizado para desempeñar funciones de Fiscal y Fronteras, gracias al respaldo legal brindado por los servicios jurídicos de JUCIL. Lo que hemos defendido y así reconoce el tribunal es que los funcionarios que desempeñen la totalidad o las tareas esenciales de un puesto de trabajo distinto de aquél para el que fueron nombrados perciban las diferencias retributivas entre los complementos de destino y específico del puesto efectivamente desempeñado y los del suyo.
Esta decisión representa un hito significativo en la trayectoria profesional de nuestro asociado y refuerza nuestro compromiso con la justicia y la equidad en la Guardia Civil.
El reconocimiento del complemento específico de la especialidad de Fiscal y Fronteras es el resultado de un proceso legal exhaustivo y la firme defensa de nuestros derechos. La Sala de lo Contencioso Administrativo ha reconocido la competencia y los méritos de esta persona, permitiéndole ejercer funciones propias de la especialidad de Fiscal mientras continúa desempeñando su labor en Seguridad Ciudadana ya que, según la sentencia y así lo reconocen también los informes de la Comandancia de Lérida, más del 70% de su actividad se desarrolla en el área de Fiscal y Fronteras, mientras que los servicios de Seguridad Ciudadana apenas ocupan el 18% de su tiempo de trabajo.
JUCIL se enorgullece de su continua lucha por la promoción y el reconocimiento profesional de los miembros de la Guardia Civil. Este logro no sólo beneficia a nuestro asociado en particular, sino que esperamos que siente un precedente para futuros casos similares.
El pasado 21 de octubre del año en curso, tuvo lugar el primer día del Grupo de Trabajo para la modificación de la Orden General 21/2021, del 9 de septiembre, por la que se regula la especialidad de fiscal y Fronteras de la Guardia Civil.
Sobre este apartado nuevo, JUCIL propuso en sus alegaciones que el reconocimiento de la especialidad fuera a todos los puestos de Seguridad Ciudadana de Cataluña, País Vasco, Ceuta y Melilla, siempre que el groso de sus funciones fuera puramente fiscal, debido a que en el caso de Cataluña, por ejemplo, TODOS los puestos catalogados como de Seguridad Ciudadana realizaban funciones fiscales sin distinción y que, en caso de reconvertir solo determinados puestos, se crearía división entre los distintos puestos, agravando así el problema ya existente en estas zonas. Por parte de Jucil se le recordó a la administración que tenemos en el contencioso a la espera de resultado dos casos de asociados de Jucil que reclamaron el CES de fiscal, precisamente por realizar funciones de fiscal sin tener el reconocimiento de la especialidad ni cobrar el CES propio de la especialidad y que, en caso de ganar, se preveía aluvión de instancias por parte de los guardias afectados reclamando lo mismo.

