guardia civil
31/05/2023 – Auto desestimación paralización salida Guardia Civil de Navarra






El Supremo recuerda a la Dirección General que deberá facilitar la conciliación laboral “personal y familiar” a los guardias civiles en la retirada progresiva de Tráfico en Navarra
El Alto Tribunal desestima la suspensión cautelar del traspaso de funciones de la Administración del Estado a la Comunidad Foral que solicitaba JUCIL por entender que aún no hay perjuicios irreparables y que su sentencia sobre el recurso que hemos elevado llegará antes del despliegue de la Policía Foral
La Abogacía del Estado ha admitido para sortear nuestros argumentos que “los guardias civiles que deseen quedarse en Navarra sin integrarse en la Policía Foral podrán incorporarse a otros destinos dentro de la Guardia Civil en la Comunidad”
El Tribunal Supremo ha dejado claro a la Dirección General de la Guardia Civil que es su obligación la conciliación de la vida profesional, personal y familiar de los componentes de la Agrupación de Tráfico en Navarra a medida que se produzca la transferencia de esta competencia a la Policía Foral de esta comunidad autónoma. El aviso para la Administración Central de sus obligaciones para con estos guardias civiles se incluye en un auto en el que este Alto Tribunal desestima la petición de suspensión cautelar del traspaso de estas competencias solicitado por esta asociación profesional, Justicia para la Guardia Civil (JUCIL). El texto afirma que no hay motivos para esa suspensión porque en este momento no existen los prejuicios que nuestra asociación intuye o teme para los guardias civiles afectados por la cesión del control del Tráfico en Navarra.
Consecuencias favorables de un fallo desestimatorio
La suspensión cautelar se planteó sobre la base de la existencia de graves perjuicios al personal de la Guardia Civil. La desestimación argumenta que ni el acuerdo impugnado ni el complementario (también recurrido) se refieren expresamente a los guardias civiles que van a dejar de prestar servicio en Navarra, que se desconoce cómo van a quedar afectados, y que por lo tanto ahora no hay perjuicios irreparables. Sin embargo, y pese a lo que pueda parecer, el auto incluye dos cuestiones que en JUCIL entendemos favorables:
- El compromiso que la Abogacía del Estado ha tenido que realizar para sortear la argumentación. De esta manera, el auto refiere que conforme ha indicado la Abogacía del Estado: “Los guardias civiles que deseen quedarse en Navarra sin integrarse en la Policía Foral, podrán incorporarse a otros destinos dentro de la Guardia Civil en la Comunidad Foral”, una argumentación que JUCIL tendrá en cuenta para el futuro desarrollo de los acontecimientos.
- También resultan muy favorables las condiciones que, caso de desestimarse el recurso, porque seguimos adelante con él, deben regir para los afectados. Unas condiciones que según el auto del Tribunal supremo son obligadas para la Guardia Civil: “En todo caso no está de más incidir en que esa retirada progresiva deberá siempre ejecutarse facilitando la conciliación de la vida profesional, personal y familiar pues en la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, tal conciliación es un principio rector de la ordenación profesional en el ámbito de la Guardia Civil (artículo 5.2).” argumenta el texto jurídico, que recuerda además que este precepto se remite “a la normativa general de la función pública, la adopción de medidas indeterminadas que favorezcan esa conciliación se configura como un derecho individual de todo empleado público [cfr. Artículo 14.j), de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público”.
No se imponen las costas del auto, pese a su desestimación, por entender que el contenido de la solicitud cautelar de JUCIL hace plantear “razonables dudas de Derecho” respecto de la disposición impugnada.






25/05/2023 – Pleno Extraordinadrio – Turnos de Trabajo






JUCIL pide el apoyo de todas las asociaciones para defender nuestros derechos en la defensa de la gestión de los turnos de trabajo que tanto dificultan la conciliación laboral y familiar
Hemos participado en la celebración del Pleno extraordinario del Consejo junto con el resto de asociaciones, con el objetivo de defender la calidad de las condiciones de los compañeros que trabajan a turnos y apostar por un frente común de cara al 28 de junio
De nuevo hemos argumentado que el sistema de turnos es inadecuado para la conciliación de la vida familiar y la laboral. Además, insistimos en que, de esta manera se incumple, de sistemáticamente la “OG número 11, dada en Madrid a 23 de diciembre de 2014, por la que se determinan los regímenes de prestación del servicio, y la jornada y horario del personal de la Guardia Civil”. Por estos motivos, solicitamos a la Administración competente, que ha dado por cerrado el grupo de trabajo de esta materia, que tome en consideración las propuestas que les hemos presentado. De hecho, somos los únicos que planteado ideas como, por ejemplo, la posibilidad de tener de un sistema similar al de la Policía Nacional con un 6×6. Opción que no ha sido apoyada por ninguna otra asociación.
Falta de apoyo de las asociaciones
Consideramos que la falta de compromiso de otras asociaciones no es la manera correcta de defender nuestros derechos sociolaborales. Y menos aún, promoviendo los ataques estériles que nos dividen y — además — benefician a la Administración. JUCIL hizo un llamamiento al resto de compañeros para que nos acompañaran, sin distinción, y unidos reclamar un consejo más justo para lograr una jornada laboral digna para los Guardias Civiles. El objetivo era que estas propuestas fueran escuchadas y tuvieran más peso por el pleno en todos sus grupos de trabajo, comisiones y, en el propio pleno que se celebrará el 28 de junio. Por desgracia, de momento las asociaciones más representativas están declinando esta invitación. Sin embargo, hoy volvemos a lanzar este ofrecimiento a todos los implicados, guardias civiles y asociaciones, para que se unan a nosotros. Juntos podremos reivindicar un derecho que nos afecta a todos y en el que no podemos hacer distinción de siglas ni logos para lograr un objetivo que es común para todos.






25/05/2023 – Grupo de Trabajo – Comandancias y Puesto






JUCIL se opone a que se obligue a los guardias civiles a asumir cometidos impropios de cada una de las escalas del cuerpo
La asociación adelanta en el Grupo de Trabajo de Compañías y Puestos que no admitirá el fraude legal que significa considerar como excepcional un hecho convertido en costumbre y adelanta que defenderá que ningún guardia civil debe estar de comandante de Puesto, ni ningún suboficial de responsable de núcleo operativo
JUCIL insiste en que el actual despliegue territorial de la Guardia Civil resulta inoperativo y se parchea la falta de personal sobrecargando a los efectivos
Los representantes de JUCIL en el Grupo de Trabajo de Compañías y Puestos han expresado en la última reunión, el miércoles 24 de mayo, que esta asociación profesional se opondrá por los medios a su alcance a que se obligue a los guardias civiles a asumir cometidos impropios para cada una de las escalas del cuerpo. “Sabemos cómo funcionan las “excepcionalidades” en la Guardia Civil, donde se convierte en costumbre lo que debería ser puntual. Siempre hemos defendido y defenderemos que ningún guardia civil debe de ejercer un puesto de trabajo para el que no ha sido formado. De manera que ningún guardia civil debe estar de comandante de Puesto, ni un suboficial debe de ser responsable de núcleo operativo” señalan los miembros de JUCIL que asistieron a la reunión.
Una mala estructura territorial
El grupo de trabajo sobre Compañías y Puestos trató como puntos más importantes los siguientes:
- Se podrá asignar a los suboficiales de una compañía la responsabilidad de los núcleos operativos.
- El personal del empleo de cabo o superior podrá llevar a cabo funciones de coordinador de servicios.
- El comandante de puesto no podrá coincidir con el segundo comandante de puesto durante el descanso semanal y los períodos de no disponibilidad.
- Se podrá, de forma excepcional, asignar funciones de coordinador de servicio a los guardias civiles que ostenten la jefatura de la Unidad.
JUCIL no tolerará que como consecuencia de la falta de personal y de la mala estructura territorial se elabore este proyecto normativo. Hemos dejado claro a la Administración que no cuenten con nuestro apoyo para el citado fraude legal, ya que las modificaciones están hechas para cargar con más trabajo a los diferentes mandos.
Y que en ningún caso desde los empleos de guardia hasta oficial deben asumir cometidos impropios de cada Escala, igualmente se les hace saber que se deben de crear los correspondientes puestos de trabajo con definición de funciones.
JUCIL precisa que no dudamos del buen hacer del equipo de la DGGC, pero que la realidad no es la misma, y cada comandancia lo interpretará de una manera. La DGGC intenta meter esta norma muy rápida sin el consenso de las asociaciones. Les hemos trasladado además el sentir del personal que ahora lleva a cabo las funciones de coordinador de servicio. No aporta nada positivo a la conciliación de la vida laboral y familiar y genera más sobrecarga de trabajo.
Sin efecto por la falta de personal
JUCIL ha puesto de de manifiesto que esto no va a tener ningún efecto, debido a la falta de personal que sufre la Guardia Civil. No puede ser que un comandante de Puesto se quede de coordinador de servicio y de jefe de unidad. Echamos en falta la regulación de las funciones de los comandantes de Puesto de manera accidental o interina. Hemos trasladado a la DGGC la reflexión sobre cómo quieren que haya continuidad en el mando si lo que se pretende es que no coincidan las dos personas que ejercen el mando en una unidad, ya no en el descanso semanal, que es entendible, si no en el descanso diario ¿se imaginan un Puesto Principal en el que el comandante de Puesto no coincida con los jefes de área?
Descontento
Hemos trasladado a la DGGC el descontento de nuestros asociados que ejercen como segundos comandantes de puesto. En todas las empresas, tanto públicas como privadas, un aumento de responsabilidad conlleva un aumento de retribuciones, por lo que en su día se solicitó la modificación de la Orden General de incentivos al rendimiento. JUCIL ha pedido que no se lleven estas normativas al pleno de junio y que se trabaje en la creación de los puestos de trabajo necesarios, como son brigadas y subtenientes adjuntos de Compañía. Tal y como se recoge actualmente en el borrador de la norma supone un retroceso muy importante en las condiciones laborales de los guardias civiles.
La verdadera intención de la Dirección General
Desde los inicios de este grupo de trabajo se vislumbraba la verdadera intención de la DGGC de obligar a los comandantes de Puesto y a los segundos comandantes de Puesto, a realizar labores de coordinación de servicios. Siendo en numerosas ocasiones imposible esta coordinación por no haber más patrullas en servicio se tendió la mano a todas las asociaciones para actuar en la misma dirección, unidas, sin protagonismo ni siglas, ya que los protagonistas de este atropello de Orden General son los comandantes de puesto y segundos comandantes de puesto, además de los guardias civiles de Seguridad Ciudadana, a los cuales no va a llegar a implementarse el sistema de turnos, debido al obsoleto despliegue territorial de la Guardia Civil en el siglo XXI.
Una ocasión perdida ante una Administración que parchea la falta de personal a costa de sobrecargar de trabajo a sus efectivos.






24/05/2023 – Informe Grupo de Trabajo – Compañías, Puestos y Comandancias






En la reunión celebrado el día 24 de mayo en la Dirección General de la Guardia Civil se ha tratado los dos grupos de trabajo de compañías y puestos y el de Comandancias de manera unificada. –
Se comienza analizando los cambios en la Orden General de Comandancias, se modifica básicamente introduciendo lenguaje inclusivo, sobre el punto más controvertido que es la manera de elegir por idoneidad a los diferentes mandos de las Jefaturas de la Comandancia, y en especial al Jefe de Operaciones ya que desde Jucil entendemos que dicha Jefatura, debe de ser asumida necesariamente por el de mayor empleo y antigüedad, después del Jefe de la Comandancia.
Finalizada la exposición se le dio un turno de palabra a todas las asociaciones y por parte de jucil, se expuso lo siguiente:
Se les recordó que como nos dijeron la Orden General no sufriría muchos cambios, y así ha sido, ya que desde Jucil creemos que no se aprovecha para actualizar la Orden General sobre organización, estructura y funcionamiento, de las Comandancias
Desde Jucil, se les indica que sobre el art. 3.2 creemos que la modificación no coincide, respecto a nuestras alegaciones y por lo tanto no estamos de acuerdo con la modificación. –
Por parte de la DGGC, se nos informa, que se va a modificar de nuevo la redacción del art. 3.2, en el sentido de las alegaciones remitidas por Jucil. –
Se da por finalizado el grupo de trabajo de Comandancias, iniciando a continuación el grupo de trabajo de Compañías y Puestos. –
Como puntos más importantes resaltan los siguientes:
- Se podrá asignar a los suboficiales de una Compañía la responsabilidad de los núcleos operativos.
- El personal del empleo de cabo o superior podrán llevar a cabo funciones de coordinador de servicios.
- El comandante de puesto no podrá coincidir con el segundo comandante de puesto durante el descanso semanal y los períodos de no disponibilidad.
- Se podrá, de forma excepcional, asignar funciones de coordinador de servicio a los Guardias Civiles que ostenten la jefatura de la Unidad.
Sabemos como funcionan las “excepcionalidades” en la Guardia Civil, haciéndose costumbre lo que debería ser puntual, siempre hemos defendido y defenderemos que ningún Guarida Civil debe ejercer un puesto de trabajo para el que no ha sido formado, ni un Guardia Civil debe estar de Comandante de Puesto, ni un suboficial de responsable de núcleo operativo.
Por parte de la DGGC se nos explica el borrador de la OG de Compañías y Puestos, indicando que las modificaciones realizadas están pensadas para las diferentes casuísticas de las unidades de la Guardia Civil, se les participa que esta asociación no está dispuesta a tolerar que como consecuencia de la falta de personal y mala estructura territorial se elabore este proyecto normativo, que no cuenten con nuestro apoyo para el citado fraude legal, ya que las modificaciones están hechas para cargar con más trabajo a los diferentes mandos, y que en ningún caso desde los empleos de Guardia hasta Oficial deben asumir cometidos impropios de cada Escala, igualmente se les hace saber que se deben de crear los correspondientes puestos de trabajo con definición de funciones –
Desde Jucil, se le recuerda que no se duda del buen hacer del equipo de la DGGC, pero que la realidad no es la misma, y cada Comandancia lo interpretará de una manera. Que la DGGC, está intentando meter esta norma muy rápida sin el consenso de las asociaciones. Además, se les traslada el sentir del personal que actualmente está llevando a cabo dichas funciones de coordinador de servicio, no aportando nada positivo a la conciliación de la vida laboral y familiar, por el contrario, generando más sobre carga de trabajo.
Desde Jucil, se le pone de manifiesto que esto no va a tener ningún efecto, debido a la falta de personal que tiene la Guardia Civil. Que no puede ser que un comandante de Puesto, se quede de coordinador de servicio, y de jefe de unidad. Se echa en falta la regulación de las funciones de los comandantes de Puesto de manera accidental o interina. Se le traslada a la DGGC la reflexión sobre cómo quieren que haya continuidad en el mando si lo que se pretende es que no coincidan las dos personas que ejercen el mando en una Unidad, ya no en el descanso semanal que es entendible, si no en el descanso diario ¿se imaginan un Puesto Principal en el que el Comandante de Puesto no coincida con los jefes de área?
Se traslada el descontento de nuestros asociados que ejercen como segundos comandantes de puesto, en todas las empresas tanto públicas como privadas, un aumento de responsabilidad conlleva un aumento de retribuciones, por lo que en su día se solicitó la modificación de la Orden General de incentivos al rendimiento.
Desde Jucil se solicita que no se lleven estas normativas al pleno de junio, si no que se trabaje en la creación de los puestos de trabajo necesarios, como son brigadas y subtenientes adjuntos de Compañía, tal y como está actualmente el borrador de la norma supone un retroceso muy importante en las condiciones laborales de los Guardias Civiles.
Desde los inicios de este grupo de trabajo, en el que se vislumbraba la verdadera intención de la DGGC de obligar a los comandantes de Puesto y a los segundos comandantes de Puesto, a realizar labores de coordinación de servicios, siendo en numerosas ocasiones imposible esta coordinación por no haber más patrullas en servicio, se tendió la mano a todas las asociaciones para actuar en la misma dirección, unidas en bloque, sin protagonismo ni siglas de ninguna, ya que los verdaderos protagonistas de este atropello de Orden General son los comandantes de puesto y segundos comandantes de puesto, además de todos los Guardias Civiles de seguridad ciudadana, a los cuales no va a llegar a implementarse el sistema de turnos, debido al obsoleto despliegue territorial con el que cuenta la Guardia Civil en el siglo XXI, un despliegue inoperativo, que podría haberse optimizado desde el punto de vista de la atención al ciudadano y la conciliación de la vida laboral y familiar de los efectivos, mediante las modificaciones de las Ordenes generales objeto del presente informe, una ocasión perdida ante una Administración que parchea la falta de personal a costa de sobrecargar de trabajo a sus efectivos.





