REDUCCION CANTIDADES PRODUCTIVIDAD POR OBJETIVOS



En relación a las diferentes informaciones surgidas en torno a la reducción de cantidades asignadas a la Productividad por Objetivos (bufanda), la asociación profesional Justicia Guardia Civil-JUCIL informa:
1. Dicha noticia fue comunicada por la DG en la Sesión Normativa celebrada el pasado lunes 21 de noviembre
2. El propio Coronel presidente de la Sesión aclaró que la falta de presupuesto se debe al pago voluntario por la DG de los atrasos de productividad realizado a lo largo de este 2022, no a otros motivos como otras asociaciones están informando
3. Contra dicho pago voluntario por parte de la DG se posicionó abiertamente JUCIL, trasladando el porqué de esta postura en comunicado publicado el pasado 7 de abril, tras informe realizado por sus servicios jurídicos con fecha 17 de marzo (arriba reflejado). En dicho comunicado se trasladaba la información contenida en dicho informe, el cual indicaba que con el pago voluntario de los atrasos se corría el riesgo de que además de perder los intereses de demora se podría llegar a la actual situación de reducción de cantidades en La Productividad por Objetivos. Siendo su criterio continuar con las acciones legales solicitando la extensión de sentencia.
La experiencia nos demuestra una vez más que nuestra apuesta por un trabajo serio, basado en el beneficio de los guardias civiles, era la acertada. De no haberse planteado el pago voluntario de dichos atrasos, la obligación de cumplimiento del mandato judicial habría abierto la puerta a la solicitud de una partida monetaria extraordinaria para hacerle frente, por lo que todos los guardias civiles se habrían ahorrado llegar a la actual situación, en la que además de la pérdida de los posibles intereses de demora, han sido ellos mismos quienes se han autofinanciado esos atrasos con la actual merma en las cantidades asignadas para la Productividad por Objetivos.
Llegados a esta situación, JUCIL ya ha encargado a sus servicios jurídicos estudiar la legalidad de la decisión tomada por la DGGC, utilizando la partida presupuestaria dedicada a productividad en el ejercicio 2022 para abonar las cantidades correspondientes a los atrasos derivados de ejercicios anteriores (2017-2021).
https://jucil.es/reclamacion-atrasos-productividad-estructural-2/
(Enlace comunicado 7 de abril)
Madrid a 1 de diciembre de 2022
#JucilSuma
LA UNIÓN ES NUESTRA FUERZA



RECLAMACIÓN ATRASOS PRODUCTIVIDAD ESTRUCTURAL



En relación a la información publicada recientemente sobre la intención de la Dirección General de la Guardia Civil de realizar el abono voluntario de los atrasos de productividad que están siendo objeto de reclamación en vía judicial, JUCIL junto a ESLEGAL hemos llegado a las siguientes consideraciones:
1.- No se especifica ni cómo, ni cuándo se va a abonar dicha productividad; lo cual plantea dudas sobre la forma en que se va a hacer efectivo dicho abono y si el mismo incluirá el abono de los correspondientes intereses de demora. Tampoco se especifican los períodos de tiempo que se van a considerar de manera efectiva para el cálculo (si desde el plazo de la reclamación, o bien desde los cuatro años anteriores a las fechas de pago). Igualmente, no resulta coherente el abono voluntario al tiempo que se mantiene abierto un recurso de casación en el Tribunal Supremo.
2.- Tampoco queda clara por ahora la habilitación presupuestaria para proceder a dicho abono, lo cual nos plantea la posibilidad de hacerse efectivo en contra de otras partidas presupuestarias.
Por estas razones, y otras de índole de estrategia procesal, entendemos que la línea de actuación (la que en principio se va a seguir con quienes han contratado nuestros servicios y aún no tienen el contencioso interpuesto) pasa por los siguientes pasos:
Presentación de extensión de efectos de la Sentencia dictada por el TSJ Madrid, vía 110 LJCA, ante dicho Tribunal; que se tramitarán de forma inmediata al haber sentencias no recurridas y que posibilitan la reclamación.
Con esta estrategia se pretende lo siguiente:
- Reconocimiento de los intereses de demora y la productividad desde el período reclamado en la instancia inicial.
- Reconocimiento de esa actualización para el futuro, de forma que los incrementos que se puedan realizar, se hagan sobre la última cantidad que resulte de la correspondiente actualización a 2021.
- Posibilidad de revisar las cantidades en concepto de atrasos y su acomodación a lo que corresponde, en trámite de ejecución del título judicial.
- Establecimiento de un título judicial que obliga al pago, pasados 20 días de su publicación.
- Posibilidad de ejecución del título judicial, si no se abona en los 20 días siguientes a la fecha de notificación, con incremento de las cantidades en el interés legal del dinero más dos puntos.
La solicitud de extensión de efecto de Sentencia, es exclusiva para los asociados de JUCIL indistintamente de que hubieran solicitado anteriormente en vía administrativa la reclamación con el coste de 60€.
El personal que hubiera abonado inicialmente los 60€ en el Procedimiento anterior, lo tiene cubierto sin coste adicional.
El personal que no percibe la nómina a través del servicio de retribuciones de la Dirección General de la Guardia Civil, también puede solicitar la extensión de efectos de Sentencia en los siguientes contactos
INFO: www.eslegal.org Mail: [email protected] Tlf: 630 130 100
Madrid, a 07 de abril de 2022.
LA UNIÓN ES NUESTRA FUERZA



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