Preside la reunión el Coronel Villalón, en sustitución del ahora General Sarrión.
Previo al inicio de la reunión se nos entrega una copia del borrador entregado en la reunión anterior, al que se han incorporado las alegaciones recibidas junto con la decisión de la administración sobre su aceptación o no y la motivación de estas decisiones. Se nos informa entonces que, de haber realizado JUCIL alegaciones, no han sido recibidas en el Estado Mayor. En este punto se informa por parte de JUCIL de que las alegaciones habían sido enviadas en tiempo y forma, circunstancia que además es comprobada y confirmada in situ con el Secretario Gral. de Organización y notificada dicha comunicación a la administración. Aun así, durante el desarrollo de la reunión dichas alegaciones son enviadas de nuevo.
Por este motivo, nada más comenzar la reunión se solicita por parte de JUCIL la cancelación de la misma, puesto que en su núcleo central se basará en el análisis de las alegaciones presentadas y la motivación de la aceptación de las mismas, dejando a JUCIL en clara situación de inferioridad e indefensión en relación a las mejoras a implementar en beneficio de los guardias civiles.
Se nos informa que tras esta reunión se abrirá un nuevo plazo de alegaciones de cara a una próxima reunión y que en esas alegaciones se podrán incorporar las que se tenían presentadas para esta reunión y no encuentran. Se nos informa también que en caso de que algunas de nuestras alegaciones coincidan con otras presentadas por otras asociaciones, se pueden entender por contestadas.
Se informa durante el análisis del texto, que la presente OG que se está tratando originará cambios en las OGs de Jornada y Servicio, la de Vacaciones y Permisos, y la de Incentivos al Rendimiento, para incluir las adaptaciones a la nueva OG.
Igualmente se nos informa de que por parte de la administración se baraja la posibilidad de creación de una Jefatura General de Unidades a Turnos.
Llegados a este punto, se pasa a la lectura de las alegaciones recibidas junto con la motivación de la respuesta a cada una de ellas por parte de la. A reseñar de todas ellas, la presentada por varias asociaciones profesionales solicitando el cambio de rango de la norma, aceptada por la administración, y que pasa a ser Orden General, y la disconformidad de varias asociaciones con el cómputo de DAS tomado como promedio para el cálculo horario, debate sobre este punto abierto por JUCIL desde la primera reunión al que se han ido sumando otras asociaciones.
Este punto fue el que mayor debate suscitó a lo largo de la reunión, puesto que en la anterior reunión se nos informó de un estudio por parte de la administración que reflejaba que el promedio de DAS de las unidades a turnos era bastante inferior al tomado como promedio para el cómputo horario de la modalidad a turnos (18), informe que fue remitido posteriormente a las asociaciones y sobre el cual se realizó consulta por varias asociaciones. JUCIL expuso en este punto el análisis realizado de dicho informe en el que demostramos que los datos reflejados no coinciden con la realidad y del cual dejamos copia por escrito al Comandante (se incorpora análisis realizado).
Reseñar también el punto en que en las explicaciones sobre propuestas al punto 4.1 Productividad por actividad extraordinaria, la administración admite que si bien la mayoría de los grupos organizativos llegan pasados de horas al final del cuatrimestre, no llegan en ningún caso a las 20 marcadas como límite y que son compensadas normalmente con DND. Este argumento es utilizado por JUCIL posteriormente en su intervención en turno de palabra de las asociaciones.
Terminada la lectura y análisis del texto presentado, se pasa al turno de palabra de las asociaciones.
En esta ocasión se nos deja para el final por no haberse incorporado nuestras alegaciones al texto.
Exponemos que durante la reunión se han vuelto a enviar las alegaciones que han “perdido”.
Aclaramos con ASESGC su propuesta de grupos operativos para suboficiales, si se refiere a todas las unidades o a algunas específicas, a lo que responde que solo en aquellas de servicios estáticos (puertos, aeropuertos, NS,…) que cuenten con el número suficiente.
La administración en este punto mantiene su negativa.
JUCIL en este punto argumenta que la propia norma contempla más de una cadencia en una misma unidad, poniendo como ejemplo el núcleo de servicios de Pamplona (mediante la intermediación de JUCIL) en el que conviven diferentes secuencias de turno.
Seguidamente agradecemos la apertura del grupo de trabajo de la OG de Puestos y Compañías, apertura que solicitó JUCIL tras la realización del anterior grupo, en el que se nos dijo que no sería posible la aplicación de turnos por Compañías o Núcleos Operativos (tal como solicitamos desde el principio) hasta la terminación de esa OG.
Las menciones a esta OG han sido frecuentes a lo largo de la reunión, por parte de casi todas las asociaciones, aunque la administración ahora no muestra mucha convicción de que sea posible de forma generalizada la modalidad de turnos por núcleos o compañías.
Manifestamos que algunas de las propuestas presentadas por las demás asociaciones coinciden con algunas de las nuestras, aunque en algún caso por diferentes motivaciones. De cara a la presentación de las próximas alegaciones estudiaremos cuales de ellas no volver a plantear.
En relación al análisis realizado por JUCIL sobre el estudio realizado por la administración, preguntamos que secuencias se realizan en las unidades del estudio ya que según nuestro análisis no hay ninguna de las que están propuestas en las que un componente no llegue a realizar 2 servicios nocturnos al mes y tampoco se supere la cifra de 2 festivos.
Manifestamos nuestra disconformidad con el número de DAS estimados y que su cálculo no puede avalarse en el estudio que nos aportan.
Se continúa argumentando que el promedio de DAS es equivocado como demuestra lo manifestado anteriormente por el comandante, si la mayoría de los grupos funcionales llegan a final de cuatrimestre pasados de horas es porque el cálculo de horas utilizado para su implementación es incorrecto. Esto supone que a los guardias civiles se les están hurtando descansos, además de generar desigualdad entre ellos ya que las diferentes secuencias generan un número diferente de estos descansos cada una. Recordamos que el Art 7 de la OG 11/2014 dice que en la implementación de los descansos en la modalidad a turnos “se tendrá en cuenta” el efecto de los DAS regulados en el Art 25, y que este artículo dice un descanso por cada 6 servicios nocturno y otro descanso por cada 3 festivos.
Volvemos a insistir en nuestra propuesta de aplicar el sistema de índice corrector y su equiparación con PN para poder llegar al 6X6 (reflejada en el documento perdido) mediante el cual cada agente a turnos disfrutaría de los descansos que genera, como sucede en la modalidad de actividad, argumentado en que el propio Art7 mencionado dice que la modalidad a turnos se regirá por su propio régimen de descansos, lo cual habilita a utilizar este método.
Argumentamos además que lo que regula el documento que tratamos no son turnos de trabajo, si no que se trata de una adaptación horaria. En un sistema de turnos hay secuencias fijas que resultan equitativas entre ellas, sin embargo lo que ha hecho la GC es marcar unos criterios horarios y cualquier unidad que presente un cuadrante viable que cumpla con esos criterios, sea cual sea su cadencia, pasa a formar parte de la modalidad, generando con ello un gran número de secuencias dispares entre sí.
Exponemos además que un sistema a turnos supone continuidad en el tiempo de la cadencia, mientras que la norma que estamos tratando establece varios criterios por los que salir de la modalidad, tanto a nivel agente, como de unidad. Adelantamos que este punto también se encuentra en nuestras propuestas y que volveremos a reflejarlo, igual que la propuesta de establecer una planificación anual que ponga fin a las constantes referencias en la norma a los ajustes horarios cuatrimestrales, argumentado en que el cómputo anual es una de las excepciones reflejadas en el Art 17 de Directiva Europea sobre ordenación del tiempo de trabajo y refrendada en la Comunicación Interpretativa de la misma publicada en 2017. La PN así lo hace y no le supone ningún problema legal y la propia GC no ha tenido ningún problema en hacer uso de las excepciones contempladas para los Art 3 y 5 de dicha directiva, en lo que a descansos se refiere dentro de la modalidad de turnos.
También preguntamos si cuando habla de unidades que han solicitado salir de la modalidad de turnos se refieren a solicitud de la unidad por criterios operativos o a solicitud de los efectivos que están prestando servicio acorde a la modalidad.
Este grupo de trabajo ha presentado varias anomalías en lo que a documentación se refiere. Además de la “pérdida” de nuestras propuestas, solo se han recibido las de otras dos asociaciones. De las demás, dolo de otras dos se han recibido las alegaciones presentadas al estudio DAO de los DAS. Motivo por el que tampoco podemos comprobar que todo lo reflejado en el texto que se nos entregó ha sido presentado y cuál ha sido su argumentación completa.
Aunque por lo reflejado en el borrador, ninguna de ellas ha entrado en los que consideramos aspectos fundamentales de la norma: Cuadrante anual que dé continuidad y evite las entradas y salidas en la modalidad, dejar en mano directa de los jefes de unidad la entrada en la modalidad, eliminando la autorización de las jefaturas de comandancia; la sustitución del promedio de DAS por un método equitativo como es el índice corrector; o la eliminación de los turnos que contemplen dobletes. Todas reflejadas y argumentadas en nuestras alegaciones, de las que aún no se ha podido analizar si alguna de ellas queda inhabilitada por las concedidas a otras asociaciones.
Se nos remitirá un nuevo borrador, con las alegaciones que han incluido y sin las anotaciones de todas ellas.