Para conocimiento de todos los socios, se informa que ya esta disponible en la web, en nuestro Portal de Transparencia, Cuentas, el balance final de las cuentas de Jucil del año 2021 y el presupuesto para 2022 y el primer trimestre de las cuentas del mismo.
Secretarías
Reclamación atrasos productividad estructural
En relación a la información publicada recientemente sobre la intención de la Dirección General de la Guardia Civil de realizar el abono voluntario de los atrasos de productividad que están siendo objeto de reclamación en vía judicial, JUCIL junto a ESLEGAL hemos llegado a las siguientes consideraciones:
1.- No se especifica ni cómo, ni cuándo se va a abonar dicha productividad; lo cual plantea dudas sobre la forma en que se va a hacer efectivo dicho abono y si el mismo incluirá el abono de los correspondientes intereses de demora. Tampoco se especifican los períodos de tiempo que se van a considerar de manera efectiva para el cálculo (si desde el plazo de la reclamación, o bien desde los cuatro años anteriores a las fechas de pago). Igualmente, no resulta coherente el abono voluntario al tiempo que se mantiene abierto un recurso de casación en el Tribunal Supremo.
2.- Tampoco queda clara por ahora la habilitación presupuestaria para proceder a dicho abono, lo cual nos plantea la posibilidad de hacerse efectivo en contra de otras partidas presupuestarias.
Por estas razones, y otras de índole de estrategia procesal, entendemos que la línea de actuación (la que en principio se va a seguir con quienes han contratado nuestros servicios y aún no tienen el contencioso interpuesto) pasa por los siguientes pasos:
Presentación de extensión de efectos de la Sentencia dictada por el TSJ Madrid, vía 110 LJCA, ante dicho Tribunal; que se tramitarán de forma inmediata al haber sentencias no recurridas y que posibilitan la reclamación.
Con esta estrategia se pretende lo siguiente:
– Reconocimiento de los intereses de demora y la productividad desde el período reclamado en la instancia inicial.
– Reconocimiento de esa actualización para el futuro, de forma que los incrementos que se puedan realizar, se hagan sobre la última cantidad que resulte de la correspondiente actualización a 2021.
– Posibilidad de revisar las cantidades en concepto de atrasos y su acomodación a lo que corresponde, en trámite de ejecución del título judicial.
– Establecimiento de un título judicial que obliga al pago, pasados 20 días de su publicación.
– Posibilidad de ejecución del título judicial, si no se abona en los 20 días siguientes a la fecha de notificación, con incremento de las cantidades en el interés legal del dinero más dos puntos.
La solicitud de extensión de efecto de Sentencia, es exclusiva para los asociados de JUCIL indistintamente de que hubieran solicitado anteriormente en vía administrativa la reclamación con el coste de 60€.
El personal que hubiera abonado inicialmente los 60€ en el Procedimiento anterior, lo tiene cubierto sin coste adicional.
El personal que no percibe la nómina a través del servicio de retribuciones de la Dirección General de la Guardia Civil, también puede solicitar la extensión de efectos de Sentencia en los siguientes contactos
INFO: www.eslegal.org Mail: [email protected] Tlf: 630 130 100
Madrid, a 07 de abril de 2022.
Recursos Ley de Víctimas del Terrorismo
JUCIL BUSCA RECURSOS PARA LOS GUARDIAS CIVILES A LOS QUE DENIEGAN LA CONDICIÓN DE VÍCTIMAS DE LA VIOLECIA POLÍTICA EN EL PAÍS VASCO
La Asociación Profesional de la Guardia Civil JUCIL busca recursos para que los guardias civiles a los que se ha denegado la condición de víctimas de la violencia política en el País Vasco. Por ese motivo, JUCIL ha alcanzado un acuerdo con el despacho de abogados Marco Navarro mediante el cual, estos profesionales se van a ocupar de la revisión de los procedimientos que excluyen a guardias civiles respecto a la Ley de Reconocimiento y Reparación de Víctimas de Vulneraciones de Derechos Humanos en el contexto de la violencia de motivación política en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En JUCIL recomendamos a los que han solicitado el reconocimiento y les ha sido denegado, sean o no asociados, que se pongan en contacto con el despacho para que estudie en cada caso la viabilidad judicial de las solicitudes presentadas. El acuerdo alcanzado incluye precios cerrados muy ventajosos.
El despacho de abogados Marco Navarro es muy conocido entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en defensa de sus intereses.
Contacto: DESPACHO MARCO NAVARRO ABOGADOS
Tfno: 976390170
Correo electrónico: [email protected]
Madrid a 22 de febrero de 2022
#JucilSuma
Hemos tenido conocimiento, mediante publicación en prensa, de una nueva sentencia en la que se da la razón al guardia civil demandante y se obliga a la Dirección General de la Guardia Civil a abonar las diferencias existentes entre la cantidad percibida y la que debía haber percibido en el complemento de Productividad Estructural desde al año 2017 siendo dictada la misma por la sección sexta del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
En dicha sentencia se hace mención a que “Juridisprudencialmente, la obligación de actualizar el complemento de productividad estructural sucesivamente de conformidad con las leyes presupuestarias de cada año se encuentra en la Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de abril de 2021 (rec. Num. 2917/2019), a cuyos FFJJ 6 y 7 el Alto Tribunal sienta que:
SEXTO: La doctrina casacional.
La interpretación que establecen como doctrina jurisprudencial es que el complemento de productividad estructural de puestos de la Guardia Civil, correspondiente al año 2016, debe ser fijado atendido el incremento del complemento de destino aprobado en la ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.”
Atendiendo a dicho razonamiento el Tribunal Superior de Justicia de Madrid resuelve fallar a favor del guardia civil recurrente.
Asimismo dicha sentencia no es firme, pudiendo interponer la administración recurso de casación ante el Alto Tribunal en el plazo de 30 dias.
A raíz del conocimiento de esta sentencia, son muchas las dudas que han surgido a los guardias civiles sobre la prontitud en la aplicación de la misma a todos aquellos que en la actualidad se encuentran con sus periodos paralizados por la administración o bien en proceso contencioso en estos momentos.
En ese sentido, desde JUCIL queremos aclarar las dudas que puedan surgir.
Por tal motivo nos pusimos en contacto con el bufete de abogados ES-LEGAL y su abogado D. José Manuel Grande Morlán el cual, tras analizar la sentencia nos participa que esta sentencia es una más que se suma a la ya existente de 2021 y por la que desde JUCIL llegamos a un acuerdo para la reclamación de dicha diferencia. Asimismo también nos aclara que esta sentencia del TSJ de Madrid por sí misma no crea jurisprudencia, pero sí que supone el criterio que mantendrá este Tribunal en el futuro. Y que en caso de que alcance firmeza permitirá alegar sus efectos a las reclamaciones que se están tramitando.
Por este hecho nos informa que en nada afecta a los procesos que ya tienen nuestros asociados abiertos, estando algunos pendientes de sentencia en un corto espacio de tiempo.
No solo no afecta en nada a los procesos dicha sentencia sino que también anima a que todo aquel compañero que no presentase la instancia en su día que lo haga ahora, consignando los periodos de cuatro años atrás, esto es, a modo de ejemplo, desde febrero de 2018 a febrero de 2022.
Confiamos por tanto en el buen hacer de los diferentes despachos contratados por las asociaciones de guardias civiles, para seguir sumando sentencias favorables. Desconfiamos igualmente de su aplicación apresurada y voluntaria por parte de la DGGC y que otros reclaman, puesto que, no tratándose de una imposición judicial con carácter general para toda la Guardia Civil, nadie asegura que los fondos necesarios para su aplicación no sean detraídos de conceptos ya presupuestados para otros fines, dando como resultado una merma en futuro de algún otro concepto retributivo de los guardias civiles.
Os recordamos por ultimo que la vía de contacto con el bufete ES-LEGAL es la siguiente:
Teléfono 630130100 o bien en el mail [email protected] o [email protected]
Madrid a 15 de febrero de 2022.-
#JucilSuma
LA UNIÓN ES NUESTRA FUERZA
JUCIL y JUPOL satisfechos por que el TSJC declare “injustificada y discriminatoria” la inactividad de la Generalitat para vacunar contra el Covid-19 a guardias civiles y policías nacionales
La Asociación Profesional de la Guardia Civil y el sindicato policial sienten que hayan tenido que acudir a los tribunales de justicia y resaltan que la actitud expresada por la Administración autonómica catalana confirma la situación de odio y de abandono institucional con la que conviven a diario miles de guardias civiles y agentes de la policía.
La sentencia condena al Ejecutivo Autonómico al pago de 4.000 euros de costas por el proceso y considera infundadas las explicaciones que ha ofrecido para explicar el retraso con el que se inició el proceso de vacunación de los agentes destinados en Cataluña.
Barcelona, 3 de diciembre de 2021/ La asociación profesional de la Guardia Civil, JUCIL y el sindicato policial JUPOL, han visto confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña la obligatoriedad de que tanto los guardias civiles como los policías nacionales en Cataluña tendrán que ser inoculados con la vacuna frente al Covid-19. En su sentencia, el más alto tribunal de Cataluña anula de pleno derecho la “inactividad” mostrada por el Departamento de Salud del Govern catalán “por resultar discriminatoria y contraria al artículo 14 de la Constitución” señala el texto de la resolución hecha pública.
El texto de la sentencia, que condena al pago de 4.000 euros en costas al Ejecutivo autonómico, ordena además al Departamento de Salud a que continúe con la actividad de vacunación a los miembros de las Cuerpos y Fuerzas de la Seguridad del Estado destinados en esta comunidad “en igualdad de condiciones que el resto de funcionarios públicos que realizan actividades declaradas esenciales”.
La secretaria regional de JUCIL en Cataluña, Milagros Cívico ha manifestado su “satisfacción por el inicio del proceso de vacunación a la Guardia Civil y la Policía Nacional destinada en Cataluña, con lo que se pone fin a una injusticia por parte de las autoridades catalanas hacía las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”. La sentencia no solo nos ha dado la razón, sino que además a ojos de la Justicia y de la sociedad en general ha quedado fundamentado que la Generalitat ha esquivado y ha incumplido de manera incuestionable sus obligaciones poniendo excusas”, ha añadido.
El hecho de que de nuevo haya tenido ser a través de los tribunales como se logra que la Administración Autonómica catalana se vea obligada a actuar expresa, en opinión de JUCIL, la situación de abandono institucional y el ambiente de odio en el que tienen que llevar a cabo su labor los guardias civiles y policías nacionales, con la consiguiente estigmatización que sufren tanto ellos en su tarea como sus familias en su vida diaria. Una situación que justifica y argumenta la necesidad de que Cataluña sea considerada como una zona de Especial Singularidad para el trabajo de estos empleados públicos.
Por su parte, el portavoz de JUPOL, Pablo Pérez ha asegurado que esta sentencia “pone de nuevo de manifiesto el trato discriminatorio que reciben las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado por parte de la Generalitat de Cataluña” y ha manifestado que la resolución judicial “nos hace más fuertes y nos empuja a seguir luchando para que desaparezcan las desigualdades y la discriminación de Policía Nacional y de Guardia Civil en Cataluña”.
Pérez ha mostrado su “agradecimiento a la Justicia por tener en cuenta las reivindicaciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y por entender la necesidad de tratar en igualdad a todos los cuerpos policiales que operan en Cataluña”.
Sin justificación
JUCIL y JUPOL han destacado por otro lado que, en sus conclusiones, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña considera infundadas las explicaciones que se ofrecieron en su día desde el Gobierno de Cataluña y que atribuía a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que sean los culpables de retrasos en las vacunaciones de la población general.
Desde ambas organizaciones se ha negado esta situación y se asegura que “desde JUPOL y JUCIL solo se ha pedido lo que corresponde según el plan de vacunación elaborado a nivel nacional”. Un proceso de vacunación que la Generalitat sí que ha cumplido para los Mossos, pero ha negado de manera reiterada a Guardia Civil y Policía Nacional.