grupo de trabajo
2º Grupo de Trabajo sobre Enseñanza

JUCIL alegará para que la incapacidad laboral sobrevenida no afecte a los derechos de los guardias civiles en el ámbito de la enseñanza
La asociación profesional exige en el Grupo de Trabajo sobre Enseñanza mayor claridad en el Registro de Actividades Formativas de Interés (RAFI) para que incluya información detallada sobre cursos, créditos, duración y centros educativos en los que se imparten
JUCIL aboga por la publicación transparente de cursos específicos que puedan afectar al servicio, así como los convenios con los centros educativos
Los representantes de la asociación profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) en el grupo de trabajo sobre Enseñanza han anunciado al término de la reunión que JUCIL se mantiene firme en su compromiso de garantizar los derechos inherentes a los guardias civiles, de manera que no se vean afectados en el caso de una incapacidad temporal sobrevenida en el ámbito de la Enseñanza. “Nos comprometemos a alegar en defensa de esos derechos para asegurar que cualquier cambio normativo, como el que ahora se prevé, no resulte en perjuicio de los guardias civiles”, han asegurado los delegados de la asociación en este grupo de trabajo.
JUCIL desea informar sobre la posición mantenida en relación con los asuntos discutidos en el Grupo de Trabajo sobre Enseñanza que tuvo lugar el 17 de abril último. En ese encuentro, JUCIL ha identificado preocupaciones significativas que afectan directamente a los derechos educativos de nuestros compañeros.
- Exigimos claridad en el acceso al Registro de Actividades Formativas de Interés (RAFI) para que incluya información detallada sobre los cursos, créditos y duración de estos, así como también los centros educativos donde se imparten.
- Cuestionamos la asignación de segundas titulaciones de especialidad, para asegurar que se base en criterios objetivos de mérito y de capacidad.
- Solicitamos una revisión de la reserva de plazas en determinados cursos y proponemos además que no afecte a las plazas ordinarias.
- Abogamos por la publicación transparente de cursos específicos que puedan afectar al servicio, así como de los convenios con los centros educativos.
- Pedimos que el Plan de Estudios de acceso a la escala de suboficiales se homologue al acceso a la escala de oficiales, de manera que se evite la repetición de asignaturas ya aprobadas. Planteamos además la posibilidad de que los guardias civiles sólo cursen las asignaturas no superadas en el curso principal, realizándose de manera telemática y otro medio alternativo.
JUCIL trabaja para proteger los derechos de los guardias civiles, también en todos los aspectos relacionados con la enseñanza y mantendremos informados a todos los integrantes del Cuerpo sobre cualquier desarrolla adicional en este tema.




Informe G.T. “Orden General Organización y Funciones de los Órganos de gasto y contratación, OGC, UGE, OGE, cajas pagadoras y subcajas”


En la mañana de hoy, 17 de abril de 2024, ha tenido lugar el segundo grupo de trabajo de la Orden General que permite regular las funciones de los órganos de gasto y contratación, no siendo aceptadas las propuestas y alegaciones presentadas por Jucil, que son:
- Transparencia de la gestión.
- Concretar e individualizar quién es el responsable de la gestión del gasto y contratación.
- Profesionalización
- Creación del área de control interno en los Órganos de Gestión Económica (OGE) de la Comandancia.
Solicitamos que el curso de formación previsto que dará acceso al personal de esta nueva especialidad sea el mismo para todas las escalas, dada la importancia de la gestión del dinero público y la contratación de obras. Además, desde Jucil se propone que este curso cuente con la normativa necesaria relacionada a la realización de obras, como puede ser el Código Técnico de la Edificación (CTE), con el fin que las obras que se realicen sean acordes a la normativa.
Desde Jucil también solicitamos un procedimiento protocolar izado a nivel nacional, de manera que un arquitecto realice un presupuesto ciego con las condiciones de la obra a ejecutar y sea facilitado al resto de las empresas para posteriormente, una vez adjudicado, se supervise que el material presupuestado corresponda con el que se vaya a utilizar y abonar, mejorando así la gestión del dinero público.
Por parte de la Administración se desconoce el CES y la productividad con la que contará esta nueva especialidad, así como tampoco se tiene claro cuándo se materializará el curso y cuál será su contenido, lo que sí ha podido anticipar la administración es que, en el pre estudio que se ha realizado, se ha establecido una necesidad media de doce efectivos en UGEs y seis u ocho en OGEs, dependiendo de las zonas y comandancias.
También han añadido que, en principio, el personal que esté realizando labores de gestión económica o contratación podrían optar a una adaptación orgánica y ocupar los puestos de trabajo propios de esta especialidad.
Pese a que aún queda mucho camino por recorrer, probablemente tendrán en cuenta al personal en reserva.
Desde esta asociación se solicita que al igual que las UGEs cuentan con órganos de control interno, también exista la misma área de control interno a nivel OGEs en las
Comandancias. Jucil apuesta por la transparencia, eficiencia, responsabilidad, formación y un sistema de auditorías y control interno de estas actividades.
A su vez, solicitamos concreción de responsabilidad en las gestiones que se realicen. La Administración traslada que la UGE de la Zona supervisa a la OGE de la Comandancia, pero, desde esta asociación se les hace llegar que, si en ocasiones la propia comandancia no ha sido consciente de los casos de corrupción que se estaban llevando a cabo en su seno, cuanto menos van a poder ser controlados todos los casos desde la Zona.
Continúa la propuesta de modificación de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la cual se aumenta el techo de gasto del personal que colabora en la gestión económica y contratación, en el siguiente sentido:
JUCIL solicita que la ampliación del tiempo de jubilación a los suboficiales hasta los 65 años se aplique de inmediato




JUCIL solicita que la ampliación del tiempo de jubilación a los suboficiales hasta los 65 años se aplique de inmediato
La asociación profesional propone en el grupo de trabajo sobre las plantillas reales para los cinco próximos años que se incremento de un 50% a un 75% las plazas de brigada subteniente, para que bajen los tiempos de ascenso y haga más atractiva la carrera laboral de los suboficiales
JUCIL aboga por la creación de plazas para brigadas y subtenientes en los núcleos operativos para ocuparse de las tareas de coordinador de servicios, un puesto que tantos problemas y malestar a generado en las comandancias
La asociación profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) ha presentado nuevas propuestas en la última reunión del Grupo de Trabajo sobre el Real Decreto de Plantillas 2025-2029 en la que la Dirección General presentó la tabla que encontraréis más arriba como la previsión de vacantes a incrementar durante el periodo 2025-2029. Las propuestas e iniciativas que presentó JUCIL son las siguientes que queremos compartir ahora a través de este texto con todos los asociados:
- Prórroga de jubilación para los suboficiales
Como parte de las propuestas de JUCIL para mejorar las condiciones laborales y la eficiencia en la Guardia Civil, reiteramos nuestra solicitud de que la prórroga de la jubilación hasta los 65 años se aplique de inmediatos. Creemos firmemente que esta medida no solo beneficiará a los efectivos, sino que además contribuirá a mantener la continuidad en los servicios sin generar obstáculos en los destinos.
- Reducción del tiempo para el ascenso de sargento a sargento primero
Insistimos en la necesidad imperiosa de reducir el tiempo requerido para el ascenso de sargento a sargento primero. Esta medida no solo haría más atractiva la carrera laboral de los suboficiales, sino que además contribuiría a la disminución del índice de renuncias a la categoría de brigada. Creemos que esta acción sería fundamental para fortalecer la motivación y el compromiso del personal.
- Áreas de mejora
Durante las discusiones hemos observado algunas áreas de mejora en el proyecto, particularmente en lo que respecta a los criterios de evaluación para el ascenso. En este sentido, hemos expresado nuestra preocupación sobre el incremento desproporcionado en el número de personal a evaluar por cada vacante prevista, especialmente en el ascenso a brigada. Solicitamos encarecidamente a la Administración que se esfuerce en eliminar las barreras existentes y aumente el número de plazas de brigada y subtenientes de manera significativa.
- Aumentar las vacantes
Asimismo, es fundamental destacar la urgencia de aumentar las vacantes en la escala de suboficiales y en las de cabos de todos los empleos. La falta de personal en la Guardia Civil es una preocupación acuciante que requiere atención inmediata, especialmente cuando se llega al extremo de recurrir a que el personal no disfrute de vacaciones en período estival para poder garantizar un servicio adecuado a la ciudadanía.
JUCIL continuará abogando por medidas que promuevan el bienestar y la eficacia de los guardias civiles, así como por iniciativas que aborden las necesidades urgentes de la institución.




Informe 2º Grupo de Trabajo sobre Incapacidad Temporal


- Se inicia el grupo de trabajo a las 10.00 horas del día 09 de abril de 2024, por parte del presidente del Grupo de trabajo se explican las modificaciones que se han realizado sobre el primer borrador, y reconociendo que sobre algunas posturas las asociaciones y la administración se encuentran muy alejadas. Se nos dieron algunos datos sobre absentismo y uso de días de indisposición, siendo la media diaria de un 0,3 % sobre el total de guardias civiles de uso de estos días. Por lo que no tiene sentido quitar los días de indisposición por hacer un mal uso de ellos, pero para la DGGC parece ser un punto NO NEGOCIABLE, perdiendo ese derecho todos los Guardias Civiles, respecto al resto de funcionarios de la Administración General del Estado. Confirmándose la perdida de retribuciones ligadas a los incentivos al rendimiento de manera proporcional a los días de incapacidad temporal.
Se traslada a la administración nuestra disconformidad con la medida de quitar los días por indisposición, preguntándoles si somos los peones respecto al resto de funcionarios de la administración, ya que las directrices que aún a sabiendas de que su cumplimiento es contraproducente lo imponen por el mero hecho de que no les den un “despacho sin ventana”. –
- Posteriormente, y una vez finalizada las explicaciones de las modificaciones aceptadas, se da un turno de palabra, el cual empieza por las asociaciones con menor representación en esta ocasión. –
- Por parte de jucil, se le ponen de manifiesto todas las alegaciones presentadas por esta asociación, las cuales iban prácticamente en la misma línea que las asociaciones que habían intervenido anteriormente. Se le hizo hincapié sobre la necesidad de mantener los días de indisposición porque por parte de jucil se le indicó que esto podía ser contraproducente porque al tener que emitir por cualquier patología un parte de baja por incapacidad temporal, de mínimo cuatro días, ausencias por enfermedad que en un día o dos podían estar solucionadas ahora nos emitirán un parte de baja con cuatro días.
- Se le solicitó información sobre la presentación de informes médicos por parte de los Guardias Civiles, así como notificar estar en tratamiento psiquiátrico sin estar en de baja temporal y sobre comunicar las declaraciones de discapacidad emitidas por las CCAA o servicios sociales. Teniendo por respuesta que a día de hoy ni DGGC tenía claro si era legal o no, ya que el Delegado de Protección de datos de la DGGC, no había podido venir al GT, por haber pasado destinado a otra vacante.
- Se le pregunta sobre un punto de los cometidos de las funciones de la sanidad de la G.C., concretamente en él informa al jefe de unidad de destino, acerca de los cometidos que puede realizar una persona que se encuentre en incapacidad temporal y que sean compatibles con la enfermedad o lesión y que beneficie la recuperación del mismo a lo que el Presidente de la Mesa contesta que los servicios médicos de la G.C. podrán dar de alta a un componente de baja y trasladarle los cometidos que este componente puede realizar en su unidad y la adaptación del puesto de trabajo, mientras se permanezca en esta situación. Por parte de Jucil se le solicita que sea previo informe del facultativo especialista que esté tratando la patología y de manera voluntaria por parte del Guardia Civil.
- Otro punto es la pretensión que tiene la administración, al venir recogido expresamente en el borrador, de hacer que se pierda la parte General del complemento específico singular de los Guardias Civiles que cambien de destino y se encuentren en situación de incapacidad temporal, en este punto la DGGC, ha modificado el borrador pudiendo cobrar este complemento cuando se cambie de destino y la incapacidad temporal haya sido en acto de servicio. Pero no ha tenido en cuenta la protección de la mujer embarazada, ya que solamente lo cobraría los tres primeros meses al cambiar de destino, castigando así de manera injusta a las gestantes por cambiar de destino en estado de gestación e incapacidad temporal por esta causa.
Por parte de jucil, se seguirá insistiendo en esta falta por parte de la DGGC de sensibilidad sobre la protección y salvaguarda de los derechos de las Guardias Civiles en estado de gestación.
- Al igual que en la situación anterior, todo componente del cuerpo que perciba los complementos retributivos, por ocasión de destino, como por ejemplo los complementos de insularidad o el zocón y que soliciten el traslado de residencia, durante el tiempo que dure la Incapacidad temporal, fuera de esas zonas concretas, le serán detraídos esos complementos hasta que vuelva a fijar su residencia en las citadas zonas. De nuevo, la norma no hace distinción entre el tipo de Incapacidad Temporal, las cual creemos que al menos deberían de contemplar en la norma. Por parte de Jucil, se seguirá insistiendo en este derecho porque dicho complemento es abonado por tener la residencia oficial en una localización geográfica determinada.
- Finaliza el grupo de trabajo a las 14:30 horas, informando que nos remitirán la documentación, habiendo poco tiempo para realizar alegaciones, ya que el próximo GT es el día 25 de abril de 2024.
Por parte de jucil, procederá a realizar las alegaciones oportunas, para la modificación de la citada norma, en el sentido de que los Guardias Civiles no vean recortados sus derechos, por tener que padecer una incapacidad.
11 de abril del 2024
LA UNIÓN ES NUESTRA FUERZA
Alegaciones de JUCIL sobre Plantillas Reglamentarias 2025-2029




JUCIL urge a la ampliación de plantillas de la guardia Civil porque en la actualidad hay más de 27.000 efectivos que superan los 50 años
La asociación profesional resalta que sólo se prevé un incremento del 1,44% en el empleo de cabos y del 14,98% para sargento 1º, muy por debajo de los porcentajes previstos para los incrementos de plazas en los empleos de oficiales
JUCIL alega en el real decreto que fija la plantilla para el periodo 2025-2029 para que se mejoren y se incrementen los porcentajes de aumento de plazas en los empleos de suboficiales y cabos para los cuatro próximos años
La asociación profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) ha presentado sus alegaciones al texto del real decreto que fijará la plantilla del Instituto Armado para los cuatro próximos años, en el periodo comprendido entre 2025 y 2029 con una advertencia clara sobre la situación de dificultad en la que se encuentra el cuerpo, dado que en la actualidad hay más de 27% efectivos, por tanto prácticamente un tercio del total de la plantilla, con edades que superan los 50 años, lo que adelanta un importante número de jubilaciones en las próximas anualidades y la reducción considerable real de la cifra de guardias civiles en activo.
Con estas consideraciones como fondo, los delegados de JUCIL en este grupo de trabajo, Gonzalo Conde y Pablo Rosa, a los que acompaña como oyente José Pablo Parejo, elevaron las alegaciones. “Desde JUCIL consideramos que esta es la correcta forma de trabajar, aplaudimos la rapidez y el esfuerzo que la Dirección General ha desarrollado para hacer atractiva la carrera laboral de los oficiales, y animamos a seguir esta línea de trabajo con el resto de las escalas”, afirman los delegados de la asociación. “Sin embargo, los tiempos para el ascenso a sargento 1º son desorbitados, han llegado a ser de once años, y posteriormente se rebajó un año, se considera absolutamente desproporcional teniendo en cuenta que las funciones a realizar en este empleo son exactamente las mismas que las de sargento, los puestos de trabajo a ocupar y el incremento retributivo irrisorio”, explican los representantes de JUCIL.
Con el ánimo de que se entiendan nuestras reivindicaciones exponemos la tabla con el incremento de personal de los periodos 2017-2021, 2021-2025 establecidos en los diferentes Reales Decretos que regulaban la plantilla y la proposición actual l para el periodo 2025-2029.
Para tener una visión más objetiva, se traslada también el incremento de plantilla al tanto por ciento, de manera que se analice el aumento de personal en los diferentes ciclos en %, en letra de color rojo se exponen los incrementos de plantilla correspondientes al periodo 2025-2029 objeto del presente estudio.
A continuación, exponemos dos gráficas, facilitadas por la Dirección General de la Guardia Civil, que contienen la evolución de los tiempos de ascenso, la primera corresponde a la escala de oficiales correspondiendo a la realidad entre el 2020 y 2025 y simulada, entre el año 2025 2029, y la segunda gráfica refleja los tiempos de ascenso en la escala de suboficiales.
Estas son las reflexiones a las que llega JUCIL con los datos facilitados por la Dirección General de la Guardia Civil:
–Celebramos el buen hacer y el gran trabajo que la Dirección General ha tenido a bien realizar con la escala de oficiales. En la reunión del grupo de trabajo del 27 de febrero nos trasladaron que el Real Decreto de plantilla 2021-2025 estaba centrado en la problemática del elevado número de años necesario para ascender entre los empleos de la escala de oficiales. Y que esta normativa se calificaba como el real decreto estrella de la escala de suboficiales. Pero nada más lejos de la realidad, por los motivos que a continuación se desgranan.
-El gráfico nº1 recoge el tiempo de ascenso para oficiales. La primera parte es la real y la segunda es simulada, por lo que no se sabe con exactitud la previsión, se observa en la primera parte, correspondiente a la realidad, como el tiempo necesario para ascender de teniente a capitán ha descendido en dos años, gracias a que ha aumentado la plantilla de capitanes en un 101,62% en el periodo de 2021-2025, es decir, se ha duplicado el número de plazas de capitán, y además, se ha propuesto un aumento de un 18,26% de plazas de capitán para el periodo 2025-2029.
-En el mismo gráfico nº1 se recoge que el tiempo de ascenso a comandante ha llegado a disminuir en 3 años, gracias al aumento de 45,96% de plazas de comandante en el periodo 2021-2025, y se ha propuesto continuar en la línea aumentando la plantilla de comandantes en un 18,30% en el periodo 2025-2029. El tiempo de ascenso a coronel y teniente coronel no ha sufrido grandes cambios.
Acorde al análisis de los dos puntos anteriores, desde Jucil consideramos que esta es la correcta forma de trabajar, aplaudimos la rapidez y el esfuerzo que la Dirección General ha desarrollado para hacer atractiva la carrera laboral de los oficiales y animamos a seguir esta línea exacta de trabajo con el resto de las escalas.
La desproporción en los tiempos de ascenso
Los tiempos para el ascenso a sargento 1º son desorbitados. Han llegado a ser de once años y posteriormente, se rebajó un año. Lo consideramos absolutamente desproporcionado, teniendo en cuenta que las funciones a realizar en este empleo son exactamente las mismas que las de sargento, los puestos de trabajo a ocupar son idénticos y el incremento retributivo irrisorio. Deseamos significar que, en la modificación de la Ley de personal, pendiente de trámite parlamentario y de una posible modificación (si se pretende realmente la continuación voluntaria en activo de oficiales y suboficiales hasta los 65 años), se refleja que los sargentos ascenderán a sargento 1º tras cinco años de permanencia en tal empleo. En el periodo 2017-2021 se aumentó las plazas de sargento 1º en un 1,49%, en el periodo 2021-2025 en un 13,20% y en la propuesta actual para el periodo 2025-2029 es de 14,98%, por lo que JUCIL considera este extremo absolutamente nefasto, ya que a día de hoy, a pesar del aumento de plazas en los empleos de brigada y subteniente, se vislumbra que este leve aumento de plazas de sargento 1º poco va a influir en los tiempos de ascenso, por lo que esta asociación estima que se debería de seguir la línea del buen hacer de la dirección, y disminuir el tiempo de ascenso a sargento 1º aumentando al menos en un 50% dichas plazas. El porcentaje de aumento de plazas en los últimos dos reales decretos analizados y en la propuesta actual dista mucho del aumento porcentual de plazas en otros empleos.
Los tiempos de ascenso de sargento 1º a brigada se ha recortado de 7 años a 4,7 años, pero, esta afirmación hay que analizarla con precaución, debido a que cerca del 70% de los sargentos 1º renuncian a ascender a brigada. Por tanto, no es un mérito de la Guardia Civil que se reduzca el tiempo de ascenso, si no que la promoción en este nivel no es atractiva, no hay suficientes vacantes de brigada/subteniente en general, ni en especialidades en particular. La duda que nos ocasiona es, si no hubiera ese 70% de renuncias, y la media de renuncias se redujera a número parecido al resto de empleos ¿Cuántos años se debería de estar en el empleo de sargento 1º para ascender a brigada? Como se ve en la tabla, el porcentaje de aumento de plazas de brigada en el periodo 2017-2021 es 8,94%, y en el periodo 2021-2025 es 12,70%, la propuesta para el periodo 2025-2029 es de 25,04%, por su parte el aumento de subtenientes en el periodo 2017-2021 es 10%, y en el periodo 2021-2025 es 10,94%, la propuesta para el periodo 2025-2029 es de 25,04%. De nuevo, aunque la propuesta actual de brigadas y subtenientes supera el 25%, los datos de años atrás son paupérrimos, por lo que en JUCIL consideramos que la dejadez a la que se ha sometido a esta escala en los últimos reales decretos debe ser suplida con contundencia, aumentando entre un 50-75% las plazas de brigada/subteniente. Con esta eficaz medida se conseguirían las siguientes cuatro metas:
- Por un lado, si es real que la Dirección General de la Guardia Civil va a permitir a los suboficiales continuar hasta los 65 años de forma voluntaria, se podría comenzar a implementar dicha medida de manera ipso facto, sin perjudicar a nadie y sin hacer ‘tapón’ en los destinos.
- El tiempo de ascenso para promocionar a los empleos de brigada y subteniente bajarían considerablemente haciendo más atractiva la carrera laboral de un suboficial, y por tanto potencialmente se bajaría el indicie de renuncias a brigada.
- Además, se potenciarían las vacantes de brigada/subteniente en las especialidades, siendo una de las reclamaciones de los asociados.
- 4Y por último, se podrían crear vacantes de brigada/subteniente en los núcleos operativos, que realizarán el trabajo de coordinador de servicio, y además se conseguiría que ningún Guardia Civil se quede haciendo las funciones de Comandante de puesto, demostrando la DGGC sensibilización y respeto por el trabajo de los comandantes de puesto y segundos comandantes de puesto de todos los empleos.
Más cabos mayores y muy pocos cabos y cabos primero
Destacamos como aspecto positivo el aumento del número de plazas de cabos mayores, que ha aumentado en un 33,33% en el Real Decreto del periodo de 2017-2021, en un 50% en el RD 2021-2025 y la propuesta de un aumento del 66,67% en el periodo 2025-2029.
En el sentido anterior, queremos significar que en el caso de plazas de suboficiales mayores se ha aumentado en un 30,43% en el periodo 2017-2021, en un 33,33% en el periodo 2021-2025 y se propone un 50% en el periodo 2025-2029, en este caso desde Jucil solicitamos un esfuerzo mayor, dada la similitud que se pueden encontrar entre el empleo de cabo mayor y suboficial mayor, creemos que el ratio de aumento de plazas puede ir en consonancia, solicitando elevar sobre el 100% en el periodo 2025-2029 el número de plazas de este empleo, para evitar agravios comparativos y que el desarrollo de la carrera profesional de los guardias civiles de las diferentes escalas sea parejo.
Sin embargo, en el caso de aumento de plantilla de los cabos 1º es paupérrimo, siendo 7,76% en el periodo 2021-2025 y se propone 1,44% en el periodo 2025-2029. Significar que en la modificación de la ley de personal se establece la finalidad de que los cabos asciendan al año a cabo 1º. No obstante, analizando los datos porcentuales se consideran muy alejados con respecto al crecimiento de vacantes del resto de los empleos.
En conclusión, animamos a hacer un esfuerzo real a la Dirección General de la Guardia Civil, aumentando los datos facilitados, de manera que la plantilla del empleo de cabo 1º, de sargento 1º, brigada, subteniente y suboficial mayor aumente en los mismos términos que el resto de empleos.
Recordamos al margen de este Real Decreto, la necesidad imperiosa de aumentar el número de guardias civiles dada la escasez de personal, y más aun teniendo en cuenta que actualmente hay 27.000 efectivos con más de 50 años, por tanto, en los próximos tiempos se puede tener un verdadero problema



