guardia civil
¡Nos vamos del pleno del Consejo de la Guardia Civil por la falta de respeto de la Administración a los guardias civiles!
Limitar los tiempos de debate y los turnos de palabra ha sido la gota que ha colmado el vaso en un órgano al que no acuden ni el ministro del Interior ni siquiera el director general de la Guardia Civil
JUCIL defiende los derechos laborales y sociales de los guardias civiles y no permitirá que desde la Administración pública se desprecie el esfuerzo, el valor y la valentía con el que desarrollamos nuestro trabajo
La asociación profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) junto al resto de asociaciones que representamos a los más de 60.000 guardias civiles hemos abandonado hoy jueves, 28 de septiembre, el Pleno del Consejo de la Guardia Civil. El único órgano de representación, aunque sea sólo de carácter consultivo, con el que los guardias civiles contamos para hacer llegar nuestras iniciativas, propuestas, demandas y exigencias a la Administración pública a través de la Dirección General de la Guardia Civil. La decisión conjunta de todas las asociaciones representativas de los guardias civiles de abandonar el Pleno ha sido consecuencia directa de los continuos DESPLANTES y MENOSPRECIOS tanto a los guardias civiles como a sus representantes en este órgano.
Lo que ha colmado nuestra paciencia
La gota que ha colmado el vaso de la paciencia de JUCIL como asociación profesional y del resto de representantes ha tenido lugar en la mañana del día de hoy, 28 de septiembre, cuando las asociaciones profesionales acudieron al Pleno del Consejo. Al inicio de la sesión no estaban presentes en el mismo ni el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska que es quien preside este órgano, ni tampoco su sustituto; el director general de la Guardia Civil, Leonardo Marcos. Además, por primera vez en la historia del Consejo, el tiempo para abordar la problemática de los miembros de la Guardia Civil ha estado tasado, y se han recortado los turnos de palabra.
En una acción conjunta, todas las asociaciones profesionales, ante esta insultante forma de proceder de la Administración, hemos abandonado el Pleno en una postura sin precedentes desde la constitución de este órgano de representación, como muestra de protesta ante una actitud prepotente que afecta a los derechos de todos los guardias civiles.
En un comunicado conjunto difundido inmediatamente después de abandonar el Pleno del Consejo de la Guardia Civil todas las asociaciones profesionales hemos demandado la urgente participación del ministro del Interior para solventar esta crisis y nos hemos mostrado abiertos al diálogo para desbloquear esta grave situación siempre que se aborde desde el respeto y lealtad recíprocos.
Sin nadie al frente durante muchos años
Los guardias civiles llevamos años sin que en la Dirección General de la Guardia Civil haya profesionales dispuestos a trabajar en favor de esta institución y de sus integrantes. En los últimos años el desastre y el desatino ha sido cada vez mayor. El actual Gobierno tuvo que sustituir a una directora general (María Gámez) acosada por las investigaciones sobre las irregularidades de su pareja por (Mercedes González) quien apenas duró dos meses porque prefirió presentarse como candidata a las elecciones a seguir en el puesto. Y ahora, un tercer director que ni siquiera acude al Consejo y exige que se debata con rapidez, con tiempos tasados en los turnos de palabra. Suponemos que tienen obligaciones para con sus deudos más importantes que responder a las necesidades, problemas y propuestas de los más de 60.000 guardias civiles representados en este órgano consultivo.
Tras las órdenes remitidas por la Jefatura de Operaciones de la Agrupación de Tráfico a los distintos sectores para la implantación de la modalidad de servicio a turnos, JUCIL observa la inexactitud en el cumplimiento de las órdenes dictadas en el sector de Madrid.
Con fecha de 11 de septiembre de 2023 la Jefatura de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, remite un documento en el que indica la idoneidad de la implantación del servicio a turnos en la agrupación, tanto para la modalidad de motoristas como para la de atestados.
En el citado escrito se indican las dos variantes para la modalidad de motorista. Siendo estas cadencias las de 6 x 5 o 5 x 4, dependiendo del número efectivo de motoristas operativos. Para lo que es necesario un mínimo de cuarenta para la implantación de la modalidad del turno 6 x 5 en un único destacamento. En el supuesto de no contar con dicho número mínimo se aplicaría el turno 5 x 4.
Si bien en el citado documento se abre la posibilidad de los llamados núcleos operativos compuestos por al menos dos destacamentos, desde la jefatura del sector de Madrid únicamente se recoge la opción de la cadencia de turnos por destacamentos, siendo en todo caso la cadencia de 5 x 4. En el mismo documento, que obra en poder de esta asociación profesional, se puede observar como la unificación en núcleos operativos arroja un numero de efectivos suficiente para implantar el turno 6 x 5 en todo el sector de Madrid.
Por dicho motivo JUCIL ha remitido a la Jefatura de la Agrupación de Tráfico un escrito en el que solicita que se dicten las órdenes necesarias para que el sector de Madrid implante el servicio en la modalidad de turnos con la cadencia 6 x 5 (M-M-T-T-N-N-Sal-L-L-L-L), al entender que nuestros compañeros y compañeras de Tráfico en Madrid ven recortados sus derechos con una medida, que no solo no se ajusta a la orden dictada por la Agrupación, sino que además entra en confrontación directa con la conciliación de su vida laboral con la familiar. Además del enorme agravio que se produciría con otros sectores de otras comandancias teniendo en plantilla un numero de efectivos suficiente y muy superior al de otros sectores y subsectores de España.
JUCIL acude al Supremo en su defensa de la continuidad de los compañeros de la Agrupación de Tráfico en Navarra
La asociación profesional argumenta ante el máximo tribunal español que el traspaso de competencias se ha llevado a cabo sin cumplirse una de las exigencias para este procedimiento, la modificación del régimen foral navarro
JUCIL argumenta que, pese a que así lo determinan las leyes, no se ha informado de forma previa de este traspaso de competencias que afecta a personas físicas, ni a las asociaciones de guardias civiles ni tampoco al Consejo de la Guardia Civil
Los servicios jurídicos de la asociación profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) han elevado al Tribunal Supremo una demanda en el recurso tramitado contra el Real Decreto por el que se traspasan las funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en materia de Tráfico y Circulación de Vehículos a Motor. Un recurso que en la actualidad continúa su trámite ante el máximo tribunal judicial español y de cuya evolución daremos cuenta debidamente.
El procedimiento judicial que se inició contra el Gobierno de España, en el que se ha personado como codemandado el Gobierno de Navarra, impugna el traspaso de competencias realizado sobre la base de la insuficiencia de rango de la norma en la que se basa. JUCIL argumenta que, de forma previa a este traspaso, debería de haberse modificado el Estatuto de Autonomía de Navarra, la ley orgánica denominada Ley de Amejoramiento del Fuero, algo que no ocurrió por la premura de los políticos en llevar a cabo este gesto hacia las formaciones políticas nacionalistas e independentistas que apoyan al Gobierno a cambio de este tipo de acuerdos.
Cambalaches políticos que afectan a la vida de las personas
JUCIL considera además en sus argumentaciones que la decisión afecta a la vida de muchas personas, en concreto a los integrantes de la Agrupación de Tráfico que desarrollan su labor en esta comunidad foral, muchos de ellos navarros o radicados allí desde hace muchos años y que se encuentran en la encrucijada de tener que elegir otros destinos en diferentes puntos de España, lo que supone importantes cambios tanto para ellos como para sus familias.
Los cambalaches del Gobierno de España con sus aliados independentistas en Navarra no han tenido en cuenta precisamente que sus decisiones afectan a personas concretas, mujeres, hombres y niños, familias enteras que tendrán que trasladarse, buscar nuevas viviendas, colegios y una vida en otra parte debido a su decisión, basada exclusivamente en el reparto de poderes tanto en el Gobierno del Estado como en el de la comunidad foral de navarra.
Si debe hacerse, que sea al menos con el cumplimiento de la ley
JUCIL precisa que al tratarse de una disposición que afecta de manera clara al colectivo de guardias civiles destinados en Navarra en vacantes de tráfico y a quienes puedan estar interesados en estarlo, debería haber sido remitido previamente a las asociaciones profesionales y al Consejo de la Guardia Civil, tal y como establece la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de noviembre.
El procedimiento ante el Tribunal Supremo sigue así su curso y desde los servicios jurídicos de la asociación se dará cuenta de cualquier novedad en su tramitación. JUCIL ha considerado que, a pesar de la complejidad técnica de esta demanda ante el máximo tribunal de Justicia en España, resulta imprescindible para esta asociación profesional la defensa de la permanencia de la Guardia Civil en las carreteras de Navarra. “Y si se decide que no sea así, que se haga mediante el cumplimiento estricto de los procedimientos legalmente establecidos, en vez de proceder de manera precipitada para que la medida pudiera aprobarse antes de las elecciones generales del pasado 23 de junio”, transmiten desde los servicios jurídicos de JUCIL.
JUCIL informa: aún no hay un derecho general a percibir el CES de los compañeros en la reserva en catálogos ajenos a la Guardia Civil
La asociación profesional está pendiente de la admisión por el Tribunal Supremo de un recurso de casación que, de estimarse, sí generaría efectos de carácter general para todos los guardias civiles en esta situación
La falta de una jurisprudencia del máximo tribunal sobre este tema hace que ahora distintos estamentos judiciales dicten sentencias que, en función de las circunstancias particulares de cada caso, logren el reconocimiento del complemento específico para estos compañeros en la reserva
Los servicios jurídicos de la asociación profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) quieren salir al paso de algunas informaciones difundidas desde distintas asociaciones en las que se indica que se ha conseguido el abono del CES al personal en reserva destinado en puestos de trabajo de catálogos ajenos a la Guardia Civil, por allanamiento del abogado del Estado. Con el ánimo de resolver las dudas e inquietudes que puedan surgir a los compañeros en situación de reserva se puntualiza, para conocimiento e información a los asociados, lo siguiente:
- No se tiene conocimiento de la existencia de ninguna Sentencia firme que despliegue efectos generales, y que correspondería en todo caso al Tribunal Supremo, al estar reguladas las retribuciones en una norma con rango de Real Decreto (el RD 950/2005). Los comunicados difundidos por estas asociaciones aluden al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
- En las demandas ante los Tribunales Superiores de Justicia por este asunto (demandas que también plantea JUCIL en defensa de sus afiliados) se realiza un análisis particular de cada caso concreto. Los tribunales valoran cada vacante concreta con los cometidos de los interesados y los que desempeñan o pueden desempeñar sus compañeros en funciones similares. Si no son cometidos idénticos, y se suele exigir que sean exactamente iguales, no se estima la demanda.
- Entre los distintos Tribunales Superiores de Justicia, incluso en casos donde se estudia el mismo supuesto, existen en la actualidad discrepancias.
- En cada caso concreto resulta de especial y gran importancia el informe que realice el jefe de unidad. Si en este informe se reconocen dichas circunstancias, las probabilidades de éxito son mucho mayores. Desafortunadamente, no suele ser así.
- El allanamiento de la Abogacía del Estado en el caso concreto del Tribunal Superior de Madrid, algo claramente inusual, es probable que traiga causa de la existencia de estos informes favorables, en términos muy claros a favor de la realización de las mismas funciones, o de sentencias precedentes dictadas por el propio tribunal a compañeros en vacantes idénticas (no similares, idénticas). De modo que el tribunal ya se ha pronunciado claramente sobre el derecho en unas vacantes y destinos concretos, careciendo de sentido mantener el mismo criterio para obtener una sentencia en contra y las costas del proceso.
- JUCIL tiene pendiente de admisión en estos momentos un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra una de estas sentencias desestimatorias del CES en vacantes de reserva, que de admitirse y estimarse, sí podría generar efectos generales respecto de determinadas vacantes y destinos de reserva.
La conclusión: todavía no podemos hablar de un derecho general reconocido por los tribunales
JUCIL quiere de esta forma dejar claro para todos los compañeros en la reserva que podrían estar afectados por alguna de las anteriores circunstancias que, en el momento actual, y a salvo de la existencia de una sentencia que una vez sea objeto de dominio público podrá ser estudiada para confirmar lo anteriormente indicado, no cabe decir que los tribunales hayan establecido el derecho a percibir el CES de los guardias civiles en reserva destinado en catálogos ajenos a la Guardia Civil, sino que, como hasta la fecha, en algunas ocasiones se consigue que los compañeros en determinados destinos de reserva (dependiendo de las circunstancias concretas del puesto y de la documentación obrante en el expediente) lo consigan. Confiamos en que estas aclaraciones y precisiones sirvan para que se puedan resolver las dudas e inquietudes que puedan surgir a los compañeros en situación de reserva.